jueves. 25.04.2024

Trabajo y rentas sociales

Ante la gravedad de la desigualdad social y el empobrecimiento masivo cobra nueva importancia el debate sobre la función del trabajo y las rentas básicas o sociales.

Ante la gravedad de la desigualdad social y el empobrecimiento masivo cobra nueva importancia el debate sobre la función del trabajo y las rentas básicas o sociales. Es preciso abordar los enfoques teóricos en que se fundamentan distintas posiciones y superar la oposición antagónica que algunos sectores plantean entre ambos componentes: la garantía de empleo (decente) y el derecho a unos recursos básicos para vivir dignamente.

Desde el punto de vista histórico, estamos en una etapa de cambios y transición del pacto social de la sociedad keynesiana -del pleno empleo con Estado de bienestar y participación democrática, con una nueva redistribución de la propiedad, la riqueza y las rentas, así como de la fiscalidad y del gasto social. En el plano cultural, hay una crisis, más profunda, de la cultura obrera y de la ética del trabajo. Las bases de la ciudadanía, de las instituciones básicas y de los acuerdos colectivos se están modificando a gran escala. El debate sobre el papel del trabajo y de la protección social o de la renta básica –RB-, sobre la correspondencia entre derechos y deberes, hay que situarlo en ese contexto.

Inicialmente, hay dos opciones extremas. Una, la tradición keynesiana y moderna, con la pretensión de que el trabajo -como fuente de rentas y estatus- y el deber cívico, continúen siendo las principales bases de la sociedad, exigiendo en esa medida los correspondientes derechos para facilitar la ‘cohesión social’. La universalidad de los derechos sociales correspondía a una sociedad de pleno empleo, cotizaciones sociales e integración sociopolítica y nacional. La segunda opción, parte del papel poco relevante del empleo, abandonando la ‘centralidad’ del empleo y el marco global de la corresponsabilidad social. En su forma extrema, señalan el ‘fin del trabajo’ y se desconsidera la problemática del trabajo y la reproducción social con una nueva centralidad, una nueva ‘base’ en la distribución –RB- o el consumo.

Ambas, además de economicistas, son unilaterales, por su pretensión de universalidad, en unas sociedades segmentadas y diversas; a mi parecer, hay que elaborar un tercer enfoque, más multilateral. Existen profundas transformaciones de la sociedad y del empleo y hay que definir mejor el papel y sentido del trabajo y de los derechos sociales. Eso conlleva revisar las bases constitutivas de la modernidad y de la desigualdad socioeconómica y replantear el contrato social, con una nueva combinación de derechos y deberes.

VAN PARIJS, inspirador de este modelo, propone, como alternativa al trabajo, una RB como base de la libertad y la ciudadanía, independientemente del resto de rentas y bienes y dejando en el ámbito individual, la elección y el comportamiento en el resto de la problemática económica y social. El modelo de RB –individual, universal e incondicional- de la Red Europea de la Renta Básica –BIEN- y sus defensores en España, se presenta como opuesto al derecho al trabajo y a los criterios de reciprocidad. Pone el énfasis en una incondicionalidad total, en la defensa de unos derechos al margen de deberes, planteando que, en los planos distributivos y éticos, esa filosofía y esa cultura es superior a cualquier otra. Considera que la oposición principal se da entre las rentas salariales y la renta básica, es decir, entre la población trabajadora y las personas desempleadas –o inactivas-; de ahí su carácter más antagónico con los salarios –directos o indirectos- por sus intereses contrapuestos en la distribución de la riqueza, y en la culturas que conllevan ambas, la cultura del trabajo o la ‘distributiva’. Se ha modificado la clásica oposición capital-trabajo, o la de minorías pudientes-mayorías desposeídas.

El problema es que con la RB, en el umbral de la pobreza, no se consigue el objetivo proclamado de la libertad para vivir sin empleo, y que una mayoría seguiría viéndose forzada a emplearse. Pero, ese modelo no aborda el problema de las formas y características del acceso de la población al conjunto de las rentas, a su producción y distribución equitativa, y deja en manos de cada individuo, la elección de su preferencia, en materia de empleo y del resto de rentas, al margen de las constricciones, necesidades y compromisos colectivos.

Por otra parte, es preciso establecer el alcance de esa oposición y en qué plano se establece. El propio VAN PARIJS admite que la reciprocidad debe funcionar después del reconocimiento y distribución de la RB. Otros autores también reconocen la complementariedad del empleo, pero a posteriori. Según ellos, es fundamental la incondicionalidad de la RB, la ausencia total de reciprocidad, y una vez aplicada es cuando se desarrollaría mejor la reciprocidad y la generación de empleo. Primero, presentan a esa RB como una ‘base’ distributiva, ética y constitutiva de la sociedad, en oposición radical a la reciprocidad y al trabajo. Segundo, sólo a partir de esa distribución inicial, de esa función básica, justifican el mantenimiento y la complementariedad de esos mecanismos institucionales basados en los demás contratos –laborales, mercantiles, de propiedad-.

