jueves. 25.04.2024
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado no abrir causa penal al presidente del PP, Pablo Casado, al no apreciar indicios de delito de prevaricación administrativa y cohecho impropio por el máster cursado en la Universidad Rey Juan Carlos.

La Sala asume el criterio del fiscal, rechaza la exposición razonada de la jueza instructora Carmen Rodríguez-Medel el pasado 8 de agosto y concluye que “no concurre el concierto de voluntades previo o simultáneo que requiere el delito de prevaricación administrativa”.

En el auto, conocido este viernes, 28 de septiembre de 2018, el Supremo afirma que el hecho de que el aforado se matriculara en el máster, aportara la documentación necesaria, entre ella su expediente académico y pagara la matrícula, “son actos neutrales que fueron ejecutados de la misma forma por todos los alumnos y que, en sí mismos, carecen de sentido delictivo”.

El Supremo tampoco ve ilícito el reconocimiento de 40 créditos y sobre la no asistencia a clase, asuntos ambos que en todo caso serían imputables a los responsables del máster.

La Sala concluye que no hubo trato de favor y que “no se justifica la apertura de una causa penal”.

El TS rechaza abrir causa penal a Pablo Casado por el 'caso máster'