viernes. 29.03.2024
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“República, república siempre, la forma de gobierno más conforme con la evolución natural de los pueblos”

Nace en Madrid el doce de febrero de 1888. Su padre era Manuel Campoamor, de oficio contable de un periódico, su madre María Pilar Rodríguez, costurera, es decir, provenía de una familia humilde. Dicho matrimonio tuvo tres hijos.

Su padre Manuel muere cuando Clara tenía solamente diez años, esto hace que deje sus estudios y empiece a trabajar para ayudar a la familia. Trabaja de modista, dependienta de comercio y telefonista. Se presentó a las oposiciones del cuerpo auxiliar de Telégrafos en el año 1909, logrando plaza, por lo que primero se desplazo a Zaragoza y posteriormente a San Sebastián.

Obtiene, en el año 1914, la primera plaza de la oposición al Ministerio de Instrucción Pública y estuvo destinada en la Escuela de Adultos como profesora especial de taquigrafía y mecanografía. Empezó a trabajar también en el periódico maurista La Tribuna escribiendo una sección propia titulada “Mujeres de hoy” donde analizaba la vida de éstas.

Comenzó a estudiar el bachillerato en el año 1920, el cual lo aprobó rápidamente, para posteriormente ingresar en la Facultad de Derecho. Sorprendentemente en el año 1924, es decir en solo cuatro años había obtenido el bachillerato y había terminado Derecho, lo que nos muestra la capacidad intelectual de esta mujer. Se incorpora, en el año 1925, al Colegio de Abogados de Madrid y solo había otra mujer, Victoria Kent.

Clara Campoamor sintió simpatía por el socialismo y prologó el libro de María Cambrils “Feminismo socialista”. Sin embargo, se mostró muy crítica con la actitud contemporizadora que el PSOE mostró con la dictadura de Primo de Rivera.

Empieza su fama cuando actúa en dos casos de divorcio de dos personas famosas, el primero es entre la escritora Concha Espina y su marido Ramón de la Serna y Cueto y el segundo fue el de Josefina Blanco y el escritor Valle Inclán.

En junio de 1926, el dictador Primo de Rivera destituye a la Junta directiva del Ateneo, que le hacía oposición y nombra una nueva. En esta renovada Junta Directiva aparece Clara Campoamor, Victoria Kent y Matilde Huici. Tanto Clara como Matilde renuncian al cargo. Clara fue castigada con la pérdida de cien puestos en el escalafón del Ministerio de Instrucción Pública, lo que hace que no pueda trabajar ya como funcionaria nunca más.

Fue la primera abogada que intervino ante el Tribunal Supremo. Desarrollo un trabajo sobre la situación jurídica de las mujeres. La Real Academia de Jurisprudencia le concede, en el año 1927, su premio anual, que conlleva la concesión de la Gran Cruz de Alfonso XII. Clara renuncia a este premio.

En el año 1928, crea junto a otras abogadas de toda Europa la Federación Internacional de Mujeres de Carreras Jurídicas, que tiene su sede en París. Contribuye a fundar, en el año 1930, la Liga Femenina Española por la Paz.

Trabajó en la creación del embrión de Acción Republicana, formando parte al principio del Consejo Nacional. Su idea era la unión de todos los partidos republicanos españoles de centro, liderados tanto por Azaña como por Alejandro Lerroux, pero fracasó en este intento.

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Junto con Azaña forma parte de la junta del Ateneo de Madrid. Fue delegada de España en la Sociedad de Naciones. Se produce la rebelión de los militares en Jaca, el 12 de diciembre de 1930, dirigida por Ángel García Hernández y Fermín Galán, siendo esta aplastada. Clara Campoamor fue una de los abogados que defendió a Manuel Andrés y José Bayo condenados a muerte. En dicha conspiración también estaba su hermano Ignacio Campoamor que le solicitan prisión.

clara3Con la caída de la dictadura de Primo de Rivera y la instauración de la II República ingresa en el Partido Radical y es presentada a las elecciones para las Cortes Constituyentes de la II República. Obtiene un escaño de diputada por Madrid. Son tres las mujeres que entran en el Parlamento español, la propia Clara Campoamor, Victoria Kent y Margarita Nelken. En ese momento histórico, la mujer podía ser elegida diputada pero no podía votar.

