viernes. 19.04.2024
yihad

Operacion Apolo, Alqartaba, Parca, Leva, Kalb, Fajar o Jilorio son las denominaciones de algunas de las operaciones policiales desarrolladas en 2018 por las Fuerzas de Seguridad del Estado.

Durante ese año, las Fuerzas de Seguridad del Estado desarrollaron 23 operaciones con 29 detenidos por su vinculación al terrorismo yihadista. Provenientes de  investigaciones de años anteriores, el año pasado la Audiencia Nacional emitió 43 sentencias, 41 condenatorias y 2 absolutorias, con 73 condenados y 6 absolutorias. Según la Memoria de la Fiscalia del 2018 publicada hace unas semanas, si la actividad terrorista supone el 37,50% de la actuación de la Audiencia Nacional, el terrorismo yihadista supuso el 56,67% de esa actividad. En este año 2019, las operaciones se han sucedido con una intensidad considerable con 25 operaciones y 49 detenidos.

Si se realiza una retrospectiva, desde el año 2004, más del 35% de los detenidos lo ha sido el último quinquenio, 298 sujetos sobre un total de 826 detenidos. En los últimos diez años mas del 75% de los detenidos lo ha sido en estos ultimos cinco años, 298 sobre 391 siendo Cataluña, Madrid y las ciudades de Ceuta y Melilla donde se ha tenido a un mayor numero de individuos. Hay dos razones por la que se ha producido este aumento en el número de detenidos, la virulencia de la movilización yihadista y el cambio en el catalogo de ilicitos penales contemplados en la reforma del 2015 del código penal.

A lo largo de estos años, al menos 248 sujetos habrían viajado desde España a zonas de Conflicto como Combatientes Terroristas Extranjeros, de los cuales el 19% estarían ya retornados a España o terceros países, el 27% habría ya fallecido y el 54% seguiría en zona de conflictos. La Audiencia Nacional tiene emitidas 70 órdenes de detención de combatientes que viajaron a zonas de conflicto. De esas 70 ordenes, 13 corresponden as mujeres, de las cuales cuatro están localizadas y tendrían 17 hijos a su cargo. En las cárceles españolas, 48 internos  se habrían acogido de forma voluntaria a los programas de des radicalización en las que actualmente 265 reclusos sometidos a seguimiento y control en 53 centros penitenciarios. De hecho, en febrero  un funcionario de prisiones fue detenido por su presunta vinculación con una red yihadista establecida en diversos centros penitenciarios. Además del funcionario fueron detenidos 5 internos y dos sujetos que realizaban de enlace con el funcionario. Según parece los internos ofrecían dinero al funcionario a cambio de que este les facilitase el acceso a propaganda yihadista.

Las actividades realizadas por los detenidos eran las de autoradicalización, captación, reclutamiento, apoyo logístico, actos de enaltecimientos, amenazas  y envío de activistas a zonas de conflicto. Los potenciales objetivos a atacar coincidían con los señalamientos reiteradamente realizados por Estado Islámico: medios de transporte, principalmente trenes e infraestructuras ferroviarias,  espacios y edificios simbólicos y los lugares con  grandes concentración de personas.

Tal y como vienen indicando las diversas ediciones de la Memoria Anual de la Fiscalia General del Estado, la naturaleza de estas  investigaciones es “compleja y de enorme dificultad técnico” donde la actuación del Estado de derecho se enfrenta a un escenario laberíntico.  Los actuantes utilizan principalmente medios telemáticos para la ejecución de sus actividades  a lo que se le ha de sumar la necesidad de profundizar en la obtención de indicios a través de “testigos protegidos, confidentes, coimputados o agentes encubiertos virtuales, o la frecuente utilización de mecanismos de cooperación internacional”.

La reforma del Código Penal aprobada por Ley Orgánica 2/2015 de 30 de marzo  incorporo nuevos instrumentos penales a fin de hacer frente a la mutación de la amenaza del terrorismo. No obstante, según publicaba recientemente un diario digital, la Audiencia Nacional estaría siendo más escrupulosa ante la aplicación y vinculación de los sujetos con determinados ilícitos penales. Este hecho, redundara en un mayor número de absoluciones en 2019. Ahora bien, pese a que en términos judiciales bien pudiera considerarse un fracaso por parte del juez de instrucción encargado, lo cierto es que la actual doctrina es la de la detención en alerta temprana. Es decir, ante el menor indicio de radicalización y actividades propias del catálogo ilícitos penal las FSE optan por la actuación. Cualquier cambio en este sentido supone un riesgo. Sin embargo, de continuar por esta vía, todo parece indicar que habrá de ahondar en una mayor carga probatoria. El estado de derecho  ha de ser escrupuloso en sus garantías  procesales  en cuanto a carga probatoria, no vaya a convertirse  en la primera victima de la lucha contra el terrorismo pues el porcentaje de sentencias condenatorias podría descender para el año 2019.


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