viernes. 29.03.2024

¡Con la iglesia hemos topado, amigo Sánchez…!

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Leo y veo manifestaciones reivindicando libertad religiosa, libertad de enseñanza  y pluralidad o  pluralismo. Y, en principio, siento entusiasmo. ¡Vamos tarde!  ¿Dónde hay que apuntarse? Porque la libertad de credos ha sido históricamente la cenicienta en este país y su ausencia raíz de gravísimos problemas. Y, ya saben, siendo la libertad indivisible donde no hay libertad en uno de sus aspectos no la hay en ninguno. Donde no la hay para un ciudadano, tampoco para los demás. Incluso si hablamos en el plano de los derechos formales.

Y no tardo en descubrir que los que se manifiestan son “los de toda la vida”. Los que tradicionalmente han despreciado los derechos y libertades. Y que lo que reivindican no es la libertad religiosa, la libertad de enseñanza y el pluralismo, sino la continuidad del monopolio religioso católico, los privilegios históricos, no por ello menos actuales, y en definitiva la sumisión a las “caenas” de siempre.

El monoteísmo y las religiones de Libro han sido una de las mayores calamidades para la Humanidad, al menos en Occidente. La oficialidad del catolicismo y su control del poder político hasta el punto de convertir a la Iglesia en un auténtico Estado dentro del Estado y a los Estados formales en Estados fallidos, sólo se corrigió históricamente en aquellos países en que triunfó la Reforma protestante o allí donde, como en Francia, triunfó una Revolución laicista. Con todos los matices que se quiera.

En esta batalla no conviene perder de vista que todas las cesiones a la Iglesia han sido inútiles, que todavía no se ha dignado en pedir perdón por su instigación y complicidad con el liberticidio y que desde sus centros de culto, colegios, medios de comunicación… se continúa conspirando contra la democracia

España no ha sido históricamente un país favorecido. Y su desgracia histórica ha estado y está estrechamente vinculada al poder espiritual y temporal de la Iglesia y la imposibilidad de disociarlos. Vean Uds. los escudos heráldicos de las Comunidades de Asturias, Galicia, Aragón… y se harán una idea somera del poderío de la Iglesia en el medievo. Piensen que el Cardenal de Toledo, cuya jurisdicción llegó a extenderse hasta Portugal por el Este y el Mediterráneo por el Sur, tenía más poder que los mismísimos Reyes en el Renacimiento. Que dilapidamos las riquezas expropiadas en América y la oportunidad que representó el Imperio en guerras religiosas por toda Europa, una de las cuales duró cien años, para mantener el monopolio religioso católico. No el poder del Papa sino de la Iglesia porque ésta, desde el punto de vista del poder, se integra  fundamentalmente por oligarquías de ámbito nacional. Así hasta la extenuación militar y las repetidas quiebras económicas del Estado. 

Que el Tribunal del Santo Oficio (¡la inquisición!), un Tribunal canónigo cuyas resoluciones tenían efectos civiles, controló y reprimió a todos los españoles hasta entrado el siglo XIX aunque extendía su jurisdicción sólo sobre los católicos. Quiere decirse todos los españoles porque expulsados moriscos y judíos y considerados los “protestantes” como católicos diferentes o sea heréticos, español y católico eran necesariamente sinónimos. Y todo para concluir con unos siglos XIX y XX marcados por la confesionalidad del Estado, salvo el breve periodo en que estuvo vigente formalmente la Constitución de 1868,  plenos de exacerbaciones religiosas y manifestaciones de integrismo que nos acarrearon hasta tres guerras civiles carlistas en nombre de Dios, la Patria y el Rey y una guerra de exterminio iniciada en 1936, calificada como Cruzada, sobre la que en este momento creemos innecesario decir más. También innecesario referirnos a las cuatro décadas durante las que la Iglesia campó a sus anchas, llevando bajo palio al Dictador. Significativo que la persecución a los protestantes y la quema de sus Iglesias en la zona llamada nacional, instada entre otros por el Cardenal Segura, “pinchó en hueso” cuando afectó a la Iglesia Anglicana porque la titularidad de sus templos correspondía a la Corona Inglesa y hubo de ser indemnizada por los desmanes hasta el último céntimo. Curioso también que la persecución a los “protestantes” se ocultara en muchos casos disfrazada de persecución a la masonería. Como si la persecución a ésta fuera razonable, por cierto.

El inicio de la transición también en este terreno despertó esperanzas. Y temores sobre el papel desestabilizador de la Iglesia que si se sumaba al Ejército y la burocracia franquista, a la que el propio Franco se refirió como “las clases medias” que él mismo había creado, y que amenazaban con la involución. Involución ¿hacia dónde? Porque España estaba en el franquismo, del que no había salido y todavía hoy no lo ha hecho del todo.

La Constitución de 1978 en su artículo 16.3 se quedó corta, no abordó el problema, fue terriblemente cobarde y acomplejada. No se atrevió a declarar explícitamente la laicidad del Estado y ni siquiera la aconfesionalidad del mismo recurriendo a una fórmula aún más débil (“ninguna confesión tendrá carácter estatal”) en la que ni siquiera se define al Estado sino a las confesiones judiciales. No dice que el Estado sea laico o aconfesional, si es que se pueden distinguir ambas cosas ya que ambos términos se remiten al mismo concepto expresado en positivo o en negativo, sino que las confesiones no tendrán carácter estatal. El artículo para más desgracia concluía con una frase que ha resultado clave: “Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica  y las demás confesiones”. Esa ha sido la excusa,  el agujero, el contraseguro para vaciar de contenido la supuesta laicidad/aconfesionalidad. Más si la expresión “cooperación” se entiende con toda amplitud. 