Clara forma parte de la Comisión encargada de redactar la Constitución republicana, dicha comisión estaba compuesta por veintiún diputados. Luchó por establecer la NO discriminación por razón de sexo, la igualdad jurídica de los hijos/as habidos tanto dentro del matrimonio como fuera, el divorcio y el sufragio femenino. Es la primera mujer, que habla en las Cortes españolas.

Desde la tribuna del Congreso de los diputados, Clara Campoamor hará una defensa encendida del sufragio femenino a pesar de contar con la oposición del propio Partido Radical y de la diputada socialista Victoria Kent.

¿Qué defendía Clara Campoamor y Victoria Kent respecto al voto femenino?

El artículo 36º de la Constitución republicana marca cual va a ser el voto femenino. Sorprendentemente la izquierda no apoya de forma clara el voto femenino ¿Por qué la izquierda tenía miedo al voto femenino?

Este miedo proviene, porque suponían que las mujeres estaban más influenciadas por la Iglesia que el hombre y, esto podría favorecer a los partidos de la derecha, que, aunque no favorables a esta cuestión estaban dispuestos a apoyarla.

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Su gran oponente era la socialista Victoria Kent, que también era partidaria de reconocer a la mujer su derecho electoral. Sin embargo, Victoria Kent sacrificando sus propias convicciones a la disciplina de su partido, se opone a la redacción del artículo como lo hace Clara Campoamor. Ésta es la única diputada femenina que defiende el sufragio femenino sin ningún tipo de limitaciones.

El artículo 36º se debate en la sesión del uno de octubre de 1931. En ella se oyen intervenciones contra el voto femenino como “hasta que las mujeres dejen de ser retrógradas”. El diputado Novoa Santos dijo “….. porque las mujeres son histéricas por naturaleza”.

c5Victoria Kent se opone al derecho electoral de las mujeres porque pensaba que éstas estaban influenciadas por la Iglesia y votarían a los conservadores. Victoria Kent dijo “ … hasta que transcurran unos años y vea la mujer los frutos de la Republica y la educación”.

Otros, entre ellos Guerra de los Ríos y algún diputado, proponen no incluir esta cuestión en la Constitución con el fin de poder impugnar los resultados de las elecciones en caso de que las mujeres no votasen de acuerdo al programa del gobierno, o reducir el derecho de voto a las mayores de 45 años como propuso el diputado Ayuso, diciendo “… porque antes la mujer tiene reducida la voluntad y la inteligencia”. Plantean que este tema no se incluya en la Constitución republicana y éste se regule a través de una ley electoral. Clara se opone contundentemente a este planteamiento.

Clara Campoamor se mantiene fiel a sus principios y defiende el derecho de las mujeres a ser consideradas ciudadanas por encima del sentido de su voto.

Debemos destacar las siguientes intervenciones de Clara Campoamor:

Comienza su intervención de la siguiente manera:

“Señores diputados: lejos yo de censurar ni de atacar las manifestaciones de mi colega, la señorita Kent, comprendo, por el contario, la tortura de su espíritu al haberse visto hoy en trance de negar la capacidad inicial de la mujer. Creo que por su pensamiento ha debido de pasar, en alguna forma, la amarga frase de Anatole France cuando nos habla de aquellos socialista que, forzados por la necesidad, iban al Parlamento a legislar contra los suyos”.

