miércoles. 24.04.2024
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El control horario de la jornada laboral siempre ha sido un asunto peliagudo y complicado de gestionar: desde el sistema de fichaje con firmas en una hoja de papel, tajeta de empleado o lector de huellas hasta los factores más psicológicos. 

Está comprobado que muchos empleados piensan que el establecimiento del fichaje laboral es debido a la falta de confianza del empresario. Lo que la mayoría de los trabajadores no saben es que el empresario que no registre correctamente el control horario de sus empleados, estará incurriendo en faltas que pueden ser leves, graves o muy graves. 

Si eres empresario y quieres conoces las sanciones que pueden imponerte por no implantar o no seguir correctamente un sistema de fichaje de empleados en tu negocio, te las describimos a continuación. 

Registro de horario obligatorio

Despues de años de desacuerdos sobre este aspecto, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo Decreto Ley sobre el registro de la jornada laboral obligatoria en 2019 que establece la obligación de registro horario y control de entrada y salida de los empleados. 

Posiblemente, más adelante, otros países de la Unión Europea apliquen esta ley. De hecho, el Gobierno se anticipó a la sentencia del Tribunal de la Unión Europea, que probablemente acabará fallando a favor de la nueva normativa.

Hasta la fecha en que se implantó esta nueva ley, las empresas solo estaban obligadas a gestionar el horario de sus trabajadores que tuvieran jornada parcial o media jornada. Para los empleados con contrato a jornada completo, era más una opción y recomendación, aunque las horas extras debían registrarse en los dos casos.

A partir de mayo de 2019, el control horario es de obligado cumplimiento para todos los trabajadores. Además, el registro debe guardarse durante 4 años. En caso de que no se cumplan ninguna de estas condiciones, la empresa será sancionada con multas que pueden ascender los 6.250 euros. 

¿Cuáles son los objetivos de la ley de control horario?

La reforma de control horario aprobada en marzo de 2019 tiene los siguientes objetivos:

  • Asegurar el cumplimiento de un máximo de jornada laboral.

  • Posibilitar el control horario de la Seguridad Social y de la Inspección de Trabajo. Constituyendo un marco para la seguridad de los empleados y empresas que ayude a resolver conflictos relacionados con la jornada laboral y acabe con el trabajo precario. 

  • Controlar las horas extras que no paga el empresario y el número de horas extras trabajadas por los empleados como si formasen parte de jornadas completas. 

  • Evitar el absentismo laboral. 

El control horario es el medio con el que la Inspección de Trabajo puede verificar las horas extras que realiza un trabajador, evitando los fraudes y abusos a la Seguridad Social por parte del empresario. La reforma de esta ley procura mejorar la calidad y las condiciones laborales.  

Sanciones por incumplimiento de la ley de control horario

Desde el 8 de marzo de 2019, las empresas deben estar atentas para que no sean sancionadas. Como hemos mencionado anteriormente, no cumplir con esta ley se traduce en unas consecuencias negativas para el empresario, que en cualquier momento puede recibir la notificación de inspección sobre las horas que realizan sus trabajadores y tendrá que acreditarlas. Las sanciones a las que se enfrenta el empresario son las siguientes.

Sanción leve

Las sanciones leves que puede poner la Administración pueden deberse a una falta de comunicación de información al trabajador por parte del empresario de sus condiciones laborales o que no aparezca correctamente detallada la información en el registro de jornada laboral.

Estas sanciones consideradas leves implican un coste que va desde los 60 hasta los 625 euros, dependiendo del caso y de lo que estime el inspector.

Sanción grave

El siguiente nivel de sanciones son las graves. Si el inspector estima que debe imponer al empresario una sanción grave, la multa puede abarcar desde los 625 hasta los 6.250 euros. 

Las sanciones graves pueden imponerse en el caso de que en el registro horario no estén bien reguladas las horas conforme aparecen en el contrato o que los empleados hayan trabajado horas extras que no han sido pagadas o que no se han computado con vacaciones. 

Sanción muy grave

Este es el nivel más alto de sanciones que pueden imponerle a un empresario que ha causado problemas graves en el registro horario. Las multas pueden ascender a los 187.515 euros, en función del caso.

El empresario que ha incurrido en un incumplimiento tan grave se debe a hechos que son demasiado obvios, como por ejemplo, cuando un menor ha realizado horas extras. Otra de las causas por las que un empleador puede ser sancionado gravemente es cuando no ha pagado de forma recurrente las horas extras o se ha retrasado varias veces en los pagos. 

Sanciones al empresario por no implantar el control horario