viernes. 19.04.2024

El Boletín Oficial de Estado publica hoy la Ley Orgánica 2/2020, de 16 de diciembre, que modifica el Código Penal para la erradicación de la esterilización forzada o no consentida de personas con discapacidad incapacitadas judicialmente, que ha entrado en vigor el 18 de diciembre.

Esta medida fue aprobada en 2006 por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y ratificada en 2008 por España. La ley desarrolla una serie de puntos específicos sobre los derechos de las personas con discapacidad en relación a la formación de una familia, un hogar, ser padres y madres y sus relaciones personales.

La modificación se basa en la eliminación del segundo párrafo del artículo 156 del Cogido Penal. Esta línea despenalizaba las esterilizaciones no consentidas, previa autorización judicial. Finaliza así un proceso de cambio legal iniciado por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) y de la Fundación Cermi Mujeres. Esta asociación ha conseguido que la reforma haya sido aprobada por unanimidad parlamentaria.

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Cermi afirma que “es un momento histórico en la legislación española sobre derechos de las personas con discapacidad, especialmente para las mujeres, que eran las más afectadas. El activismo de las mujeres con discapacidad ha logrado un hito, que es desterrar del ordenamiento jurídico la esterilización forzosa, que todavía permanece en muchos países, incluso europeos, evidenciando la fuerza de una sociedad civil con capacidad de propuesta, persuasión y convicción política”.

En los últimos años, muchas mujeres con discapacidad incapacitadas judicialmente han sido sometidas a una esterilización forzosa en España. El texto además de prohibir está práctica a partir de mañana, también paraliza los procedimientos que estuvieran en trámite o ya tramitados pero no ejecutados, devolviendo "la plena libertad de decisión respecto de someterse o no al tratamiento médico".

Con esta reforma, declara Cermi, “cesa una de las vulneraciones más lesivas de los derechos humanos permitidas en la legislación, que tenía un impacto desmedido, sobre todo en la mujeres y jóvenes con discapacidad”.

El texto de la nueva ley que entrará en vigor mañana también estipula que el Gobierno remita a las Cortes Generales un proyecto de ley de modificación de la Ley Básica Reguladora de la Autonomía del Paciente y de Derechos y Obligaciones en materia de Información y Documentación Clínica, y de la Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. El objetivo es que aquellas personas con discapacidad que necesiten de recursos humanos y materiales, tengan toda la información y documentación clínica en formatos, canales y soportes accesibles para que puedan tomar su decisión de forma “libre e informada” .

El Código Penal deroga las esterilizaciones forzosas de personas con discapacidad