La oposición se plantea en términos radicales en cuanto a ser la ‘base’ inicial, el punto de partida, en el plano material –rentas- y ético. Pero, en el segundo paso, aparece la incorporación complementaria y subordinada a esa base inicial, tanto del papel del empleo como de la cultura de la reciprocidad. Con lo primero destacan el carácter alternativo y superior de sus principios, con lo segundo, su ambigüedad práctica. Para garantizar el primer paso –la RB- se utiliza el Estado como garantía distributiva pero, a pesar de la complejidad y las mediaciones sociales, para el resto de problemas económicos y distributivos, no hay instituciones ni acuerdos sociales ni normas morales para regular la acción y las responsabilidades colectivas, sino elección racional de los individuos.

Por mi parte, considero que esa oposición entre trabajo y RB (incondicional y universal) está mal planteada y expresada en forma sesgada. Hay elementos contradictorios entre derecho y reparto del trabajo y renta básica -derechos sociales-; pero, ambos pueden ser complementarios, no alternativos. La oposición total se establece entre aquellos que consideran que sólo hay un elemento -el trabajo o la RB- exclusivo y central, en la sociedad o el individuo, tanto en la vertiente material como ética. Ambas posiciones suelen estar condicionadas por un pensamiento ilustrado fundamentalista, de buscar una única base o razón explicativa de la sociedad. Igualmente, en el plano de la cultura, de la filosofía social y de la educación cívica se debe superar esa dicotomía, de sólo deber –de trabajar- o sólo derecho –a disfrutar sin trabajar-.

La alternativa no está en situar al empleo o a los deberes por encima de los derechos universales, ni tampoco en la defensa unilateral de los derechos; está en la negociación y el establecimiento colectivo de unos nuevos acuerdos y reequilibrios entre derechos y deberes, con unos criterios igualitarios y solidarios. Así, se puede recoger la tradición universalista de los derechos individuales y colectivos, enmarcarla en una perspectiva social y contractualista, reconocer la vinculación social y englobar esa forma distributiva en el marco de un conflicto, más global, de la creación y reparto de la riqueza.

En el plano colectivo, no se puede obligar que toda la población trabaje, durante toda su vida, ni tampoco garantizar que nadie lo tenga que hacer. En la esfera económica, la decisión del nivel de la población activa ocupada y de las diferentes formas de contribución económica y participación social, junto a la garantía de unos derechos sociales universales y una compensación ajustada, debe ser fruto de debate y acuerdo público, no de imposición unilateral de los poderes económicos y políticos. Pero es un problema que desborda la referencia exclusiva a la elección individual. Una elaboración y gestión participativa y democrática de los recursos productivos y laborales que la sociedad necesita, proporcionaría una mayor legitimidad a la hora de distribuir, de forma equitativa, las tareas de producción y reproducción social, y supondría una mayor educación solidaria y más capacidad de exigencia moral y jurídica para exigir esas responsabilidades.

Esta cuestión tampoco se puede resolver de forma individualista, a la libre opción de cada cual, sino de forma colectiva. La voluntariedad y la posibilidad de elegir una opción vital, deben contemplar el proceso de participación pública en la conformación de las diversas oportunidades. En el plano material, quién y cómo se producen y se distribuyen los bienes y las rentas, cómo se participa en la ciudadanía y en la vida colectiva. Para negociar colectivamente una redistribución más igualitaria de una renta pública, se debe tener en cuenta el conjunto de bienes y rentas de la población, conocer sus condiciones materiales de existencia y establecer sus necesidades para vivir dignamente.

Ambos aspectos -trabajo y renta pública- son relativos, no esenciales ni universales, para todas las personas. La participación en el empleo y en el trabajo, de una parte importante de la población, es imprescindible para la sociedad. La garantía de unos medios suficientes para sobrevivir también. Aunque no sean absolutos, tienen un reflejo muy amplio en la realidad –socialización, cultura, acceso a rentas- y hay que ver su adecuación, su parcial oposición y su complementariedad.

En definitiva, hay que superar la dicotomía y la oposición esencialista de ambos elementos; superar la unilateralidad de la fundamentación en el ‘deber de trabajar’, sin apenas derechos, o en el derecho a una RB, universal e incondicional, al margen de los deberes negociados individual y colectivamente. La solución no está ni en una ni en otra y su confrontación, bajo esos esquemas, no aporta una buena solución para la renovación del pensamiento progresista. Se trata de defender el derecho al trabajo “y” a una renta social –a la protección social plena-, y conseguir un nuevo equilibrio de derechos y deberes, adecuado a las nuevas condiciones y necesidades sociales. Y dada la importancia de la individualización se requiere una nueva acción cultural para conformar una conciencia social más solidaria y facilitar la participación y la voluntariedad. En un plano más general, garantizar la libertad y la igualdad, reformular las bases y acuerdos e instituciones constitutivos de la sociedad y, en un plano teórico, renovar un pensamiento más crítico con respecto a las diferentes tradiciones.

Trabajo y rentas sociales