jueves. 28.03.2024

Humanizar las hipotecas

Los dramas más comunes que está alumbrando la crisis económica en los hogares españoles son el desempleo y la deuda hipotecaria. A menudo, además, los dramas se suman entre sí y multiplican la angustia de sus protagonistas. Políticos, economistas, sociólogos y periodistas solemos tratar mucho el primero de los asuntos, mientras que el segundo ha quedado un tanto postergado en la agenda de la crisis.

Los dramas más comunes que está alumbrando la crisis económica en los hogares españoles son el desempleo y la deuda hipotecaria. A menudo, además, los dramas se suman entre sí y multiplican la angustia de sus protagonistas.

Políticos, economistas, sociólogos y periodistas solemos tratar mucho el primero de los asuntos, mientras que el segundo ha quedado un tanto postergado en la agenda de la crisis. El movimiento de los “indignados”, sin embargo, ha acertado al situarlo entre los problemas más urgentes.

¿Qué puede hacerse realmente para ayudar a los sufridores de las hipotecas en tiempos de crisis? Antes que nada, evitar las confusiones y las expectativas infundadas. Porque es absolutamente incierto que cualquier medida, legal o no, que se adopte a partir de ahora pueda aplicarse de manera retroactiva para quienes ya tienen contratada su hipoteca. Lo impiden la Constitución y las leyes.

La llamada “dación en pago”, por ejemplo, es una fórmula jurídica que consiste en limitar la garantía de un préstamo a la entrega del bien hipotecado. Pero la “dación en pago” no puede inventarse para nuestro ordenamiento jurídico, por la sencilla razón de que ya existe. La ley hipotecaria ya permite que las partes acuerden en su contrato privado una garantía de esta naturaleza, aunque se utilice poco. Y lo que no puede hacerse es transformar los contratos vigentes a requerimiento de una sola de las partes.

Tampoco debemos dejarnos engañar por la supuesta solución taumatúrgica de la “dación”, ni siquiera para las hipotecas futuras. Cada cual debería poder negociar libremente, pero hemos de tener en cuenta que ninguna entidad financiera, sobre todo en este contexto, firmará un contrato de tal naturaleza sin limitar drásticamente el porcentaje del precio a cubrir y sin elevar significativamente el tipo de interés a aplicar. Es decir, que en lugar de financiarnos hasta el 80% de la vivienda, con la famosa “dación” el banco limitará su riesgo al 40% o al 50% y nos cobrará más intereses. ¿Lo establecemos como obligatorio? Yo dudaría.

Sí pueden plantearse claramente otras cosas. Cinco por lo menos.

• Protocolizar de manera obligatoria la información a recibir por quien contrata una hipoteca, para que tenga plena conciencia de hasta dónde llegan las garantías que compromete.

• Establecer un tope legal de “autoendeudamiento”, para impedir que ningún ciudadano, consciente o no, sobrepase un porcentaje determinado de su renta en el compromiso de pago deudor.

• Acabar con las claúsulas abusivas que establecen algunas entidades en cuanto a los tipos aplicables, su actualización, sus “suelos” y sus “techos”.

• Garantizar que la valoración del bien a hipotecar se lleva a cabo por una institución independiente y solvente, para acabar con las tasaciones interesadas y deficientes.

• Fijar unas garantías procesales más razonables para quien, por desgracia, no puede hacer frente a los pagos de la hipoteca, estableciendo un porcentaje máximo de sueldo/renta embargable (para permitir al embargado pagar un alquiler), por ejemplo.

Hemos de evitar que algunos hagan populismo barato con los sufrimientos de muchos hipotecados. Y hemos de generar las expectativas justas. Pero la sociedad en su conjunto, políticos y banqueros incluidos, tenemos la obligación moral de aportar soluciones para humanizar este drama.

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