viernes. 29.03.2024
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Palacio de Aranjuez.

El inicio de la Junta fue complicado porque, aunque se hizo para que asumiese todos los poderes, la Junta de Sevilla era reacia a ceder poder, defendiendo la idea de que la Central solamente debía ser un órgano de coordinación de las Juntas Provinciales

@Montagut5 | Tras el levantamiento de mayo de 1808, ante las abdicaciones de los Borbones en Bayona y la colaboración que las instituciones de la Monarquía española habían prestado al gobierno de José I Bonaparte, surgió entre los protagonistas del levantamiento la necesidad de crear organismos de gobierno. Ese sería el origen de las Juntas Provinciales en diversos lugares: Valladolid, Badajoz, Sevilla, Valencia, Asturias, Lérida y Zaragoza. Asumieron la soberanía que hasta entonces había encarnado la Corona, un hecho inaudito en la Historia española y de grandes repercusiones en el inicio del peculiar proceso de Revolución liberal español, además de servir como modelo en América y, posteriormente, en otros procesos revolucionarios españoles del siglo XIX. Las Juntas se colocaron por encima de las instituciones como el Consejo de Castilla, y asumieron la labor de la resistencia frente a los franceses y afrancesados. Las Juntas encarnaron en su seno la dual realidad política de los resistentes. Por un lado, muchos de sus componentes defendían el viejo orden, es decir, la necesidad de vencer a los franceses por haber ocupado el país, pero deseando el retorno a las estructuras del Antiguo Régimen, que el gobierno afrancesado comenzaba a cuestionar, aunque fuera de una manera muy moderada. Por esa razón pensaban que las Juntas debían ser unos organismos que se dedicasen exclusivamente a la tarea de resistir y organizar la lucha. Pero, por otro lado, había otro sector que, sin obviar la necesidad de armarse y organizarse para el combate, veían más allá. Las Juntas debían desembocar en un proceso de profundo cambio a través de la futura convocatoria de Cortes, encargadas de hacer profundas reformas, comenzando por la elaboración de una Constitución. Abogaban, por tanto, por un proceso revolucionario liberal.

La necesidad de coordinar los esfuerzos de las distintas Juntas Provinciales hizo que se comenzase a pensar en la necesidad de un gobierno central. Se rechazó la creación de una Regencia frente a la idea que partió de la Junta de Sevilla, sobre la delegación de poderes en representantes elegidos por cada Junta. Por su parte, la Junta de Granada defendió la idea de que fueran dos representantes por cada una. Ese fue el origen de la Junta Suprema Central, que asumió todos los poderes. Este hecho, en línea con lo que decíamos sobre las Juntas Provinciales, fue un extremadamente novedoso, como puso de manifiesto el propio manifiesto que publicó el 26 de octubre, dirigido a la nación española:

“…El caso es único en los anales de nuestra historia, imprevisto en nuestras leyes, y casi ajeno de nuestras costumbres. Era preciso dar una dirección a la fuerza pública, que correspondiese a la voluntad y a los sacrificios del pueblo; y esta necesidad creó las Juntas Supremas en las Provincias, que reasumieron en sí toda la autoridad, para alejar el peligro repeliendo al enemigo, y para conservar la tranquilidad interior.

(…) Sus Juntas respectivas nombraron Diputados que concurriesen a formar este centro de autoridad, y en menos tiempo que el que había gastado el maquiavelismo francés en destruir nuestro antiguo gobierno, se vio a parecer uno nuevo, mucho más temible para él, en la Junta Central que os habla ahora…!

Así pues, tras una misa solemne en la Capilla Real del Palacio de Aranjuez, los diputados prestaron juramento. Presidía la Junta un personaje fundamental del despotismo ilustrado, el anciano conde de Floridablanca, aunque falleció el 30 de diciembre, siendo sustituido por Vicente Ossoiro de Moscoso Álvarez de Toledo, marqués de Astorga. En noviembre de 1809 presidiría Juan Acisclo de Vera y Delgado, arzobispo de Laodicea, que permaneció en el cargo hasta la disolución de la Junta.

