jueves. 28.03.2024

Siete preguntas y siete respuestas sobre el anteproyecto de ley del ministro Gallardón.

1. ¿Gestación es lo mismo que vida humana?

En cada eyaculación salen doscientos millones de espermatozoides. De todos ellos sólo uno, de vez en cuando, consigue llegar al óvulo y fecundarlo. Todos los demás mueren por el camino, pero nadie se preocupa por esa pérdida. Con la fusión de los dos núcleos se forma una nueva célula, el cigoto, y comienza el complejo proceso del desarrollo embrionario que terminará con el nacimiento de una criatura después de nueve meses. En las primeras semanas de gestación no se puede hablar de una vida propiamente humana. Se trata de un conglomerado celular que se desarrolla siguiendo un plan predeterminado: a los tres meses el embrión mide 10 centímetros y pesa 45 gramos. La ley de plazos vigente es aceptada mayoritariamente; se entiende que más allá de un momento temporal concreto ya existe una vida que puede llegar a conformar un ser humano. Esta es la visión desde el conocimiento biológico.

2. ¿Defensa de la vida o defensa del alma?

Pero la cuestión no es cuando comienza la vida humana desde la perspectiva de la ciencia. Porque el legislador (en este caso el ministro Gallardón, que presentó su anteproyecto de "Ley de Protección de los Derechos del Concebido y de la Mujer Embarazada") se sitúa en el terreno de la creencia religiosa: el propio Dios inserta un alma en el útero de la gestante en el instante incluso de la concepción. El cigoto tiene derecho a la vida (por encima del derecho de la mujer), por poseer un alma que le convierte en humano desde el primer momento. Esta instalación en el dogma para legislar tiene efectos muy perversos: impone una creencia propia a toda la población, contempla a la mujer como una incubadora y le retira la capacidad de decidir; le niega el derecho a disponer de su cuerpo e incluso pretende obligarla a traer al mundo fetos con malformaciones y dolencias graves. En el año 2013 nacieron en España (con la ley vigente) 3.500 niños con discapacidades severas que son dependientes para toda la vida. Con la ley de Gallardón habrá más recién nacidos con limitaciones importantes: es una crueldad obligar a la vida estas criaturas mientras le sustraen a las familias toda ayuda y protección para su crianza.

3. ¿Como cambió la regulación del aborto en la historia reciente?

La decisión de abortar es siempre difícil y dolorosa. La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) se practica con bajo riesgo cuando es realizada en condiciones adecuadas. No siempre estuvo regulada y cuando se legisló fue para considerarla una práctica penalizada. El Código Penal Español de 1822 establecía penas que podían llegar a los 14 años de reclusión para los profesionales y hasta ocho para las mujeres que habían abortado. Durante el franquismo las mujeres pobres abortaban de forma clandestina, sin ninguna garantía sanitaria y con grave riesgo para la salud (en el año 1976 murieron entre 200 y 400 mujeres a consecuencia de estas prácticas); las hijas de los ricos iban a Londres, con indulgencia plenaria, para deshacerse de su problema. De regreso, después de la oportuna confesión y penitencia, pasaban a encabezar las manifestaciones antiabortistas impulsadas por la jerarquía de la Iglesia y apoyadas por la derecha más reaccionaria. Esa doble moral y esa conducta hipócrita son las que el gobierno pretende recuperar con esta ley.

4. ¿Cual es la situación actual del aborto en España?

La Ley Orgánica 9/1985 despenalizó el aborto si había grave riesgo para la salud física o psíquica de la embarazada, en el caso de violación y ante la presencia de malformaciones del feto. Fue un gran avance, que se consolidó con la Ley Orgánica 2/2010, conocida como ley de plazos. Esta norma despenaliza la práctica de IVEs durante las primeras 14 semanas. En ese período la mujer puede decidir de forma libre sobre la interrupción de la gestacion, sin intervención de terceros en su decisión. También señala que el plazo aumenta hasta las 22 semanas en el caso de graves riesgos para la vida o la salud de la madre y el feto. Esta ley no provocó un aumento en el número de IVEs (como afirman sus detractores), pero sí sirvió para garantizar el derecho de la mujer a decidir sobre su cuerpo y su vida, y para establecer unas condiciones sanitarias adecuadas para estas intervenciones. Ampara el derecho de la mujer a interrumpir una gravidez no deseada, pero no obliga a nadie a actuar en contra de sus convicciones. Esta norma es similar a las existentes en la mayoría de los países del hemisferio norte con legislaciones poco restrictivas con respecto a la práctica de IVEs.

