jueves. 25.04.2024
Imagen de archivo. Convocatoria de la huelga general de 29 de marzo de 2012 contra la reforma laboral del PP.

Cara a la aprobación este miércoles en el Senado de la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, recordamos en esta información el informe realizado en 2016 por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en base a las denuncias formuladas por CCOO y UGT contra las autoridades españolas por vulneración del derecho de huelga. Las políticas de recortes del entonces Gobierno del PP y la reforma laboral de 2012 agudizaron la conflictividad social con huelgas generales y persecución penal de afiliados y cargos sindicales.


En 2014, CCOO y UGT formularon una queja conjunta ante la Organización Mundial del Trabajo (OIT). El organismo se pronunció dos años después, con un amplio informe que recogía las alegaciones sindicales pero también las formuladas por el entonces Gobierno del PP sobre la criminalización de las huelgas y la persecución sindical al amparo del artículo 315.3 del Código Penal. Fueron los años de casos tan sonados como Los 8 de Airbus, Los 5 de Arcelor, los Dos de la Plaza de la Lealtad, entre otros, que figuran en el informe.

“Las organizaciones querellantes [CCOO y UGT] alegan que ciertas disposiciones de la legislación penal española, así como su utilización por las autoridades públicas conducen a una represión penal excesiva que vulnera el derecho de huelga”, figura en el encabezado del informe realizado por el Comité de Libertad Sindical de la OIT.

Los sindicatos trasladaron a dicho comité la apertura de 81 expedientes abiertos desde 2010 en los que estaban implicados alrededor de 260 sindicalistas (afiliados y también cargos orgánicos). Las causas se distribuían por 12 comunidades autónomas.

CCOO y UGT denunciaron un “fenómeno de represión” del derecho de huelga en base a determinados preceptos de la legislación, en particular del artículo 315.3 con penas de prisión de hasta tres años. “Dicha figura penal -manifestaron- está siendo aplicada de forma generalizada con miras a criminalizar el ejercicio del derecho de huelga, habiéndose dado casos concretos de condenas a elevadas penas de prisión de sindicalistas que participaban en piquetes de huelga”.

En su alegato, recordaron que el artículo 172.1 del CP ya recoge el delito básico de coacción, con penas incluso menores por lo que resulta suficiente para erradicar comportamientos violentos durante el ejercicio del derecho de huelga.

En julio de 2014, Jueces para la Democracia, pidió el indulto de sindicalistas condenados a prisión por participar en piquetes e huelga. La asociación profesional denunció “el carácter desproporcionado” de la sanción prevista en el 315.3 y reclamaba su derogación pidiendo a la judicatura que interpretara este precepto de “forma especialmente restrictiva” con el fin de que no sirviera de disuasión al derecho de huelga.

Ambos sindicatos plantearon en sus alegaciones ante la OIT que se estaba violando dicho derecho fundamental y generando una importante inseguridad jurídica. A este respecto, recordaban parte de la jurisprudencia dictada por el Tribunal Supremo y el Tribunal constitucional al respecto.

Los procedimientos penales o administrativos de los que CCOO y UGT informaron a la OIT se formularon en 12 comunidades autónomas, la mayoría de ellos relacionados con las huelgas generales de 2010 y 2012. Las acusaciones iban más allá del delito de coacciones, con imputaciones por atentado, desobediencia o desórdenes públicos. Los juicios se dilataban en exceso provocando un efecto disuasorio y afectando gravemente al ejercicio de la libertad sindical y el derecho de huelga.

ALEGACIONES DEL GOBIERNO DEL PP

Tras lo expuesto por las organizaciones sindicales, el Gobierno del PP respondió a los requerimientos de la OIT. Los años de mayor represión sindical se produjeron bajo los mandatos de Alberto Ruiz-Gallardón, como ministro de Justicia, y de Jorge Fernández Díaz al frente de Interior. El Ejecutivo de Mariano Rajoy alegó que el derecho de huelga no es un derecho absoluto y que no puede interpretarse sin restricciones. Sostuvo que el 315.3 “no penaliza el libre ejercicio del derecho de huelga sino que castiga el empleo de fuerza o violencia para obligar a trabajadores a que participen en una huelga” y que la aplicación de dicho precepto cumplía con la jurisprudencia del Constitucional.

El Gobierno negó rotundamente ante la OIT cualquier actuación tendente a la criminalización de la huelga

El Gobierno justificaba que el 315.3 respondía a la intención del legislador de “otorgar una protección simétrica tanto a quien optaba por ejercer su derecho a la huelga como a quien decidía no ejercerlo o no seguir ejerciéndolo, imponiendo penas idénticas tanto en caso de coacción para impedir el ejercicio del derecho de huelga como en caso de coacción para forzar la participación en una huelga”. Sin embargo, este planteamiento choca frontalmente con el análisis de otros expertos, al sostener estos que el Código Penal no puede proteger con la misma intensidad el derecho a no hacer huelga que el derecho a hacerla.

El Ejecutivo del PP negó el supuesto abuso de autoridad de las fuerzas y cuerpos de seguridad el Estado en las protestas contras los recortes de aquellos años de crisis económica, denunciados también por CCOO y UGT y alegó la imposibilidad de investigar determinadas actuaciones policiales por falta de datos y justificando otras muchas como respuesta a la “violencia” protagonizada por los huelguistas.

En suma, el Gobierno negó “rotundamente” ante la OIT cualquier actuación tendente a la criminalización de la huelga por parte del Ministerio del Interior dirigido por Fernández Díaz o del Ministerio Fiscal. Es más, acusó a ambos sindicatos de intensificar sus denuncias por la aplicación del 315.3 por “un tema personal”, en alusión a una causa abierta contra dos dirigentes sindicales.

En su respuesta a la OIT, el Gobierno también adjuntó una comunicación de la CEOE acorde con sus planteamientos.  

En sus conclusiones, el Comité de Libertad Sindical de la OIT recuerda entre otras cuestiones que “no deberían imponerse sanciones penales por actos de huelga, salvo en los casos en que no se respeten las prohibiciones relativas a la huelga que estén en conformidad con los principios de la libertad sindical. Cualquier sanción impuesta por actividades ilegítimas relacionadas con huelgas debería ser proporcional al delito o falta cometido y las autoridades deberían excluir el recurso a medidas de encarcelamiento contra quienes organizan o participan en una huelga pacífica”, e invita al Gobierno a revisar las cuestiones formuladas, subrayando el alegato hecho por los sindicatos de que la mayoría de los casos de los 81 expedientes abiertos no se corresponden con actos de violencia.


Informe de la OIT


¿Qué pasó con Los 8 de Airbus, Los 5 de Arcelor, los Dos de la Plaza de la Lealtad? Revista Unión de UGT.


Cuando el Gobierno del PP litigó en la OIT acusado de represión sindical