El inicio de la Junta fue complicado porque, aunque se hizo para que asumiese todos los poderes, la Junta de Sevilla era reacia a ceder poder, defendiendo la idea de que la Central solamente debía ser un órgano de coordinación de las Juntas Provinciales. Pero, también había complicaciones de tipo ideológico. El general absolutista Cuesta, que contaba con el apoyo inglés y de Jovellanos, era partidario de un Consejo de Regencia, un organismo más propio para mantener las viejas estructuras administrativas y políticas de la Monarquía Absoluta. Se debían disolver las Juntas Provinciales y la Central se quedaría como un simple organismo consultivo.

La Junta Central comenzó a trabajar, formada por dos representantes de cada Junta Provincial. La mayoría de sus componentes eran de origen nobiliario, casi todos con título, destacando cinco Grandes de España. La representación eclesiástica también fue muy destacada, con algún arzobispo y muchos canónigos. La representación de la burguesía era mucho más escasa. La Junta tuvo que desplazarse a comienzos del nuevo año de 1809 a Sevilla dados los acontecimientos bélicos del momento, con la llegada de Napoleón a España.

La Junta estableció una reforma administrativa que parecía muy novedosa pero que no terminaba de abolir las estructuras antiguas, como un reflejo de la dualidad entre las dos posturas ideológicas en el seno de los resistentes a los franceses, y a la que hemos aludido anteriormente. No derogó los Consejos, pero decidió fusionarlos en el Consejo Reunido. Quitó poder y funciones a las Juntas Provinciales, que pasaron a denominarse Juntas Superiores Provinciales de Observación y Defensa, es decir, subordinadas a la Central y para esas dos cuestiones.

Al asumir todos los poderes se produjo la necesidad de separar cada uno de ellos en su seno. Las cuestiones ejecutivas, es decir, de gobierno, fueron asumidas por una denominada Sección Ejecutiva. Por otro lado, se creó una Comisión de Cortes con la misión de preparar la convocatoria de las mismas. La iniciativa de esta convocatoria partió de uno de los más activos miembros de la Junta, Lorenzo Calvo de Rozas, que defendió la necesidad de que se elaborase una Constitución. Calvo de Rozas fue un afortunado comerciante vasco en el Madrid de Carlos IV, y destacado defensor en la Zaragoza sitiada por los franceses, ejemplificando en la Junta la postura liberal. En mayo de 1809, la Junta anunció la convocatoria de Cortes. Jovellanos defendió en la Comisión que se estableciese una “consulta al país” para que la opinión pública española se pronunciase sobre el carácter de las Cortes, sobre las reformas a emprender. Algunos han visto en esta “consulta al país” la versión española de los cahiers de doléances franceses en el proceso de convocatoria y reunión de los Estados Generales en Versalles. Las respuestas recibidas se organizaron en juntas auxiliares para su estudio y para preparar los materiales sobre los que elaborar un proyecto de Constitución. El estudio de las respuestas refleja una opinión muy mayoritaria sobre la necesidad de limitar el poder monárquico con instituciones representativas. También hay en la documentación una crítica general a los privilegios que sustentaban la sociedad estamental. No se elaboró el proyecto constitucional, pero es importante destacar como se defendió la necesidad de que las Cortes que se convocasen debían tener la iniciativa legislativa, y que el rey solamente tuviera veto suspensivo temporal.

La Junta Central decidió que la convocatoria de las Cortes fuera por estamentos, generando una intensa polémica interna. Los liberales o más radicales defendieron la máxima de un “hombre y un voto” y que las Cortes debían ser unicamerales. Jovellanos era partidario del sistema estamental, con una cámara donde estuvieran juntos los dos estamentos privilegiados, es decir, la nobleza y el clero. El voto de esta segunda cámara sería imprescindible para la aprobación de las leyes. Ante el conflicto la Junta decidió que estas cuestiones fueran decididas por las propias Cortes cuando se reuniesen.

La invasión francesa de Andalucía provocó que la Junta se tuviera que trasladar de Sevilla a Cádiz. Los partidarios del absolutismo aprovecharon la ocasión para conseguir que la Junta se disolviese, obligando a que se nombrase una Regencia, a finales de enero de 1810. Pero este hecho, en principio favorable a las tesis más conservadoras, no frenó el proceso de convocatoria de Cortes. En septiembre de ese mismo año se reunieron en Cádiz, y se puso en marcha el proceso constitucional que desembocó en la elaboración y aprobación de la Constitución de 1812, y de la creación de un vasto programa de reformas de signo liberal.

La Junta Suprema Central