5. ¿Por qué impone el ministro de Justicia esta nueva ley?

Gallardón afirma que va a cambiar la ley por ser un compromiso de su programa electoral. Es poco creíble este argumento cuando vemos al gobierno en pleno incumplir de forma sistemática todas las promesas realizadas durante la campaña. Se trata, más bien, de la imposición de su propio credo religioso a toda la ciudadanía, y también puede ser una estrategia para centrar la discusión mediática en este asunto (tan grave y relevante) mientras continúan con el expolio de los presupuestos, con la demolición de los servicios públicos y con la laminación de los derechos laborales y ciudadanos. Porque no existe una demanda social para proponer un cambio legislativo tan regresivo. Más bien al contrario, hay una percepción generalizada de que la presente ley de plazos es bien aceptada y valorada por la mayoría social.

6. ¿Es necesaria una nueva ley sobre el aborto?

Un grupo de profesionales relevantes hizo públicas sus razones para defender la actual norma: es una ley conforme la Constitución, que funciona (no hubo incremento en el número de abortos), respeta a las mujeres y la vida en formación. No hace distinción entre pobres y ricas y permite que las IVEs se realicen de forma segura y equitativa. Además la legislación de plazos es la que más aplican los países del entorno europeo y permite compatibilizar la protección del no nacido con el derecho de la mujer a no continuar con una gestación no deseada. Derogar esta ley representa un retroceso que nos devuelve a los tiempos del franquismo y a los abortos clandestinos. Significa un regreso de la civilización a la barbarie. Pero hay quien se está preparando ya para hacer negocio: las clínicas portuguesas que se dedican a la práctica de IVEs se preparan para la llegada masiva de mujeres españolas.

7. ¿Que cambios plantea la ley de Gallardón?

Con el anteproyecto de ley, que inicia su tramitación parlamentaria, la interrupción de la gestación en las primeras 14 semanas (que representa el 90% de los casos) ya no será un derecho de la mujer. Será delito. Sólo habrá dos excepciones: la violación y la existencia de peligro grave para la vida o la salud física o psíquica de la mujer.

Pero no permitirá la práctica de IVEs ante la presencia de malformaciones fetales o enfermedades incurables: "No hay embriones de primera y de segunda, como no hay personas de primera y de segunda", sentenció el ministro Gallardón, que prefiere castigar a las mujeres -y a los hijos con discapacidad grave- a un destino cruel (en nombre de un Dios despótico y sin piedad) en vez de respetar la libertad para dirigir sus vidas.

Permanece el supuesto de riesgo para la salud psíquica de la mujer como motivo para realizar una IVE, pero impone más exigencias: esta condición deberá ser acreditada por un informe de dos médicos ajenos a la clínica que vaya a practicar el aborto. Pero aun hay más: la mujer que solicite una IVE recibirá información sobre alternativas, ayudas a la maternidad y riesgos de la intervención y tendrá que aguardar siete días antes de decidir. Con esa medida se provocan demoras innecesarias,  se realiza una auténtica coacción sobre la mujer que se ve tratada como una enferma, como como una persona "incapaz" de decidir por sí misma, y que debe ser tutelada en su toma de decisiones. Además las mujeres de 16 y 17 años volverán a precisar del permiso paterno para poder acceder a una IVE. Sólo en el caso de conflicto familiar grave podrá el juez decidir, en quince días, si la joven puede interrumpir el embarazo no deseado. De nuevo se hurta la capacidad de decidir a la mujer, se incrementan las demoras y se provoca un sufrimiento innecesario en una situación difícil por sí misma. Este anteproyecto también contempla la objeción de conciencia de todos los profesionales (sanitarios y no sanitarios) que participan en la realización de IVEs, y establece penas (hasta tres años de cárcel y seis de inhabilitación) para los médicos que practiquen abortos fuera  de los supuestos legales establecidos en la norma.

En definitiva esta ley es innecesaria y cruel, supone un abuso de poder y representa una vulneración de los derechos de la mujer; supone un retroceso histórico sin precedentes y sin justificación ninguna, salvo la imposición de las creencias del ministro sobre los derechos de las/-los ciudadanos, sólo para satisfacer a la retrógrada jerarquía de la Iglesia española y a los sectores más radicales y reaccionarios de su propio partido.

Aborto, regreso a la barbarie