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“¡Las mujeres! ¿Cómo puede decirse que cuando las mujeres den señales de vida por la República se les concederá como premio el derecho de votar? ¿Es que no han luchado las mujeres pro la República? ¿Es que al hablar con elogio de las mujeres obreras y universitarias no está cantando su capacidad? Además, al hablar de las mujeres obreras y universitarias, ¿se va a ignorar a todas las que no pertenecen a una clase ni a la otra? ¿No sufren éstas las consecuencias de la legislación? ¿No pagan los impuestos para sostener al Estado en la misma forma que las otras y que los varones? ¿No refluye sobre ellas toda la consecuencia de la legislación que se elabora aquí para los dos sexos, pero solamente dirigida y matizada por uno?¿Cómo puede decirse que la mujer no ha luchado y que necesita una época, largos años de República, para demostrar su capacidad? Y ¿porqué no los hombres? ¿Por qué el hombre, al advenimiento de la República, ha de tener sus derechos y han de ponerse en un lazareto los de la mujer?

“… Resolved en Cortes Constituyentes los derechos femeninos. Deber indeclinable de mujer que no puede traicionar a su sexo, sí, como yo, se juzga capaz de actuación, a virtud de un sentimiento sencillo u de una idea clara que rechazan por igual: la hipótesis de constituir un ente excepcional, fenomenal; merecedor, por excepción entre las otras, de inmiscuirse en funciones privativas del varón, y el salvoconducto de la hetaira griega, a quien se perdonara cultura e intervención a cambio de mezclar el comercio del sexo con el espíritu”.

“Yo, señores diputados, me siento ciudadano antes que mujer, y considero que sería un profundo error político dejar a la mujer al margen de ese derecho, a la mujer que espera y confía en vosotros; a la mujer que, como ocurrió con otras fuerzas nuevas en la revolución francesa, será indiscutiblemente una nueva fuerza que se incorpora al derecho y n0 hay sino empujarla a que siga su camino”.

“… Resolved lo que queráis, pero afrontando la responsabilidad de dar entrada a esa mitad del género humano en política, para que la política sea cosa de dos, porque solo hay una cosa que hace un sexo solo: alumbrar; las demás las hacemos todos en común, y no podéis venir aquí vosotros a legislar, a votar impuestos, a dictar deberes, a legislar sobre la raza humana, sobre la mujer y sobre el hijo, aislados, fuera de nosotras”. 

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“No cometáis un error histórico que no tendréis nunca bastante tiempo para llorar al dejar al margen de la República a la mujer, que representa una fuerza nueva, una fuerza joven; que ha sido simpatía y apoyo para los hombres que estaban en las cárceles; que ha sufrido en muchos casos como vosotros mismos, y que está anhelante, aplicándose a sí misma la frase de Humboldt de que la única manera de madurarse para el ejercicio de la libertad y de hacerla accesible a todos es caminar dentro de ella”.

El artículo 36º de la Constitución republicana queda así redactado: “Los ciudadanos de uno u otro sexo, mayores de 23 años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinan las leyes”.

Es aprobado dicho artículo por 161 votos a favor y 121 en contra. Contó con el apoyo de gran parte de los diputados del PSOE, republicanos de derechas y de Esquerra Republicana de Catalunya, y cuatro diputados de su propio partido, todos los demás votaron en contra. Después de producirse la votación, Indalecio Prieto (socialista) abandona el hemiciclo diciendo “esto ha sido una puñalada trapera a la República”.

En diciembre de 1931, aprovechando que los partidos de derecha han abandonado el Congreso de los Diputados al serle aplicado la ley de Congregaciones, los radicales e incluso Victoria Kent presentan una enmienda para limitar el voto de la mujer a sólo las elecciones municipales. Clara Campoamor, interviene nuevamente con una gran claridad en defensa del derecho universal femenino. Se produce la votación y nuevamente Clara vence con la obtención de 131 votos en contra de la enmienda y 127 a favor.

En las elecciones de noviembre de 1933, Clara Campoamor no consigue salir elegida como diputada. La CEDA vence las elecciones y toda la izquierda culpa de la derrota a Clara Campoamor. Esto significa su muerte política.

