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El Papa y la televisión valenciana aparecen en un informe sobre la trama corrupta Gürtel

Un informe pericial encargado por el magistrado que instruye el "caso Gürtel" en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, revela importantes irregularidades en las adjudicaciones realizadas por la Radio Televisión Valenciana (RTVV) a empresas de la presunta trama corrupta con ocasión de los actos celebrados por la visita del Papa a Valencia el y 9 de julio de 2006 para el "V Encuentro Mundial de las Familias".
NUEVATRIBUNA.ES / AGENCIAS - 11.10.2010

La RTVV tenía asignada la cobertura audiovisual internacional de los actos asociados a la visita del Papa, y el importe total de los contratos, que ascendió a 14.713,924,75 euros se tramitó mediante 239 contratos menores, 187 contratos de personal por obra o servicio y 11 expedientes de contratación.

El informe, que ha sido elaborado por técnicos de la Unidad de Auxilio Judicial del TSJM, oncluye que se ha observado un "incumplimiento generalizado de los principios de publicidad y concurrencia" mediante la adjudicación directa de determinados servicios o suministros que, por su cuantía, deberían haberse tramitado mediante procedimientos abiertos.

Tras analizar toda la documentación remitida, los técnicos ponen de manifiesto que falta documentación administrativa que sería básica en cualquier expediente, como la constancia de la publicidad de los concursos, y que se carece de justificación de la solicitud de oferta y de acreditación de la capacidad y de la solvencia económica de alguna de las empresas.

Sobre este último punto, se cita el expediente adjudicado directamente a APOGEE Telecomunicaciones S.A., que prestó el servicio de "personal de seguridad para la vigilancia de la estructura, sonido y material de pantallas" por importe de 99.761 euros. "Existen serias dudas de que esta sociedad disponga de la preceptiva autorización del Ministerio del Interior (...) y que dentro de su objeto social se encuentre la habilitación para poder prestar" el servicio, según señala el informe.

Además, se concluye que, a pesar de conocer con la suficiente antelación los servicios que tenía que ofrecer la RTVV, "la falta de planificación ha tenido como consecuencia que prácticamente todos los expedientes se hayan tramitado mediante el procedimiento de urgencia", lo que según los técnicos se ha utilizado "para vulnerar los principios de publicidad y concurrencia y los procedimientos de contratación".

SUBCONTRATAS

Además, el informe detalla que se han incumplido los términos del contrato que fue firmado el 10 de mayo de 2006 entre Televisión Autonómica Valencia S.A. y TECONSA, que prohibía expresamente la subcontratación o cesión a terceros de los derechos y obligaciones derivados del contrato. La subrogación analizada por los técnicos alcanzó a prácticamente todo el presupuesto. Sobre los expedientes tramitados como contratos menores, el informe concluye que se emitieron un total de 231 facturas por 97 proveedores diferentes y por un total de 1.431.452,94 euros.

Un total de 18 de estos proveedores, según el informe, contrataron servicios a los que se abonó un total de 1.019.198,79 euros exclusivamente con la presentación de la factura, sin que se hubiera tramitado ningún expediente de contratación a fin de cumplir los principios de publicidad, concurrencia y objetividad.

Igualmente, los técnicos consideran vulnerados estos principios en los 11 expedientes de contratación realizados para otros servicios, uno de los cuales, para el "suministro en régimen de alquiler de pantallas de vídeo, sonido y megafonía", adjudicado a TECONSA, alcanzó los 7,4 millones de euros.

En algunos de estos expedientes "parece que realmente no ha habido concurso, que se ha utilizado como procedimiento de adjudicación el negociado sin publicidad, y se ha efectuado la adjudicación directa a un proveedor determinado, sin que se hayan justificado razones que excluyan la publicidad y, como mínimo, la concurrencia solicitando al menos tres ofertas"; mientras que en otros se considera que ha habido "fraccionamiento del objeto del contrato con la finalidad de vulnerar los procedimientos de contratación que hubieran sido aplicables".

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