sábado. 20.04.2024
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Isabel García Tejerina, dirigente del PP.

Lo dicho por Tejerina dispara, por un lado, uno de los estereotipos asociados con los andaluces y, por otro lado, promueve una actitud negativa hacia los niños andaluces de los que ella habla

No son muchísimos los años que han pasado desde que en España está prohibido fumar en espacios públicos cerrados, o desde que es obligatorio usar el cinturón de seguridad en el automóvil. A nadie le sorprendía, antes de 2004, ver a varias personas fumar en el Congreso de los Diputados, por ejemplo, o que, antes del 1992, los automóviles no trajeran incorporados cinturones de seguridad en los asientos traseros. En la actualidad esto es impensable.

En nuestra sociedad, estas normas no solo cumplen la función de delimitar qué conductas son sancionables, tanto penal como socialmente, sino que además influyen en nuestro modo de estar en el mundo, configuran nuestra percepción consciente e inconsciente acerca de lo que podemos hacer en determinados lugares. Estas normas no solo nos dicen qué podemos hacer y qué no, sino que también determinan parcialmente las posibilidades que de hecho se nos presentan para actuar de una u otra manera. Por ejemplo, no es que entremos a un restaurante o a un hospital y conscientemente reprimamos nuestro deseo de fumar por la posible sanción; sencillamente la opción de fumar dentro de un restaurante o un hospital no se nos presenta como una acción posible, debido a nuestra exposición continuada a la norma. Estar educado en una norma condiciona las acciones percibidas inconscientemente como disponibles.

Nuestra vida social no solo se rige por normas explícitas, escritas y adoptadas de manera deliberada; hay también otros tipos de normas, tales como las convenciones, los estereotipos, las costumbres, los protocolos y otras muchas que guían nuestro comportamiento y nuestras interacciones sociales. Entre todas estas normas, algunas son más evidentes que otras, algunas tienen una sanción más directa que otras si se incumplen, y algunas son más justas que otras. Además, no todas estas normas se aplican a un mismo conjunto de personas: algunas están vinculadas a la identidad de género, otras a la procedencia geográfica, a la orientación y preferencia sexual, al acento, al poder adquisitivo, etc.

Al igual que ocurre con la prohibición de fumar en espacios públicos cerrados, las normas sociales en general también determinan las oportunidades para actuar que se nos presentan y que percibimos como disponibles. Este conjunto de oportunidades para la acción que una persona tiene en relación con su entorno se denomina “affordances”. Originariamente, el término “affordance” fue introducido por el psicólogo James J. Gibson (1979) para referir a los rasgos que posee un entorno en relación con los rasgos del organismo que interactúa con dicho entorno. Por ejemplo, una escalera tiene el rasgo de ser ‘subible’ para los seres humanos en virtud de los rasgos de la propia escalera y de nuestros propios rasgos como especie, es decir, una de las posibilidades de acción que nos ofrece una escalera es la de ser subida debido a cómo es la escalera y a cómo son nuestras piernas. En este sentido, ‘ser subible’ es una affordance de la escalera.

Recientemente, la filósofa Saray Ayala (2016) ha utilizado la noción de affordance para señalar las restricciones que sufre una persona con respecto al tipo de cosas que puede hacer con sus palabras debido a las normas injustas asociadas con el grupo no privilegiado al que pertenece. La idea de Ayala es que las normas sociales injustas vinculadas con grupos no privilegiados en ocasiones restringen las posibilidades de acción discursiva (lo que ella denomina “speech affordances”) de las personas que pertenecen a esos grupos. Por ejemplo, si, tal y como señala Ayala en su artículo A Structural Explanation of Injustice in Conversations: It's about Norms, una de las normas que rigen nuestras prácticas conversacionales en determinados contextos es que ‘cuando una mujer muestra desaprobación por algo, está expresando sus sentimientos’, entonces esta norma limita las posibilidades de acción discursiva que tienen las mujeres en determinados contextos: en concreto elimina la posibilidad de que una mujer afirme que algo está mal sin que se perciba que está hablando de sus sentimientos y no de la cosa en sí. En este caso, el único motivo de esta restricción es la norma vinculada con las mujeres, un grupo socialmente desfavorecido. El punto interesante que aporta la noción de affordance en estas cuestiones es que enfatiza el carácter no psicológico de estas restricciones: estos conjuntos de posibilidades están restringidos injustamente para ciertas personas debido a los rasgos (las normas) del contexto en el que se encuentran y los rasgos de las personas en cuestión, y no tanto debido a la debilidad o a cualquier otro rasgo psicológico de la persona que tiene injustamente limitado el conjunto de cosas que puede llevar a cabo.

