sábado. 20.04.2024
MEDIDAS HIPOTECARIAS APROBADAS POR EL GOBIERNO

¿Cuántos intereses supone ampliar en siete años una hipoteca media?

"La ampliación de plazos genera un muy escaso o irrelevante beneficio en términos de reducción de cuota mientras que supone multiplicar los intereses de la hipoteca", advierte ADICAE.
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“Suficiente alto con interrogantes” es la nota que pone la Asociación de Usuarios de Bancos Cajas y Seguros (ADICAE) al acuerdo entre Gobierno y banca para “aliviar” el gasto hipotecario de las familias. La organización de consumidores cree que, aunque las medidas se limitan a los hipotecados con un tipo variable, también aquellos que cuentan con un tipo fijo “pueden caer en sobreendeudamiento”.

Asimismo, califica de “preocupante” que “no haya un adecuado reparto de los costes” de las medidas, “que aparentemente se descargan exclusivamente en los consumidores pese a los beneficios que viene declarando la banca en un contexto de crisis como el actual”.

ADICAE recuerda que con la actual Ley de Crédito Inmobiliario, el consumidor hipotecado no puede ser reclamado judicialmente hasta el impago de 12 cuotas o un 3% del capital, de manera que hasta ese nivel de impagos el banco no podría aplicar el vencimiento anticipado y por tanto no podría ejecutar la hipoteca. 

Esta “moratoria forzosa” para el banco tendría un coste del 2,5-3% de interés de demora para el consumidor, señala la organización.

En relación a la extensión de los plazos de la hipoteca, si la cuota se amplía 7 años en una hipoteca media a tipo variable el consumidor vería reducida su cuota mensual en 100 euros aproximadamente (de 624 a 519 euros), a cambio de abonar 12.411 euros “extra” de intereses.

CARENCIA DE CAPITAL

En función de la duración de la carencia hay dos efectos: la reducción sensible de la cuota mientras dura la carencia, e incremento de la cuota por encima de su nivel original tras el periodo de carencia; y el incremento del total de intereses pagados

Carencia 1 año: 

Cuota inicial 620,71;
Cuota con carencia 244,08;
Cuota tras carencia: 640,67;
Incremento intereses totales: 1.227,35 euros.

Carencia 2 años:

cuota inicial 620,71;
cuota con carencia 244,08;
cuota tras carencia: 662,39;
incremento intereses totales: 2.464,23 euros.

Carencia 3 años: 

cuota inicial 620,71;
cuota con carencia 244,08; 
cuota tras carencia: 686,13; 
incremento intereses totales: 3.710,66 euros.

Carencia 4 años:  

cuota inicial 620,71;
cuota con carencia 244,08;
cuota tras carencia: 712,16;
incremento intereses totales: 4.966,67 euros.

Carencia 5 años:  

cuota inicial 620,71;  
cuota con carencia 244,08;
cuota tras carencia: 740,84;    
incremento intereses totales: 6.232,25 euros.

(Cálculos en base a un tipo de interés que no varía tras la carencia. Si sube, como sucederá previsiblemente, la cuota tras la carencia se incrementa aún más y los intereses también), dice ADICAE.

AMPLIACIÓN DEL PLAZO

Genera una reducción limitada de la cuota mensual para toda la vida del préstamo a cambio de un importante incremento de intereses:

Hipoteca media:

Cuota inicial: 619,42 euros;
total intereses: 39.382,44 euros.

Ampliación del plazo 3 años: 

Cuota 568,26 euros (se reduce en 51,16 euros);
Incremento intereses: 5.107,97 euros.

Ampliación del plazo 5 años: 

Cuota 539,96 (se reduce en 79,46 euros);  
Incremento intereses: 8.560,35 euros

(Cálculos en base a un tipo que no varía).

En conclusión, dice ADICAE, "la ampliación de plazos genera un muy escaso o irrelevante beneficio en términos de reducción de cuota mientras que supone multiplicar los intereses de la hipoteca (aumentan hasta en un 20% si la ampliación es de 5 años)".

Por otra parte, "las carencias generan un menor incremento de costes de intereses y reducen la cuota de forma mucho más relevante, si bien a la finalización de la carencia la cuota se incrementa sensiblemente a igual tipo de interés (hasta en 120 euros mensuales en una carencia de 5 años)".

¿Cuántos intereses supone ampliar en siete años una hipoteca media?