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NUEVATRIBUNA.ES - 22.4.2010

En el escrito que ha presentado ante el Tribunal Supremo, la Fiscalía esgrime, precisamente, que no se puede juzgar a Garzón sólo con la acusación de la acción popular que han impulsados las dos organizaciones ultraderechistas, de las que afirma que "carecen de legitimación procesal para instar la causa" y poner de manifiesto las contradiciones del instructor Luciano Varela cita el "caso Atutxa", en el que se pronunció a favor de restringir la acción popular en el procedimiento contra el entonces presidente del Parlamento Vasco. Recuerda la Fiscalía que la propia sentencia del caso Atutxa (se le condenó por desobedecer al Supremo al no disolver el grupo parlamentario de Sozialista Abertzaleak en el Parlamento Vasco), está aún pendiente de recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, donde el fiscal alega vulneración del principio de igualdad, uno de los motivos formulados".

Se coloca por ello la Fiscalía a favor de la denominada "doctrina Botín", que impidió el procesamiento del banquero con la única acusación de la acción popular, y añade que "siendo fácilmente constatable" la ausencia de acusación particular en la causa contra Garzón"y manteniendo el Ministerio Fiscal una postura contraria a la consideración de los hechos de las querellas constitutivos del delito de prevaricación", el instructor Luciano Varela debió instar el sobreseimiento. "Opinar lo contrario sería tanto como afirmar que la acusación popular cuenta con mayores facultades procesales, como lo es sin duda instar de forma autónoma la apertura de juicio oral por el mero hecho de no personarse una acusación particular, que representa unos intereses cualitativamente distintos de los que pretende tutelar la primera, cuando además el Ministerio Fiscal, en cuanto órgano constitucionalmente encargado de velar por el interés público y social, mantiene una posición contraria a la apertura de juicio oral".

El fiscal general del Estado, Cándido Conde-Pumpido, abogó recientemente por que la ley ponga fin a las acciones populares cuando éstas se conviertan en "fiscalías paralelas" que defiendan "intereses espurios" en "querellas mediáticas" que trasladen a la Administración "problemas que, o no existen, o no tienen como cauce adecuado de resolución el sistema de Justicia penal, sino que deben ser resueltas en el foro político o en otras instancias sociales". El propio instructor de la causa contra el juez de la Audiencia Nacional, el magistrado Luciano Varela, ha reprochado a Manos Limpias y Falange que hayan utilizado sus escritos de acusación para verter "hechos ajenos" al proceso.

Es más, el Ministerio Fiscal solicitará al instructor de la causa que no decrete la apertura de juicio oral por falta de legitimación activa en la acción popular, es decir, por entender que, en este caso, es aplicable la "doctrina Botín", en la que se fijó que no se puede juzgar a nadie sólo con la acción popular. En esa doctrina, el Supremo estableció que en las causas que se tramiten como Procedimiento Abreviado –como con la relativa a la Memoria Histórica– no se podrá abrir juicio oral al acusado si sólo lo solicita la acusación popular. Estos serán los dos principales motivos que sostendrá el fiscal en su escrito, en el que pedirá al instructor que decrete el sobreseimiento de la causa.

La Fiscalía del Supremo considera además que no hay motivos para juzgar al juez Baltasar Garzón porque no incurrió en delito alguno al investigar y cesar posteriormente en su investigación sobre los crímenes durante el franquismo.

Pero volviendo al asunto de la acusación popular, el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, ha lamentado este jueves los "muchísimos problemas" que provoca, tanto en el ámbito jurídico como político, el hecho de que esta figura tenga "márgenes tan amplios" de interpretación. En declaraciones a la SER, el ministro ha señalado que si ahora se vuelve a abrir un debate sobre esta figura, el Tribunal Supremo deberá pronunciarse al respecto y ha pedido abrir una reflexión sobre esta figura ya que la pregunta es "cómo es posible que alguien pueda ejercer una acción penal si no es víctima del delito ni es el fiscal". Y ha comentado: "Llama mucho la atención".

En relación con la Ley de Amnistía, no se ha mostrado partidario de su revisión puesto que, a su juicio, debe ser interpretada en el contexto histórico en el que está situada, en 1977, cuando respondió a las necesidades de los españoles de aquella época. "Ha cumplido su cometido", ha dicho Caamaño y ha abogado por desarrollar la "mal llamada" Ley de Memoria Histórica para igualar los derechos y las prestaciones derivadas de consecuencias de guerra.

Ha señalado que asuntos como la causa contra Garzón suscitan la "perplejidad" de la opinión pública pero se ha quejado de que puedan "oscurecer" otras muchas tareas que resuelve a diario la Administración de Justicia. Tras defender la presunción de inocencia del magistrado de la Audiencia Nacional, ha defendido el respeto a las instituciones que, según sus palabras, es también fundamental. Los ritmos políticos, ha puntualizado, son "mucho más acelerados e inmediatos que los de la Justicia". Y ha concluido diciendo que "este probablemente sea otro de esos supuestos claros, por lo que hay que respetar al Tribunal Supremo y dejar que realice su trabajo y encuentren una resolución justa y fundada al Derecho".

> PDF: Escrito del fiscal sobre Garzón

Falange y Manos Limpias carecen de legitimidad en el caso Garzón