De este modo, tanto la prohibición de fumar en espacios cerrados como otras normas sociales de carácter más general e inespecífico determinan nuestras affordances. El problema es que muchas de estas normas, en concreto muchas de las normas asociadas con diferentes grupos desfavorecidos, como la mencionada en el párrafo anterior, son completamente injustas, y no solo restringen lo que podemos hacer y decir en determinados contextos, sino también lo que podemos conocer. Supongamos que hay un estereotipo que establece que las personas de un determinado grupo social son muy torpes, o que no sirven para estudiar, o lo que sea en esta línea. La idea es que la mera exposición continuada a esta norma puede limitar las affordances de las personas de ese grupo. Por ejemplo, podría ocurrir que la posibilidad de continuar con los estudios, o la posibilidad de formarse en determinadas áreas de conocimiento, no sea una affordance para las personas de ese grupo, es decir, podría ocurrir que esta posibilidad no se presente como una acción posible, que la persona sienta que esa opción no tiene que ver con ella, debido a la exposición continuada a los estereotipos y a otras normas injustas relacionadas con algún aspecto de la identidad social de las personas de ese grupo. El conjunto de acciones que una persona tiene disponibles con respecto a las cosas que puede conocer y sobre las que formarse puede denominarse “knowledge affordances” o posibilidades de acción para conocer.

Seguir unas normas determinadas está esencialmente ligado a quiénes creemos que somos. La exposición continuada a las normas vinculadas con nuestro grupo social influye en la configuración de nuestra identidad personal. Hacer algo contrario a lo que dictan las normas asociadas con el grupo social al que perteneces puede hacerte sentir que renuncias a tu propia identidad, o hacer que las demás personas perciban que estás renegando de quién eres. Esta es una de las razones por las que, en ocasiones, algunos cursos de acción no se nos presentan como acciones disponibles. Los estigmas y las sanciones sociales a las que se exponen quienes incumplen las normas que rigen nuestras interacciones sociales influyen en la construcción de quiénes creemos que somos, y esto, a su vez, también determina nuestras affordances.

Recientemente, la vicesecretaria de Acción Social del Partido Popular, Isabel García Tejerina, hizo unas polémicas declaraciones acerca del nivel educativo de los menores en Andalucía. En concreto, Tejerina dijo que “en Andalucía te dicen que lo que sabe un niño de diez años es lo que sabe uno de ocho en Castilla y León”.

El peligro de fomentar públicamente estereotipos

En el debate, algunos han defendido que la afirmación de Tejerina es simplemente una descripción, es decir, un modo de ofrecer información objetiva sobre la diferencia entre el nivel educativo de Andalucía y el de Castilla y León: “lo que realmente dice esa frase es que «las diferencias entre Andalucía y Castilla y León en las evaluaciones internacionales sobre las competencias de Matemáticas, Lengua y Ciencias a los 10 años son equivalentes a dos cursos académicos»”. Otras, por el contrario, han mantenido que la afirmación de Tejerina es claramente ofensiva: “hacer política no es insultar a un territorio, a lo más sensible que tenemos, que son nuestros niños”.

Independientemente de cuál fuera la intención de Tejerina al decir lo que dijo, e independientemente de que apelara a algún dato obtenido de manera fiable o no, la cuestión es que esa afirmación en ese contexto público dispara, por un lado, uno de los estereotipos asociados con los andaluces y, por otro lado, promueve una actitud negativa hacia “los niños” andaluces de los que ella habla. Si debido a las normas y estereotipos que gobiernan nuestras interacciones sociales se espera de ti que sepas menos, o que estés menos preparado intelectualmente que las personas de otra Comunidad, entonces es posible que tu percepción acerca del tipo de cosas a las que te puedes dedicar esté más restringida que la percepción de las personas de otra Comunidad, entre otras cosas porque no seguir una de las normas que rigen nuestra vida social supone exponerse a algún tipo de sanción social, por ejemplo al rechazo.

Esto no significa ni que todas las personas de Andalucía tengan menos knowledge affordances que otras personas, ni que las palabras de Tejerina sean la causa de que algunas personas de Andalucía tengan de hecho menos knowledge affordances que otras. Esto solo significa que las palabras de Tejerina perpetúan aquellos estereotipos asociados con las personas andaluzas que se explotan a la hora de configurar la identidad y las knowledge affordances disponibles. Estar educado en una sociedad en la que las personas de Andalucía son consideradas intelectualmente inferiores puede limitar las knowledge affordances de las andaluzas.

Contribuir y perpetuar este tipo de injusticia es uno de los peligros de fomentar públicamente estereotipos y otras normas sociales injustas. Las normas que rigen nuestras prácticas y nuestra vida social en general influyen en el tipo de posibilidades que se nos presentan a unos y a otras. Cuando estas normas restringen las posibilidades para conocer que se nos presentan, es decir, nuestras knowledge affordances, por el mero hecho de pertenecer a un grupo socialmente desfavorecido, entonces estamos sufriendo una injusticia. Decir que los menores andaluces saben menos que los de Castilla y León es fomentar algunos de los estereotipos asociados con las personas que viven en Andalucía, y fomentar los estereotipos asociados con un grupo desfavorecido de este modo puede contribuir a restringir injustamente las knowledge affordances de ese grupo.


Manuel Almagro Holgado | Investigador predoctoral en filosofía de la Universidad de Granada

Knowledge affordances: Tejerina y lo que saben los menores en Andalucía