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Ante estos ataques políticos, Clara Campoamor responde en el periódico El Heraldo de Madrid el día 26 de noviembre de 1933, y achaca la victoria de las derechas en la falta de eficacia de las políticas llevadas a cabo por el gobierno de la izquierda y dice:

“… A mi pudiéronme cargarse todos los pecados políticos imaginarios de la mujer, y pasarme todas las cuentas del menudo rencor. Lo que no espero ocurra es que se eleve una voz, una sola, de ese campo de la izquierda, de quien hube de sufrirlo todo, por ser el único que ideológicamente me interesa, y al que aún aislada vivo”.

Clara Campoamor abandona el Partido Radical por no estar de acuerdo por la laxitud e indolencia ante las políticas desarrolladas por la derechista CEDA y por la fuerte represión que se da en el movimiento revolucionario de Asturias. Acude a Oviedo con la finalidad de socorrer a los hijos de los mineros muertos o encarcelados.

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En los inicios de 1935, solicita ingresar en Izquierda Republicana que estaba dirigida por Manuel Azaña. En julio de 1935, su petición de ingreso en este partido es rechazada por 183 votos en contra y 68 a favor. Clara es sometida a la humillación de abrirle un expediente y votar en público su admisión a dicho partido. Algunas afiliadas de Izquierda Republicana se mofan de su no admisión, como una forma de venganza.

Cuando estalla la Guerra Civil, Clara Campoamor se exilia, porque se siente amenazada y se traslada a Alicante donde embarca camino de Génova para trasladarse posteriormente a Lausana en Suiza. Publica en París, en el año 1937, “la revolución española vista por una republicana”. Este libro da una visión de su experiencia republicana y se muestra muy crítica con el comportamiento de amplios sectores del republicanismo que hablaban en nombre de la libertad y de la emancipación del proletariado.

Posteriormente, se traslada a vivir a Buenos Aires, donde vivirá diez años. Se dedica a traducir obras, dar conferencias y escribir libros. Ahí publicó “el voto femenino y yo; mi pecado mortal (1935-1939)”. Otras obras c1fueron “El pensamiento vivo de Concepción Arenal”, “Sor Juana Inés de la Cruz”, “Vida y obra de Quevedo” y por último “Heroísmo criollo: la marina argentina en el drama español”.

Intentó regresar a España en las navidades de 1947. No la detienen, pero se supo que estaba procesada por su pertenencia a una logia masónica y tenía abierto un expediente en el Tribunal de Represión de la Masonería. En febrero de 1948, regresa a Buenos Aires.

Regresa nuevamente a Madrid, en el año 1952, y Concha Espina escribe una carta al Tribunal de Represión de la Masonería. Éste le da dos alternativas, la cárcel por doce años o sino debe proporcionar los nombres que formaban parte de la Logia Reivindicación. Clara Campoamor se niega a dar los nombres de sus compañeros masones. Inmediatamente regresa a Buenos Aires y nunca más pisará suelo español.

En el año 1955, se traslada a Lausana y ahí vivió hasta su muerte, que se produce el treinta de abril de 1972 como consecuencia de un cáncer. Tenía entonces 84 años. Actualmente, se encuentra enterrada en el cementerio donostiarra de Polloe.

Clara Campoamor es recordada como una mujer luchadora y valiente que nunca dudó en dar todos sus clara2esfuerzos en defender las causas de justicia social en las que ella creía.

La democracia española debe muchísimo a Clara Campoamor, nada menos que el sufragio universal. Como hemos visto, luchó con tesón hasta lograr que las mujeres tuviesen los mismos derechos que los hombres, muchas veces en solitario y haciendo frente a sus propios compañeros de partido en la obtención del sufragio femenino y de la primera ley de divorcio en España.

Mujer a la que se le debe de reconocer como uno de los grandes personajes de la historia de España por sus valores morales y éticos y un referente a tener en cuenta para muchos políticos actuales.

Clara Campoamor, gracias