viernes. 19.04.2024

Por Jesús Gago | Dejemos por el momento la discusión sobre si a los catalanes –o a otros- les asiste o no el “derecho a decidir”.

¿Alguien puede negar sin embargo que todos –catalanes incluidos- tenemos derecho a saber, a conocer?

Y no hay otro modo de conocer lo que un pueblo o cualquier otro colectivo piensa, o desea, que no sea preguntándole.

El Gobierno como máxima autoridad del Estado, y quienes en ello le secundan, se ha afanado por todos los medios en negar ese elemental “derecho a saber”, que no siendo otra cosa que el derecho a conocer, resulta ser previo para cualquier otra decisión.

Negar ese derecho no es más que la expresión elocuente de la voluntad de convertir a los ciudadanos en súbditos

Toda suerte de burdas trampas, de circunloquios, de apelaciones a textos sagrados desde la risible autoridad de una pléyade de profesionales del ¨trile” (abogados de estado), se ha puesto en juego para impedir algo elemental: que sepamos.

Probablemente porque quienes nos lo impiden, sí saben, o cuando menos tienen pánico a que los demás sepan lo que ellos presienten.

Tras haberse puesto en juego todos los innumerables recursos del Estado a fin de impedir que en Cataluña se llevase a cabo una Consulta en condiciones para obtener los más fiables resultados, la firme voluntad de la ciudanía catalana no ha podido de momento ir más allá y se ha tenido que limitar a recoger los resultados de una Macroencuesta (9N).

Mucho menos de lo que hubiera sido deseable para un correcto ejercicio del “derecho a saber”, pero no tan poco como para no acercarse algo más a la realidad: una aproximación, en definitiva, bastante más precisa de lo que la previa situación permitía. Un paso hacia el conocimiento de la verdad, por modesto que pueda parecer.

El Gobierno, y tras él un turbión de comentaristas y politólogos, no han tardado en sacar conclusiones que a diario desde el mismo 9N nos repiten hasta ensordecer: “los catalanes –y con ello los demás españoles han ganado a los independentistas (los no españoles) por goleada, nada menos que 7-3”; y eso que el árbitro estaba comprado.

Así pues, visto o presentado de ese modo el resultado, ¡qué lástima! no haber permitido celebrar el partido con “todas las de la ley” (como parece que hicieron en Escocia) y así, de una tacada se hubiera resuelto por fin esa tediosa cuestión territorial.

¿O es que alguien duda de que si existiese realmente certeza de un semejante resultado el Gobierno –y quienes en esto le secundan- vacilaría ni un instante en convocar y ganar (por Referendum) una cuestión tan espinosa?¿No empeñaría para ello cualquiera de los múltiples medios que el Estado tiene a su alcance?

El problema de quien trata de engañar suele ser que no llega a convencerse él mismo de su propia mentira. A veces basta un “ojo fugitivo” para que el presunto engañado advierta que “hay gato encerrado”.

La impúdica utilización pro domo sua de la dócil y dúctil mayoría silenciosa resulta en este caso demasiado evidente.

¿Desde cuándo en los resultados de una votación a los que no participan, o no saben, o no contestan, se los atribuya sin más una de las opciones en liza?

Con tal procedimiento de contabilización, el PP o el PSOE, hoy, a la vista de los resultados de la última encuesta del CIS, apenas contarían cada uno con poco más del 10% del electorado (menos de un tercio de lo que obtendrían los soberanistas en Cataluña, bajo semejantes premisas).

Aunque bien pudiera ser que tal práctica no sea sino el anticipo de una próxima reforma electoral mediante la cual los que se abstienen se adjudicarían automáticamente (con los votos nulos y los votos en blanco) como votos válidos para el partido mayoritario.

Basta pues de burdas trampas para confundir al personal o para entregarse a la onanista distracción de quienes se hacen trampas en el solitario.

Lo que en adelante haremos no tiene otro propósito que el aprovechar los resultados que arroja el oficialmente denominado proceso de participación (o si se prefiere la asimismo denominada pseudoconsulta) del 9N, para efectuar un modesto ejercicio de prospectiva.

Así pues, para hacer esta estimación partiremos de los resultados de lo que en adelante llamaremos aquí Macroencuesta.

Además, se tendrán en cuenta, para su oportuno contraste, los resultados de las últimas 7 consultas electorales (incluida la Macroencuesta) celebradas en Cataluña desde el 2006 -es decir con posterioridad al Estatuto- pero sin incluir el referéndum relativo al mismo.