Oí en cierta ocasión unas manifestaciones públicas de Jordi Solé Tura, padre de la Constitución en representación del PCE-PSUC y luego Ministro de Cultura con el PSOE, en que afirmaba que el art. 16.3 de la Constitución era el artículo que más lamentaba. Es claro, esa cooperación “especial” con la Iglesia Católica, finalmente, encubre la pervivencia del monopolio religioso histórico de la Iglesia Católica en España.

Sumen a lo anterior, “el Concordato de 1979” que indudablemente formaba parte de la misma operación de escamoteo democrático. El art. 16, 3 de la Constitución pese a su redacción vergonzante intranquilizaba a la jerarquía  eclesiástica que se negaba a su aceptación. Fraga hacía campaña porque se recogiera en el texto la “mención al Hijo del Hombre” (sic) y el arzobispo Elías Yanes protestaba públicamente y reclamaba un trato de favor constitucional. Todo ello determinó que se pactaran compensaciones complementarias parece ser que a cambio de que la Iglesia “tragara” con la legalización del PCE y no hiciera campaña electoral a favor de un “partido católico”. De ahí la modificación del proyecto inicial del texto constitucional en que no había mención a la Iglesia Católica y de ahí que a los cinco días de la entrada en vigor de la Constitución se suscribieran los Pactos Iglesia-Estado, con los que se daba continuidad al Concordato de 1953. La negociación secreta desde tiempo atrás de estos Acuerdos se llevó a cabo por Marcelino Oreja Aguirre, ministro de Asuntos Exteriores de la UCD y Propagandista de la Fe, y el Secretario de Estado de la Santa Sede. La Iglesia negoció consigo misma y nadie defendió los intereses del Estado español. ¡Lo de siempre!

Y añadan que, a mayores, en la práctica el Estado español se ha excedido en el cumplimiento de dichos Acuerdos extendiendo de facto los privilegios eclesiales en todos los campos, entre ellos las exenciones fiscales y ampliando y creando ex novo beneficios exclusivos. Hasta tal extremo que, pese a la falta de competencia europea para corregir buena parte de estas prácticas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Sentencia de 27 de Junio de 2017 ya tuvo que declarar que las exenciones que afectan a actividades económicas (colegios, hospitales, hostelería…), que no están ni siquiera en los Acuerdos pero se vienen aplicando, constituyen ayudas de Estado prohibidas por el Derecho de la Unión. Lo que ratifica que la Iglesia Católica ampara un ámbito de economía sumergida, en competencia desleal con quienes desempeñan actividades económicas en situación regular. Llámenlo paraíso fiscal.

Y la guinda, el Tribunal Constitucional creador de “reservas” al margen de la Constitución donde ésta no resulta de aplicación (¡!). Y entre ellas la organización al margen de cualquier principio democrático de la propia Iglesia Española y de todas sus Asociaciones y su actuación permanente vulneradora de casi todos los preceptos constitucionales y de manera destacada la igualdad de género, la libertad sexual, etc. Que se muestra diletante a la hora de resolver todo lo que no  gusta a la jerarquía católica (aborto, matrimonio homosexual, etc.), dejando esas leyes bajo el paraguas de la sempiterna duda e inseguridad de si se ajustan o no a la Constitución. Y despreciativo inadmitiendo de plano la única cuestión de constitucionalidad que impugnó la validez de los Acuerdos Iglesia-Estado de 3 de Enero de 1979 y concretamente el relativo a Cultura y Enseñanza (Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid proced. 773/2008 Auto de 9 de Febrero de 2009), pero extensivo también al Acuerdo Económico. Se imputaba a dicho Acuerdo vulnerar los arts. 81.1 CE (reserva de Ley Orgánica para el desarrollo de derechos fundamentales y libertades públicas) y 93 CE (que exige que la celebración de Tratados Internacionales se efectúe mediante Ley Orgánica cuando se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la propia Constitución).  Pese a que dichos Acuerdos afectan a numerosos derechos y obligaciones constitucionales, entre otros el derecho a la enseñanza o la carga impositiva, ni el Acuerdo sobre Cultura y Enseñanza  ni el Económico, ni tampoco los otros dos, fueron tramitados como Ley Orgánica. Es más esos dos Acuerdos fueron aprobados en Cortes el día 13 de Septiembre de 1978 por mayoría simple (170 votos a favor, 125 en contra y 3 abstenciones) y no por la mayoría cualificada que requieren las Leyes Orgánicas. Previamente la enmienda a la totalidad de dichos Acuerdos planteada por el Grupo Comunista fue rechazada no obteniendo más que 21 votos a favor. Quizás Felipe González, que parece estar muy interesado en que le dejen hablar, quiera contarnos dónde estuvieron ese día los votos socialistas. 

Es de esperar que Pedro Sánchez dé cumplimiento con prontitud a la promesa de denunciar los Acuerdos de 3 de Enero de 1979, promesa que efectuó el 3 de Noviembre de 2019, y sea posible iniciar la conquista de la libertad religiosa, la de verdad. La nueva regulación deberá tener en cuenta que la libertad religiosa se ha de ganar a expensas del monopolio religioso católico. En esta batalla no conviene perder de vista que todas las cesiones a la Iglesia han sido inútiles, que todavía no se ha dignado en pedir perdón por su instigación y complicidad con el liberticidio y que desde sus centros de culto, colegios, medios de comunicación… se continúa conspirando contra la democracia y alentando grupos integristas antidemocráticos​.

¡Con la iglesia hemos topado, amigo Sánchez…!