viernes. 19.04.2024
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@Montagut5 | El golpe de estado de Miguel Primo de Rivera liquidó el parlamentarismo y el sistema constitucional español. Quedó suspendida la Constitución de 1876, se cerraron las Cortes y fueron destituidos los consistorios municipales. Pero cuando el dictador pensó en institucionalizar el régimen a la altura de 1926 pensó en crear un órgano entre legislativo y consultivo, con un marcado carácter corporativo, denominado Asamblea Nacional Consultiva.

La creación de este órgano legislativo podría contemplarse como un avance en la suavización de la Dictadura pero, en realidad, no era un parlamento propio de un sistema político liberal y democrático, porque ni nacía del sufragio universal ni tenía las competencias propias de un legislativo clásico. Su anuncio y establecimiento no fueron especialmente bien acogidos. Para los enemigos de la Dictadura no sólo era una farsa de parlamento sino que, además, se veía como un medio más para apuntalar y consolidar un régimen que querían derribar. Si el dictador pretendía, además, usarlo para volver a la normalidad constitucional de 1923, tampoco era positivo porque de ese modo estaría colocando a hombres nombrados por él para dirigir la transición.

La Asamblea Nacional Consultiva nació por un Decreto del 12 de septiembre de 1927. La primera función que tendría esta institución sería la de fiscalizar la labor del gobierno, algo propio de un parlamento moderno, pero el  reglamento de la cámara impedía ejercer dicho control, por lo que quedó como algo puramente decorativo. También debía elaborar leyes.

La Asamblea se dividía en 18 secciones. La mayoría de estas secciones eran de carácter técnico, económico o jurídico. La única sección verdaderamente política era la denominada “Proyecto de Leyes Constituyentes”. A esta sección se le encargó la elaboración de un proyecto de Constitución, que debía ser la que crearía un nuevo sistema político nacido de la Dictadura.

El preámbulo del Decreto de creación de la Asamblea establecía que la composición de la Asamblea estaba constituida por tres núcleos:

“… el uno de representantes del Estado, las Provincias y los Municipios que son las tres grandes ruedas integrantes de la vida nacional… El otro de representación de actividades, clases y valores…Y el tercero designados por la Uniones Patrióticas y como representación de la gran masa apolítica ciudadana que respondió al llamamiento del Directorio en momentos de incertidumbre e inquietud y luego al del Gobierno…”

Este sistema de representación pretendía ser el reflejo de un modelo corporativo con algunos tintes del corporativismo fascista, a través de tres pilares: la Administración (Estado, Provincias y Municipios), la Sociedad y el Partido (Unión Patriótica).

En relación con los posibles miembros de la Asamblea es interesante detenerse en el caso de la familia socialista, donde se generó un intenso debate tanto en el PSOE como en la UGT.  Largo Caballero defendía que se estudiara el proyecto de Primo de Rivera. Indalecio Prieto se manifestó radicalmente en contra de colaborar. Por su parte, Besteiro defendió acudir a la Asamblea si por medio de la misma se podrían alcanzar puestos eficaces para seguir la lucha social. En el debate, Largo Caballero se inclinó por esta postura aunque con cautela, ya que debía depender de cómo iban a ser elegidos sus miembros. Pero, al final, los socialistas no entrarían en la Asamblea por el sistema de elección de sus miembros. A la UGT le convenía la elección corporativa porque, de ese modo, podría nombrar libremente representantes suyos, y no la individual, dependiente, en realidad, de la voluntad del dictador. En los Congresos de la UGT y del PSOE del año 1927 se ratificó la negativa a participar, a pesar de que el gobierno nombró representantes socialistas para la Asamblea.

El sistema electoral en la Dictadura de Primo de Rivera