jueves. 03.10.2024
Ilustración en una cantiga de Alfonso X
Ilustración en una cantiga de Alfonso X

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@Montagut |

En la Edad Media cristiana se consolidaron los espectáculos de toros, pero, a la vez, comenzaron las condenas y prohibiciones de los mismos, es decir, que mucho antes de que se constituyera España ya encontramos opiniones y planteamientos claramente enfrentados sobre la materia.

La primera disposición condenatoria, aunque habría que matizar si fue realmente prohibitiva, se la debemos a Alfonso X, el Sabio, en pleno siglo XIII, y a través de sus fundamentales Partidas.

Mucho antes de que se constituyera España ya encontramos opiniones y planteamientos claramente enfrentados sobre la materia

La condena de los espectáculos taurinos, en realidad, se refería a los clérigos, recogiendo todo un corpus jurídico eclesiástico sobre las irregularidades del clero. En este sentido, el IV Concilio de Letrán de 1215 trató sobre los vicios eclesiásticos, la incontinencia, la ebriedad, la caza, y la asistencia a “farsas y exhibiciones histriónicas”.

Las fiestas taurinas podrían encuadrarse en ese último capítulo. Y, por eso en la Partida I, Título V, Ley 57 podemos leer lo siguiente:

“Que los perlados non deven deyr a ver los juegos, ni jugar tablas nin dados, nin otros juegos, que los sacassen del sossegamiento…e porenden no deven yr a ver los juegos: assi como alançar, o bohordar, o lidiar los Toros, o otras bestias bravas, nin yr a ver los que lidian…”

La condena se refería a los clérigos y a los que toreaban o lidiaban a cambio de dinero

Pero, aunque la disposición estaba destinada al clero, “los perlados”, también hay una condena para los que hoy denominaríamos como toreros, en la Partida III, Título VI, Ley 4: 

“Como aquel que lidia con bestia brava por precio quel den non puede ser bozero por otro, si non en casos señalados…non puede ser abogado por otro, ningund ome que recibiesse precio, por lidiar con alguna bestia…”

Como se puede comprobar la condena se refiere a los que toreaban o lidiaban a cambio de dinero.

Nos ha servido de clara inspiración el trabajo de Álvaro Luis Sánchez-Ocaña Vara, “Las prohibiciones históricas de la fiesta de los toros”, en Arbor, y que se puede consultar en la red.

La condena de Alfonso X a las fiestas de toros