jueves. 18.04.2024
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Foto de archivo

Estos días se ha publicado un interesante estudio de la OIT titulado “La transición de los sindicatos: ¿qué papel tendrán en el futuro del trabajo?” [1]. Plantea lo que desde el sindicalismo venimos preguntándonos desde hace años, una respuesta que, además de acertar, precisa de una permanente actualización. Hoy se sitúa en el avance hacia la denominada “nueva normalidad”, desde y tras la pandemia, un futuro incierto en sus contenidos y plazos. Me parece por ello conveniente suscitar la reflexión individual y sobre todo colectiva. Y, para contribuir a ello, aquí van algunas notas. 

  • Es necesario un nuevo ordenamiento jurídico internacional, una nueva legislación mundial con la que construir esta “nueva normalidad” si de verdad se asume que hay que superar “la vieja”, y, para ello, hay que avanzar hacia una gobernanza mundial
  • Si fuera necesario encontrar argumentos para entender que la respuesta no puede ser sólo nacional, y establecer una iniciativa supranacional, buenas referencias son el plan europeo de recuperación, transformación y resiliencia [2]. Y, para entender su dimensión global, la lucha contra el cambio climático [3].
  • Es necesario un reequilibrio mundial en las condiciones de vida y de trabajo de todos los países del planeta, avanzar en la construcción de la igualdad.
  • Cualquier fórmula para este avance, según sendas por definir, debe suponer una reafirmación y desarrollo de las libertades individuales y colectivas, lo que no está en absoluto garantizado. Algunos indicios de, por ejemplo, cómo se está superando la pandemia en China y otros países, apuntan precisamente en sentido contrario, hacia un incremento del despotismo institucional que podría suponer un intento de un, ese sí “nuevo” para las actuales circunstancias, “despotismo ilustrado”.
  • Si el trabajo sigue siendo, como entendemos, el eje de las relaciones sociales sobre el que construir la convivencia de la humanidad, la organización, como es el sindicalismo, que pretende estructurarse en torno a los intereses colectivos para la dignidad de la vida de las personas que trabajan, ha de tener un protagonismo esencial en los dos ejes prioritarios: social y ambiental.
  • La clase trabajadora es por otra parte el único gran colectivo que tiene una organización, al menos formalmente, estructurada a todos los niveles, desde el centro del trabajo hasta el mundo en su globalidad, pasando por las instancias sectoriales, nacionales, europeas y demás regiones mundiales, 
  • Con las necesarias nuevas normas de convivencia mundial, en los acuerdos globales de convivencia, en la nueva legislación para contribuir a la gobernanza mundial, hay que entender que la consolidación jurídica de un nuevo orden precisa de la acción social, primero para lograrlo, luego para su más adecuada aplicación, y finalmente para seguir avanzando. Y en la acción social la acción sindical ha de ser un eje prioritario.
  • En la creciente interrelación mundial de problemas y soluciones conviene tener presente la significación de la solidaridad, esencialmente cuando ésta no sólo interesa a sus receptores sino también a los que deben practicarla. Porque éstos han de entender que sus ahora mejores condiciones de vida y de trabajo precisan, para mantenerse y desarrollarse, que se extienda el respeto a los derechos básicos al conjunto del planeta. 

Algunas consideraciones para ello desde la perspectiva particularmente sindical:

  • En la acción sindical diaria los problemas y garantías de la dignidad del trabajo en el mundo han de tener una particular presencia. 
  • Existen intereses colectivos en el mundo del trabajo a todos los niveles, desde el centro de trabajo hasta el planeta, como síntesis solidaria de los intereses particulares de cada uno de los colectivos a los diversos niveles hasta los individuales y, al mismo tiempo, como tutela para el desarrollo de éstos. El consustancial corporativismo en la acción sindical a todos los niveles, debe comportar para su desarrollo la conciencia de la existencia de un corporativismo a más amplio nivel.
  • Son necesarios órganos de dirección sindicales que asuman conscientemente tales intereses colectivos en el ámbito que se estructuran y que, por y para ello, deben superar el carácter de órganos de coordinación que muchas veces aún tienen, lo que supone además una delegación de competencias y de capacidad de decisión hacia los órganos de dirección superiores a todos los niveles.
  • Las iniciativas de acción sindical supranacional no deben ser competencia y preocupación exclusiva de las estructuras sindicales a tal nivel, sino que deben estar presentes en todas las estructuras sindicales a partir del centro de trabajo, con específico protagonismo en éste.
  • Todo ello platea además una responsabilidad particular a los sindicatos de los países en los que se sitúan las cabeceras de las multinacionales (España somos uno de éstos, aunque ciertamente no de los más importantes), también a los de los países donde se concentran la mayoría de cadenas de suministros de las multinacionales. Y a las estructuras sindicales supranacionales de unos y otros.

La propuesta de la Confederación Sindical Internacional para un “NUEVO CONTRATO SOCIAL” se orienta precisamente en este sentido [4]Es una propuesta que precisa un urgente desarrollo a partir del actual enunciado, claramente insuficiente. Un desarrollo de contenidos y, sobre todo, de un PLAN DE ACCION (global y también nacional) para hacerla realidad, con directa proyección sobre el conjunto del planeta y al mismo tiempo con un contenido de interés inmediato para todos los centros de trabajo de este mundo. 

sind


[1]  La transición de los sindicatos
[2] Coronavirus: 10 medidas para ayudar a la recuperación en la UE
[3] IPCC en español 
[4] Nuevo Contrato Social: Cinco reivindicaciones de los trabajadores para la recuperación y la resiliencia

Por el protagonismo sindical en el avance global hacia una “nueva normalidad”