nuevatribuna.es
3 de marzo de 2010, 3:20
NUEVATRIBUNA.ES 05.02.2010
Ayer se conoció el auto dictado por el magistrado del Tribunal Supremo, Luciano Varela, contra el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, en el que le acusa de prevaricación por querer investigar los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo, abriendo así la posibilidad de que sea juzgado y condenado a la inhabilitación por un periodo de hasta 20 años.
La causa se abrió a raíz de la querella interpuesta por el ultraderechista sindicato Manos Limpias el 27 de mayo de 2009, a la que después de adhirieron las demandas presentadas por la asociación Libertad e Identidad, el 15 de junio de 2009, y la Falange Española de las JONS.
Al margen de las consideraciones que pueda despertar la naturaleza de los querellantes, herederos de la rémora franquista, hay otras cuestiones de carácter jurídico que no deberían pasarse por alto. Varela sostiene que Garzón no es competente para juzgar los crímenes de la dictadura amparándose en la Ley de Amnistía de 1977. Razonamientos jurídicos no le faltan si se basa, como es el caso, en los límites impuestos por la jurisdicción española (la “autarquía jurídica”), pero el asunto, visto desde la óptima del derecho público internacional, no solo es injusta, también roza la ilegalidad.
EN EL DERECHO INTERNACIONAL NO EXISTEN LAS 'AUTOAMNISTÍAS'
Hasta ahora no han sido pocos los organismos internacionales que han recordado al Gobierno español que las “autoanmistías” no están contempladas en el ordenamiento jurídico internacional. Así lo ha sostenido en reiteradas ocasiones el Comité de Derechos de Naciones Unidas que ha pedido a España que derogue la Ley de Amnistía, calificada por muchos como la ‘ley de punto y final’.
Dicha norma, nacida de la Transición favorece a los responsables de delitos cometidos durante la Dictadura. Sin embargo y, curiosamente, España firmó meses antes de aprobarse esta ley el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU que en su artículo 15.2 establece que “nada de los dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional”, un precepto que por sí solo invalida el mecanismo de “autoamnistía” al que ahora se acoge el juez Varela.
El Gobierno sigue haciendo mutis por el foro ante los requerimientos internacionales, pero al mismo tiempo suscribe tratados como el ratificado en agosto de 2009 en el marco de la Convención celebrada con motivo de la conmemoración del Día Internacional de los Desaparecidos (30 de agosto) a la que se le dio muy poca publicidad.
Dicha convención (que aún no ha entrado en vigor a falta de ser firmada por otros países) prohíbe las detenciones secretas y contempla el derecho a la reparación para las víctimas y sus familiares. Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 2006, su objetivo es prevenir las desapariciones forzadas, luchar contra la impunidad de estos delitos y hacer realidad el derecho de las víctimas a la justicia y a la reparación. Además, recuerda que en ciertas circunstancias, las desapariciones forzadas pueden ser consideradas crímenes contra la humanidad y, en consecuencia, estar sujetas a persecución penal internacional.
Se trata de un tratado de derechos humanos histórico que tiene mucha relevancia para España y que aporta argumentos adicionales a la interpretación de Garzón al declararse competente para investigar la desaparición de 114.000 personas entre 1936 y 1951 según argumenta EDIEC (Centro de Intercambio de Información sobre Desapariciones Forzadas) en un artículo publicado en octubre de 2008.
"EL JUEZ VARELA PLANTEA LA NEGACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL"
¿A qué se debe entonces esta persecución a Garzón? El presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, Emilio silva, lo tiene muy claro: “No van contra la prevaricación, van contra el juez”. En declaraciones a nuevatribuna.es, Silva afirma que “la autarquía jurídica no se ha roto en España donde sigue sin aplicarse el derecho internacional”. A su juicio, lo que plantea el juez Varela en su auto es precisamente “la negación” de la legalidad internacional. “Es muy grave –dice- que España quede al margen” y que “aplique a 13.000 kilómetros de distancia unos delitos que no aplica dentro”.
Con esta situación, la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Gobierno socialista, se queda en papel mojado, una normativa “blanda”, en opinión de Silva, que quedó “dinamitada” cuando Garzón asumió la responsabilidad de investigar los crímenes del Franquismo. “En ese momento tiró por los suelos la rentabilidad política” que obtuvo el PSOE, un debate que –recuerda- fue zanjado por el propio presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, al decir que “a Franco ya le ha condenado la historia”.
