jueves. 28.03.2024

Así ha respondido el organismo arbitral a una consulta formulada por el PSOE después de que se conociera que la Junta Electoral de Madrid había declarado a la Puerta del Sol, a instancias del Ayuntamiento de la capital, como una de las plazas públicas reservadas para actos de campaña para las elecciones del 20 de noviembre.

El movimiento 15-M, que se originó precisamente en esa plaza el pasado mes de mayo, entendió esa decisión de la Junta de Madrid como una prohibición y ya había anunciado la celebración de manifestaciones en la Puerta del Sol durante la campaña.

En una resolución recogida por Europa Press, ahora la JEC ha aclarado que en esos lugares públicos reservados para la celebración de actos públicos de campaña electoral pueden convocarse reuniones o manifestaciones "en días y horas distintos de los que han sido asignados a las formaciones políticas concurrentes a las elecciones", siempre y cuando dichas convocatorias cumplan la legalidad vigente.

Lo que ya determinó la Junta Electoral Central en mayo, con motivo de las acampadas de la Puerta del Sol en la campaña de las elecciones autonómicas y municipales, es que no cabe celebrar manifestaciones ni en la jornada de reflexión ni el día de la votación.

La Puerta del Sol podrá acoger manifestaciones cuando no haya actos de partido