viernes. 19.04.2024

Constitución marroquí: cuestión de legitimidad

“La primera obligación de la igualdad es la equidad” (Victor Hugo) Si seguimos el planteamiento de Kelsen (y su visión iuspositivista del derecho), la constitución  es un texto de carácter jurídico-político fruto del poder constituyente que fundamenta todo ordenamiento situándose en él como  norma que recoge, define y crea los poderes constituidos

“La primera obligación de la igualdad es la equidad” (Victor Hugo)

Si seguimos el planteamiento de Kelsen (y su visión iuspositivista del derecho), la constitución  es un texto de carácter jurídico-político fruto del poder constituyente que fundamenta todo ordenamiento situándose en él como  norma que recoge, define y crea los poderes constituidos limitándolos al servicio de las personas. Dicho de maneras más simplificada: la norma que da lógica a todo el sistema. Su legitimidad reside en el hecho de ser garante del derecho, ya que tendrá carácter de norma suprema, prevaleciendo sobre cualquier otra (la famosa pirámide de Kelsen – jerarquía constitucional).

Para Jellinek (otro de los grandes teóricos del derecho)  la mejor garantía posible para los derechos de los individuos está dada por el Estado de Derecho, por el principio de Estado soberano. El propio poder político debe respetar el cumplimiento de todos y cada uno de los preceptos de la constitución. Así pues, la constitución se presenta como un sistema preceptivo (en su vertiente formal y material) que emana del pueblo como titular de soberanía, en su función constituyente, preceptos dirigidos tanto a los diversos órganos del poder por la propia Constitución establecidos como a los ciudadanos. La constitución es la lex superior.

Después de esta breve introducción teórica al concepto de constitución, al lector le habrá quedado clara la importancia de la carta magna dentro de cualquier ordenamiento político-jurídico que rige un Estado. En este contexto, tras la reforma constitucional impulsada por el propio poder (su majestad el rey en este caso con el famoso discurso pronunciado en marzo del 2011) se procedió al sometimiento a referéndum de la nueva constitución el 1 de Julio del mismo año. Entre las principales novedades de la nueva constitución cabe destacar la reducción de los poderes del monarca (esfuerzos encaminados a llevar a Marruecos hacia una monarquía parlamentaria de corte europeo, respetando las especificidades históricas del país), reforzamiento de la posición del presidente del Gobierno como jefe del poder ejecutivo (con más margen de maniobra en teoría), una cámara alta con vocación de cámara regional, la posibilidad de elección libre de los consejos regionales y locales, el reconocimiento de la lengua y cultura amazigh, la puesta en marcha de la reforma del poder judicial con el objetivo de garantizar su independencia real, y por último y más importante, la constitución amplia el reconocimiento de los derechos fundamentales, entre ellos garantiza la paridad por vía constitucional a través del articulo 19 el cuál dice (y cito) :

Titulo II. Sobre derechos y libertades fundamentales
Art. 19:
Los hombres y mujeres gozan de igualdad de los derechos humanos y las libertades de orden civil, político, económico, social, cultural y ambiental, según lo establecido en esta y otras disposiciones de la Constitución, y en los convenios y pactos internacionales debidamente ratificados por el Reino (…) El gobierno marroquí está trabajando para lograr la paridad entre hombres y mujeres. Se ha creado, para este propósito, una Autoridad para garantizar la Igualdad y la lucha contra cualquier forma de discriminación.

Como dijo Albert Einstein, la teoría es tarde o temprano asesinada por la práctica. Las elecciones anticipadas de noviembre 2011 permitieron al partido de justifica y desarrollo llegar al poder lo que supuso un nuevo panorama política para el país, un nuevo contexto cuyas reglas de juego se habían modificado para dar entrada a un nuevo modelo de gobierno que fuera mas democrático. Los islamistas llegaron al poder de manera legitima, obteniendo algo más de 80 escaños (27,78%) con una tasa de participación que rondaba el 45%, 8 puntos más en comparación con las legislativas anteriores. Este éxito no fue realmente una sorpresa. Sin prejuzgar la elección del nuevo presidente del gobierno, podemos constatar que este éxito es fruto de un largo proceso negativo de crisis de legitimidad de la clase política marroquí, encabezada por el Istiqlal (partido nacionalista), y pasando por el USFP (Unión Socialista de Fuerzas Populares), y por supuesto teniendo en cuentas los partidos del “Estado” (RNI, UC, PAM) donde el liberalismo profesado denotada un aderezo retorico-propagandístico mas que una realidad formal.  En definitiva, el PJD al no contar con la mayoría necesaria para formar gobierno tuvo que buscar apoyos. Apoyos que fueron encontrados en el PPS (partido excomunista), el Istiqlal y el Movimiento Popular. Una coalición con un colorido muy llamativa.