A la falta de voluntad política se une el hecho de que la mayoría de los miembros del Supremo juraron los principios del Movimiento declarando su fidelidad al Régimen, por lo que para Silva “deberían ser inhabilitados en asuntos como este”. De hecho, algunos de ellos han sido ya recusados por el letrado Joan Garcés, abogado de Carmen, la nieta de Juan Negrín, el que fuera presidente del gobierno de la República desde 1937 hasta 1939.
Silva no confía en que Garzón salga indemne de este proceso abierto contra él. Él mismo aventuró hace escasos meses que la Ley de Amnistía es doblemente impune: políticamente “porque durante muchísimos años el Parlamento vivió ajeno a las violaciones de los derechos humanos durante el franquismo”; y jurídicamente, “porque significó un blindaje que puede hacer que un juez de la Audiencia Nacional que trata de investigar esos hechos quizás se vea sentado en un banquillo para responder por una acusación de prevaricación que ha hecho un grupo de extrema derecha”.
Sin embargo, Silva también quiere ver el lado positivo de este asunto que puede venir dado por la reacción internacional y el apoyo a Garzón de los Premios Nobeles de la Paz ante lo que el Gobierno quizá se vea obligado a dar explicaciones.
Lo que ha supuesto la apertura de esta causa para Garzón tiene también en su opinión la derivada del “miedo”, el miedo de las víctimas por escarbar un asunto que en España está relegado al plano personal y familiar; y el temor de unos jueces (a los que Garzón ha rebotado las causas, un total de 55) por llevar adelante el proceso de exhumaciones (tan solo una jueza de Benavente, en Zamora, se ha atrevido hasta el momento a hacerlo) después de ver la “persecución” a la que está sometido el magistrado de la Audiencia Nacional.
Ayer se conoció el auto dictado por el magistrado del Tribunal Supremo, Luciano Varela, contra el juez de la Audiencia Nacional, Baltasar Garzón, en el que le acusa de prevaricación por querer investigar los crímenes de la Guerra Civil y el Franquismo, abriendo así la posibilidad de que sea juzgado y condenado a la inhabilitación por un periodo de hasta 20 años.
La causa se abrió a raíz de la querella interpuesta por el ultraderechista sindicato Manos Limpias el 27 de mayo de 2009, a la que después de adhirieron las demandas presentadas por la asociación Libertad e Identidad, el 15 de junio de 2009, y la Falange Española de las JONS.
Al margen de las consideraciones que pueda despertar la naturaleza de los querellantes, herederos de la rémora franquista, hay otras cuestiones de carácter jurídico que no deberían pasarse por alto. Varela sostiene que Garzón no es competente para juzgar los crímenes de la dictadura amparándose en la Ley de Amnistía de 1977. Razonamientos jurídicos no le faltan si se basa, como es el caso, en los límites impuestos por la jurisdicción española (la “autarquía jurídica”), pero el asunto, visto desde la óptima del derecho público internacional, no solo es injusta, también roza la ilegalidad.
EN EL DERECHO INTERNACIONAL NO EXISTEN LAS 'AUTOAMNISTÍAS'
Hasta ahora no han sido pocos los organismos internacionales que han recordado al Gobierno español que las “autoanmistías” no están contempladas en el ordenamiento jurídico internacional. Así lo ha sostenido en reiteradas ocasiones el Comité de Derechos de Naciones Unidas que ha pedido a España que derogue la Ley de Amnistía, calificada por muchos como la ‘ley de punto y final’.
Dicha norma, nacida de la Transición favorece a los responsables de delitos cometidos durante la Dictadura. Sin embargo y, curiosamente, España firmó meses antes de aprobarse esta ley el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de la ONU que en su artículo 15.2 establece que “nada de los dispuesto en este artículo se opondrá al juicio ni a la condena de una persona por actos u omisiones que, en el momento de cometerse, fueran delictivos según los principios generales del derecho reconocidos por la comunidad internacional”, un precepto que por sí solo invalida el mecanismo de “autoamnistía” al que ahora se acoge el juez Varela.
