sábado. 20.04.2024

La Fiscalía del Tribunal Constitucional (TC) defiende que el escaño asturiano en debate tras las elecciones autonómicas del 25 de marzo quede asignado al PSOE y no a Foro y que se declare nula la sentencia del Tribunal Superior de Justicia asturiano que ordenaba repetir las elecciones para los residentes ausentes de la circunscripción occidental en la que se originó el problema.

El ministerio público defiende en su escrito que el Constitucional declare vulnerado el derecho de los recurrentes a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos

 

Así se manifiesta la Fiscalía en el escrito que ha presentado ante el TC, que tiene que resolver antes del 15 de mayo tres recursos: uno del PSOE, otro de IU y uno más del diputado cuyo escaño quedó en el aire. El parlamento autonómico está constituido, pero con un escaño menos, 44, a la espera de que se resuelva el litigio.

El ministerio público defiende en su escrito que el Constitucional declare vulnerado el derecho de los recurrentes a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, que declare nula la sentencia del TSJ de Asturias que ordenó repetir las elecciones y que, como consecuencia de lo anterior, tenga "plena vigencia" el acuerdo de la Junta Electoral de Asturias que concedió el escaño número 17 al PSOE. Así, Foro quedaría con 12, con 10 el PP, 5 IU y 1 UPyD.

El centro del debate son 332 papeletas de emigrantes asturianos que llegaron directamente a la Junta Electoral en vez de por vía diplomática y que, una vez recibidos, se mezclaron con todos los demás llegados desde el extranjero. Foro recurrió el recuento por considerarlo irregular, pero tanto la Junta Electoral Central como la de Asturias rechazaron sus argumentos. El TSJ de Asturias, sin embargo, dictó sentencia ordenando la repetición de las elecciones para esos emigrantes de la circunscripción electoral.

En su argumentación, el Fiscal explica que la Ley Electoral determina que la invalidez de una votación "no comporta" que se anule el resultado electoral cuando éste no cambia. Añade que, por ello, el Tribunal Superior debe realizar lo que se denomina "juicio de relevancia" de los vicios o irregularidades que se denuncian y determinar si la consecuencia es "una alteración del resultado electoral".

El ministerio público censura al TSJ que "no ha constatado si los votos que ha considerado inválidos eran o no relevantes" para el resultado de los comicios asturianos, "a pesar de que ello resultaba imprescindible", y no ha cumplido con una de sus obligaciones: "Averiguar con todos los medios probatorios a su alcance la realidad de lo ocurrido en la mesa o mesas en las que se haya denunciado irregularidades".

"La Sala pudo y debió efectuar este juicio de relevancia", dice la Fiscalía, que añade que de haberlo hecho, hubiera concluido que el sexto escaño en discusión "correspondería al PSOE en lugar de a Foro de Ciudadanos". El resultado electoral no se vería alterado, añade.

La Fiscalía del TC defiende que el escaño asturiano se lo quede el PSOE