Y así llegamos a enero del 2012, nuevo año-nuevo gobierno, y al lanzamiento oficial de los integrantes de dicho gobierno con la sorpresa de que solo una mujer ocupa el puesto de ministra. ¿Ministra de qué? Del desarrollo social de la familia y de la solidaridad. Un puesto, muy “femenino”. A mí personalmente me recuerda un poco al papel de la mujer en el fascismo, donde la mujer siempre estuvo ligada a la familia y a la maternidad. ¿No os parece?

Cabe asimismo señalar el “sospechoso” cambio de lista de ministros, y es que el Sr. Benkirane había presentado un borrador de su nuevo gobierno incluyendo a 4 mujeres en el programa. Sin embargo,  finalmente tras unas semanas intensas de negociaciones se llega a lo que estamos  hoy siendo testigos: 1 mujer frente a 29 hombres. Quizás sea cuestión de competencia – al menos es la opinión del nuevo gobierno-  pero lo lamentable es ver como se ha ido incluyendo a la mujer en las listas de los partidos de cara al Parlamento llevando a cabo campañas electorales propagandísticas siendo la mujer la protagonista, una mujer comprometida con la política, capaz de demostrar su competencia en este dominio. Dicho de otro modo, la mujer es competente para ocupar el puesto de diputada pero no de ministra? La conclusión que se saca de esto nos lleva a pensar que Marruecos sigue sumido en la profunda crisis de representatividad así como una fuerte crisis de legitimidad.

Democracia y su corolario esencial de la igualdad entre hombres y mujeres no puede servir únicamente de pretexto electoral para exhibir sus “reivindicaciones democráticas”. Sino que debe proceder de una conciencia real, de una voluntad política que por desgracia es una de las mayores ausentes en la bagaje de nuestros partidos políticos. La igualdad al igual que la democracia son resultado de una educación cultural, social y política que comienza tempranamente en la vida de todos los ciudadanos que forman parte de una sociedad. Es un proceso arduo que no puede ser resuelto únicamente por leyes o discursos políticos vacios. La ausencia de esta educación es tristemente evidente en la actualidad, en un país donde el gobierno pretende ser el reflejo del cambio histórico que vive el país, aunque lo que la cruda realidad refleja es falta de igualdad entre hombre y mujeres y la falta de rigor del propio poder político al no respetar una de las disposiciones de la Constitución.

La legitimidad de la Constitución se construye a partir del consenso y la eficacia, fundándose en dos presupuestos básicos: la Verdad y la Justicia. Sin ellos no habrá voluntad de Constitución, de cumplirla y de hacerla cumplir tanto en el ámbito de las relaciones políticas y sociales públicas y privadas.

Cuando se incumple la ley suprema que rige un estado, y se pierde el respeto por ella, por consiguiente se pierde el respeto a la democracia. Y, en efecto: para que la democracia se mantenga saludable y sólida, debe haber una vigilancia constante, desde los ámbitos ciudadanos, sobre el efectivo imperio de la ley, partiendo de la Carta Magna. La Constitución es la columna vertebral de nuestro Estado. La seguridad jurídica no puede existir como tal sin que la Constitución esté debidamente garantizada en su vigencia, en su interpretación y en su acatamiento. Y en las condiciones actuales, eso es aún más imperioso e insoslayable, porque si algo está amenazado y expuesto como nunca antes es la seguridad en sus diversas formas y manifestaciones. Reconocerlo así es ahora mismo expresión de realismo elemental.

Constitución marroquí: cuestión de legitimidad
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