martes. 19.03.2024
Encuestas-Violencia_de_genero-Espana_261735754_53926922_1024x576

"Las distintas caras de la violencia de género solo pueden entenderse con perspectiva internacional porque traspasan fronteras y son una cuestión de orden público”, subrayan las juezas 

El derecho a la igualdad y a la no discriminación de las mujeres está reconocido en el derecho internacional, plasmado en diferentes Tratados y amparado por los instrumentos legales que vehiculan la defensa de los derechos humanos.

El argumento aportado por juezas españolas en respuesta al ideario político de Vox bebe de las fuentes del derecho y resulta determinante para rebatir los postulados esgrimidos por el partido de la ultraderecha.

“Los instrumentos internacionales de derechos humanos no exigen un trato idéntico para hombres y mujeres sino uno que no se traduzca en discriminatorio hacia las mujeres”, afirma una portavoz de la Asociación de Mujeres Juezas de España (AMJE).

Se trata de que los Estados garanticen no solo el derecho a la igualdad sino también la no discriminación basada en el sexo. Además, tal y como establece el Convenio de Estambul (de ámbito europeo), la violencia de género ha de tener un reconocimiento legal como ‘violencia que se ejerce contra las mujeres por el mero hecho de serlo o que les afecta de manera desproporcionada’.

“La violencia de género y la discriminación de las mujeres no tiene fronteras ni distingue edad, raza, profesión, origen social o nivel cultural y por ello su abordaje se inicia verticalmente desde el Derecho internacional de Derechos Humanos”, explica la AMJE.

Recocida como una ‘lacra histórica, endémica y polifacética’ causa más muertes que cualquier guerra conocida. Las distintas caras de la violencia de género solo pueden entenderse con perspectiva internacional porque traspasan fronteras y son una cuestión de orden público”, subrayan. 

El colectivo ofrece más datos:

-Según el Estudio mundial sobre el homicidio 2013 realizado por UNODC, casi la mitad (47%) de todas las víctimas mujeres en 2012 fueron asesinadas por sus parejas o familiares frente al 6% en el caso de los hombres.

-Según el estudio realizado por el Ministerio del Interior sobre el homicidio en España (periodo 2010-2012) la violencia de género es la causa de más de la mitad (51%) de los homicidios en los que la víctima es mujer.

-Desde el año 2003 y según datos del Observatorio de Violencia Doméstica y de Género se han contabilizado 976 mujeres asesinadas a manos de sus parejas o exparejas varones así como un total de 27 menores, utilizados por sus propios padres con el único propósito de destruir a las madres en vida, sin necesidad de utilizar un arma.

Obligación de los Estados

La AMJE recuerda que España está obligada a cumplir lo establecido en los pactos que ha ratificado como los Pactos internacionales de Derechos de 1966 y la CEDAW (1979), y el Convenio de Estambul (2011 en vigor en España desde 2014 y parte de nuestro ordenamiento según art. 96 CE) a nivel regional. Ello conlleva, recuerda el colectivo de juezas, “la adopción de medidas de positivas y compensatorias que prevengan y eliminen la discriminación”.

Expresamente en el Convenio de Estambul se prevé que: “Las Partes tomarán las medidas legislativas y otras necesarias para actuar con la diligencia debida para prevenir, investigar, castigar y conceder una indemnización por los actos de violencia incluidos en el ámbito de aplicación del presente Convenio cometidos por actores no estatales” (art. 5.2).

Exige “diligencia debida” para la realización plena del derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, un objetivo en el que se ha de trabajar desde tres ámbitos de actuación: la prevención, la protección y la reparación.

Normativa española

La ley andaluza fue pionera en el ámbito autonómico al adaptarse al Convenio de Estambul

En base a esos compromisos internacionales se aprobaron las leyes de Protección Integral contra la Violencia de Género (2004) y la Ley de Igualdad (2007).

La AMJE resalta el hecho de que Andalucía, donde PP y C’s formarán gobierno con el apoyo de la ultraderecha, fue pionera en el ámbito autonómico adaptando en julio de 2018 su ley contra la violencia de género al Convenio de Estambul ampliando el ámbito subjetivo de la norma para hacerla extensiva más allá de las relaciones de pareja.

Las juezas también recuerdan que España ya fue condenada por el Comité Cedaw en 2014 por el caso de Ángela González, precisamente por incumplir la ‘debida vigilancia’.

Las magistradas concluyen advirtiendo de que “una vuelta atrás en estos postulados no solo socavaría uno de los consensos democráticos más importantes de nuestro país, sino que nos valdría, además, la condena y reprobación internacional”.  

Juezas españolas rebaten los argumentos de Vox