El Gobierno sigue haciendo mutis por el foro ante los requerimientos internacionales, pero al mismo tiempo suscribe tratados como el ratificado en agosto de 2009 en el marco de la Convención celebrada con motivo de la conmemoración del Día Internacional de los Desaparecidos (30 de agosto) a la que se le dio muy poca publicidad.
Dicha convención (que aún no ha entrado en vigor a falta de ser firmada por otros países) prohíbe las detenciones secretas y contempla el derecho a la reparación para las víctimas y sus familiares. Aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de diciembre de 2006, su objetivo es prevenir las desapariciones forzadas, luchar contra la impunidad de estos delitos y hacer realidad el derecho de las víctimas a la justicia y a la reparación. Además, recuerda que en ciertas circunstancias, las desapariciones forzadas pueden ser consideradas crímenes contra la humanidad y, en consecuencia, estar sujetas a persecución penal internacional.
Se trata de un tratado de derechos humanos histórico que tiene mucha relevancia para España y que aporta argumentos adicionales a la interpretación de Garzón al declararse competente para investigar la desaparición de 114.000 personas entre 1936 y 1951 según argumenta EDIEC (Centro de Intercambio de Información sobre Desapariciones Forzadas) en un artículo publicado en octubre de 2008.
"EL JUEZ VARELA PLANTEA LA NEGACIÓN DEL DERECHO INTERNACIONAL"
¿A qué se debe entonces esta persecución a Garzón? El presidente de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, Emilio silva, lo tiene muy claro: “No van contra la prevaricación, van contra el juez”. En declaraciones a nuevatribuna.es, Silva afirma que “la autarquía jurídica no se ha roto en España donde sigue sin aplicarse el derecho internacional”. A su juicio, lo que plantea el juez Varela en su auto es precisamente “la negación” de la legalidad internacional. “Es muy grave –dice- que España quede al margen” y que “aplique a 13.000 kilómetros de distancia unos delitos que no aplica dentro”.
Con esta situación, la Ley de Memoria Histórica aprobada por el Gobierno socialista, se queda en papel mojado, una normativa “blanda”, en opinión de Silva, que quedó “dinamitada” cuando Garzón asumió la responsabilidad de investigar los crímenes del Franquismo. “En ese momento tiró por los suelos la rentabilidad política” que obtuvo el PSOE, un debate que –recuerda- fue zanjado por el propio presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, al decir que “a Franco ya le ha condenado la historia”.
A la falta de voluntad política se une el hecho de que la mayoría de los miembros del Supremo juraron los principios del Movimiento declarando su fidelidad al Régimen, por lo que para Silva “deberían ser inhabilitados en asuntos como este”. De hecho, algunos de ellos han sido ya recusados por el letrado Joan Garcés, abogado de Carmen, la nieta de Juan Negrín, el que fuera presidente del gobierno de la República desde 1937 hasta 1939.
Silva no confía en que Garzón salga indemne de este proceso abierto contra él. Él mismo aventuró hace escasos meses que la Ley de Amnistía es doblemente impune: políticamente “porque durante muchísimos años el Parlamento vivió ajeno a las violaciones de los derechos humanos durante el franquismo”; y jurídicamente, “porque significó un blindaje que puede hacer que un juez de la Audiencia Nacional que trata de investigar esos hechos quizás se vea sentado en un banquillo para responder por una acusación de prevaricación que ha hecho un grupo de extrema derecha”.
Sin embargo, Silva también quiere ver el lado positivo de este asunto que puede venir dado por la reacción internacional y el apoyo a Garzón de los Premios Nobeles de la Paz ante lo que el Gobierno quizá se vea obligado a dar explicaciones.
Lo que ha supuesto la apertura de esta causa para Garzón tiene también en su opinión la derivada del “miedo”, el miedo de las víctimas por escarbar un asunto que en España está relegado al plano personal y familiar; y el temor de unos jueces (a los que Garzón ha rebotado las causas, un total de 55) por llevar adelante el proceso de exhumaciones (tan solo una jueza de Benavente, en Zamora, se ha atrevido hasta el momento a hacerlo) después de ver la “persecución” a la que está sometido el magistrado de la Audiencia Nacional.