jueves. 18.04.2024
CONGRESO

Los diputados de la XIII Legislatura deberán formular, además de las declaraciones de bienes y actividades, la de intereses económicos

Los nuevos diputados del Congreso que salgan elegidos en las elecciones generales del próximo 28 de abril deberán someterse a un código de conducta que incluye nuevas obligaciones de carácter vinculante con el objetivo de evitar conflictos de intereses.

Además de las declaraciones de actividades y bienes, los diputados tendrán que declarar las que hayan desempeñado en el  pasado y que les hayan proporcionado ingresos económicos; "la obtención para sí, antes de iniciar su actividad como diputado, de donaciones u obsequios y beneficios no remunerados de cualquier naturaleza que sea relevante por su valor u otra causa; o cualquier otro detalle que el parlamentario considere importante a efectos de conflicto de interés".

El nuevo código de conducta fue aprobado por la Mesa de la Cámara en su reunión del día de 28 de febrero de 2019 y desarrolla el Reglamento del Congreso en línea con lo que establece la Ley de Transparencia de 2013.

Bajo estas premisas se creará un registro de intereses de carácter público y una oficina de conflicto de intereses que resolverá las dudas, comprobará la veracidad del contenido de las declaraciones incluidas en el Registro e informará del cumplimiento del Código, además de elaborar un informe anual.

En el código de conducta se especifica también que "los diputados se abstendrán de recibir regalos que puedan ser percibidos como un intento de influir en su conducta como parlamentario". Los obsequios recibidos en los viajes oficiales deberán ser entregados a la secretaría general de la Cámara cuando sean ofrecidos por la representación que se ostenta y no a título personal y superen cierto valor. Dichos regalos serán inventariados y publicados en el Portal de Transparencia del Congreso de los Diputados.

Además, se establece que cada diputado deberá hacer pública su agenda institucional en el Portal de Transparencia del Congreso, incluyendo en todo caso las reuniones mantenidas con los representantes de cualquier entidad que tenga la condición de grupo de interés.

A estos efectos, y en tanto no se produzca la reforma del reglamento del Congreso de los Diputados relativa a la regulación de los grupos de interés, tendrán la consideración de grupo de interés, lobby o lobista, "aquellas personas físicas o jurídicas o entidades sin personalidad jurídica que se comuniquen de forma directa o indirecta con titulares de cargos públicos o electos o personal a su cargo en favor de intereses privados, públicos, particulares o colectivos, intentando modificar o influir sobre cuestiones relacionadas con la elaboración, el desarrollo o la modificación de iniciativas legislativas".

Los nuevos diputados del Congreso se someterán a un código de conducta