viernes. 29.03.2024

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Radio Televisión Española (RTVE) con una multa de 125.581 euros por publicidad encubierta en la emisión del programa MasterChef Celebrity.

La infracción se produjo los días 25 y 30 de octubre de 2021 cuando la exconcursante Amelia Platón Galofré hizo publicidad encubierta de productos alimenticios de su propia empresa Amelicious Delicious, una firma que se jacta de vender alimentos preparados con presuntas cualidades milagrosas.

Según informa el portal consumidorglobal.com, dichas propiedades han sido rebatidas por muchos especialistas que las consideran inverosímiles. Zumos y tartas con propiedades rejuvenecedoras, cremas, caldos, sopas, productos todos de elevado precio y enmarcados en un plan nutricional sin evidencias científicas -afirman los expertos- que comercializa por Internet Amelia Platón, nutricionista y farmacéutica.

La CNMC ha constatado que, en varios momentos del programa del 25 de octubre hubo referencias a los productos alimenticios de dicha exconcursante del ‘talent show’. El programa además se repitió el 30 de ese mismo mes en la 1 de TVE.

Según el organismo regulador, estas emisiones “vulneran el artículo 18.2 de la Ley General de la Comunicación Audiovisual, al presentarse productos reales que existen en el mercado y que pudieran tener un claro propósito publicitario por parte del prestador de televisión e inducir al público a error en cuanto a su naturaleza, sin que en ningún momento de la emisión se advirtiese de su tratamiento como publicidad ni apareciese ninguna sobreimpresión que la identificara”.

LEGISLACIÓN EUROPEA

Inducir al público a error en cuanto a su naturaleza está además recogido por la legislación de la UE. Según el reglamento europeo de 2006 relativo a las “declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos” en los etiquetados, hace referencia a la directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo que “prohíbe de forma general el uso de información que pueda inducir a error al comprador o que atribuya virtudes medicinales a los alimentos”.

La propia cuenta de Twitter del reality hizo publicidad del “maravilloso producto” de Amelia y los presentadores se mostraron encantados con frases como “¿podemos decir que es como un batch cooking saludable?” (Pepe Rodríguez), o “qué crack macho” (Jordi Cruz), o “¿y esto se compra online y te lo mandan a casa?” (Samantha Vallejo-Nágera), tal y como se muestra en esta captura del tuit.

SANCIÓN A ATRESMEDIA

Este mismo jueves, la CNMC también ha informado de una segunda sanción de 185.585 euros por publicidad encubierta en el canal La Sexta.

Informa el organismo que se vulneró el artículo 18.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual al emitir comunicaciones publicitarias encubiertas en “La Sexta Noticias 14 H” del 5 de diciembre de 2021. En ese programa informativo se emitió una comunicación comercial de la aplicación móvil “Laguinda” sin identificarse como tal.

La CNMC subraya que “la ley establece que los emplazamientos publicitarios deben estar debidamente señalizados para que el espectador sepa siempre cuándo está recibiendo información y cuándo se le está tratando de vender un producto comercial”.

Contra estas resoluciones, ambas cadenas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

Multa a ‘MasterChef’ por publicidad encubierta de productos 'milagro'