sábado. 20.04.2024
feminismo
  • Una veintena de organizaciones de mujeres migrantes presentan en el Parlamento un diagnóstico sobre la situación de las mujeres migrantes víctimas de violencia de género
  • El estudio incluye además una serie de medidas para mejorar la atención y acompañamiento de estas mujeres

Este jueves 28 de febrero AIETI, junto con la Red de mujeres latinoamericanas y del Caribe y otras asociaciones de mujeres migrantes, lleva ante la Comisión de Seguimiento del Pacto de Violencia de Género un documento de análisis de la prevalencia de la violencia de género entre mujeres migrantes y las principales dificultades que estas han de afrontar para tener acceso a atención y protección.

A la presentación del estudio le acompaña un comunicado, suscrito por una veintena  de colectivos, contra las desinformaciones y bulos que, en medio de un contexto electoral, están sirviendo para construir un discurso político, en el que se afirma que la violencia machista es generada o aumenta con los inmigrantes que llegan o que solo es cometida por inmigrantes.

Entre las principales conclusiones del diagnóstico hay que subrayar las siguientes:

Las mujeres migrantes están sobrerrepresentadas en las cifras sobre violencia de género, en general, y de asesinatos en particular

El 32% de las  mujeres asesinadas, entre 2003 y 2017, por violencia de género -según la definición recogida en la Ley Integral 1/2004- fueron extranjeras.  Son datos recogidos en el estudio Mujeres migrantes y violencia de género.

Esto supone que los asesinatos afectaron a 30 mujeres por cada millón de mujeres extranjeras en el país mientras que los asesinatos de mujeres españolas afectan a cinco por cada millón de españolas.

Las mujeres extranjeras sufren mayor desprotección frente a la violencia de género

Pese a la sobrerrepresentación de mujeres extranjeras entre las víctimas de violencia de género y entre las asesinadas, los datos oficiales dan cuenta de una situación de desprotección. Si cruzamos, por ejemplo, las variables de nacionalidad, denuncias y regularidad documental, hallamos que entre las españolas asesinadas entre 2006 y 2015, el 75% no había interpuesto denuncia y el 24% sí. En el caso de las extranjeras, el 71% no había denunciado y el 29% sí. Entre estas, la mayor tasa de denuncia la tienen las africanas (58%), seguidas de las latinoamericanas, con el 33%.

Estos datos podrían estar indicando que las mujeres migrantes que denuncian la violencia de género sufren mayor desprotección, ya que, pese a ello, presentan tasas de asesinato mayores. La mayoría de las mujeres extranjeras asesinadas se encontraba en situación de regularidad jurídica. Solo el 2,5% no lo estaba (21 mujeres).

Las mujeres migrantes se benefician en menor medida de las ayudas económicas previstas para la lucha contra la violencia de género

No solo las cifras de mujeres migrantes asesinadas es alta, sino también las de quienes denuncian o están con una orden de protección. En todos estos casos, la tasa de mujeres migrantes supera el 30%. Pese a esto, las ayudas económicas previstas por el artículo 27 de la Ley Integral 1/2004, concedidas entre 2006 y 2015 -según el Informe de la Delegación de Gobierno para la Violencia de Género de 2017- solo han beneficiado a un 8% de extranjeras. Y la Renta Activa de Inserción, regulada específicamente para víctimas de violencia de género, fue concedida al 23% de extranjeras durante ese mismo período.

La mayoría de los asesinatos por violencia de género son cometidos por españoles, incluso cuando la víctima es extranjera

En 2016, el 56,8% de las víctimas mortales fueron españolas y el 43,2% extranjeras. En cuanto a los agresores o presuntos agresores, el 65,9% fueron españoles y el 34,1% extranjeros. En 2017, el 64,7% de las víctimas fueron españolas y el 35,3%, extranjeras, mientras que entre los agresores la distribución por nacionalidad fue la siguiente: 66,7% y 33,3% respectivamente. Como se puede ver claramente, hay más agresores españoles que extranjeros.

Partiendo de esta realidad, algunas de las medidas propuestas por AIETI y la Red de mujeres latinoamericanas y del Caribe son:

  • La revisión general de los sistemas de registro de violencia de género. Estos deben desagregar los datos por origen, nacionalidad, edad, situación administrativa y jurídica (situación irregular/residente, refugiada/solicitante de asilo, etc.) de las víctimas y de los agresores o presuntos agresores .
  • Diagnosticar la situación de las mujeres migrantes sin documentación en regla y sus dificultades de acceso a los mecanismos de ayuda y protección específicos, con el fin de desarrollar medidas o adaptar las existentes a su especial condición de vulnerabilidad.
  • Investigar la violencia de género sufrida en ámbitos específicos como el empleo de hogar. Documentar hechos delictivos como la explotación laboral, el trato degradante, el acoso laboral y el acoso sexual, e incluso agresiones sexuales en el contexto privado de los hogares.
  • Documentar y analizar la valoración del riesgo y la determinación de la condición de víctima o de refugiada, en los casos de tráfico y trata, en cualquiera de sus formas, y el acceso de las mujeres extranjeras a los mecanismos de protección.
  • Analizar los casos en los que por motivos de custodia del padre maltratador o guarda o tutela de la administración pública, las madres migrantes no pueden retornar a sus países de origen por no poder llevar a sus hijos e hijas con ellas.
  • Revisar la articulación entre Ley de Extranjería y Ley contra la violencia de género para eliminar la discriminación que se produce hacia las mujeres migrantes y sobre todo hacia aquellas en situación irregular.
  • Revisar los códigos deontológicos del periodismo y los libros de estilo de los medios de comunicación para incluir medidas que prevengan la utilización tendenciosa de la información cuando se trata de población migrante y en particular de violencia de género en población migrante.
  • Que en la formación en temas de violencia de género dirigida al personal que trabaja en este ámbito se incorpore la realidad de la mujer migrante, desde un enfoque interseccional e intercultural, así como metodologías de atención que eviten la revictimización.
  • Permitir el acceso de las mujeres a los servicios de atención, protección y ayuda especializados, sin necesidad de denuncia previa.
  • Dar validez a los informes técnicos de las asociaciones de mujeres que ofrecen atención integral a las víctimas de violencia de género migrantes. Estos deberían ser valorados de igual forma que los informes presentados por los equipos de los propios juzgados.
  • Que los equipos especializados que acompañan los procesos de recuperación de la salud integral de las mujeres víctimas tengan formación en psicología o psiquiatría transcultural.
  • Que a lo largo de todo el proceso se garantice la presencia de intérpretes con acreditación profesional, y especializados en violencia de género e interculturalidad, para aquellas mujeres que no hablan la lengua del lugar de residencia.
  • Que las víctimas de cualquier tipo de violencia de género puedan acceder a una prestación económica.
  • Coordinar y establecer cauces de colaboración con los consulados de origen para superar las barreras administrativas que pudieran derivarse de la situación nacional y migratoria de la víctima y de sus hijos e hijas.
  • Mejorar la cooperación internacional con un protocolo de derivación en caso de retorno para que las víctimas de violencia de género que regresen a sus países de origen mantengan reconocidos sus derechos y no se archiven sus expedientes.

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