En la estimación/predicción realizada, se da por hecho que a diferencia de lo que se desprende del periodo más reciente (auge del soberanismo) el resultado alcanzado en la Macroencuesta por el bloque soberanista simplemente se “conservaría” en un hipotético Referéndum (propiamente dicho) a celebrar en breve plazo. O sea, no habría retroceso de voto “soberanista” y la posible variación al alza –en todo caso muy moderada- se debería exclusivamente y de modo muy limitado al posible aumento de la participación (o disminución de la abstención).

La estimación se efectúa sobre hipótesis de máxima prudencia respecto al crecimiento de la onda soberanista (haciendo pues caso omiso de lo que señalaría la tendencia verificada sobre todo en los últimos 3 años). Es decir, la estimación responde a criterios de mínimos respecto a resultados del bloque soberanista y en cambio a hipótesis de máximos respecto a los del bloque “unionista” (o “españolista)”.

Bajo esos supuestos, y dicho en otras palabras, la conclusión que se extrae del ejercicio realizado aquí es que en caso de celebración de un próximo Referéndum (con todas las garantías), resulta escasamente verosímil (o muy improbable) cualquier escenario que no sea el del triunfo por mayoría (aunque muy ajustada) de las aspiraciones de independencia.

Las principales hipótesis adoptadas para la presente estimación (predictiva) han sido las siguientes:

1. CENSO ELECTORAL. Como se sabe en la consulta del 9N (Macroencuesta) el Gobierno de Rajoy, a través del TC, había prohibido entre otras cosas la elaboración previa de un Censo de electores, ello sin necesidad de pronunciamiento razonado alguno por parte del TC y sin dar ocasión a la otra parte a ser escuchada sino por el simple automatismo de la admisión a trámite de lo planteado por una de las partes.

En la estimación que efectuamos aquí se adopta pues como hipótesis que el número total de eventuales electores en un próximo Referéndum será el que resulte de sumar al Censo de las recientes elecciones al parlamento europeo, la cifra de electores jóvenes de 16 y 17 años (132.366 potenciales electores, según datos del INE).

2. PARTICIPACIÓN / ABSTENCIÓN. De modo extremadamente pueril, si no fuese por la torpe manipulación a la que responde, no se ha dejado de repetir desde la misma noche del 9N -como ya hemos indicado antes- que la mejor prueba del fracaso de los convocantes está en que solo ha participado un tercio del cuerpo. Nadie se ha tomado la molestia en comparar, por ejemplo, la cifra de votos realmente emitidos (2.305.290) -con exclusiva participación de los soberanistas-, con la de los depositados por el conjunto del electorado en las recientes elecciones al Parlamento europeo (2.532.629 votos emitidos, incluidos los nulos y los votos en blanco).

En la estimación predictiva que hemos realizado se suponen distintos escenarios de participación en un futuro Referéndum (propiamente dicho) o alternativamente en unas elecciones plebiscitarias.

Dado el indiscutible interés de los comicios, la participación podría llegar al porcentaje del referéndum escocés (85%), jamás alcanzado en nuestro país. Se tantean hipótesis intermedias entre esta máxima y, como mínima, la correspondiente (en Cataluña) a las elecciones generales.

3. COMPORTAMIENTO DE LOS ELECTORES. La estimación pretende “predecir” resultados con tres niveles de desagregación. En primer lugar en lo referente a la triple respuesta a lo que es objeto de consulta (SI/SI;SI/NO;NO). En segundo lugar en lo referente a la subdivisión entre las diferentes formaciones políticas (por referencia a las que han participado en anteriores elecciones, particularmente en las europeas).

Supondremos que el primer bloque mantiene y reitera la misma opinión que la ya expresada el 9N y que por tanto la única variación que experimentaría en cuanto al total de votos es la resultante exclusivamente de las eventuales variaciones (aumento) en el porcentaje de participación (sobre el censo ampliado).

En consecuencia, supondremos que el otro bloque -el “unionista”- recoge a su favor la mayor parte de la abstención (efectiva, no teórica) registrada el 9N, en los diferentes supuestos de participación en los futuros comicios (bajo supuestos todos ellos de elevada participación incluso por encima de los máximos históricamente alcanzados).

4. REPARTO DEL “VOTO” ENTRE PARTIDOS. El reparto del total de “votos” entre partidos se establece sobre una doble hipótesis. En primer lugar se distinguen los dos bloques mencionados, adjudicándoles los respectivos totales conforme a la hipótesis descrita en el anterior apartado. En segundo lugar, para cada uno de los bloques el reparto interno se efectúa manteniendo las mismas proporciones que las resultantes en los últimos comicios al parlamento europeo en Cataluña (2014).

5. REPARTO DE OPCIONES DENTRO DE CADA PARTIDO. Las hipótesis del reparto de las diferentes opciones entre las tres opciones es obviamente más convencional o subjetiva) y se distribuye con arreglo a los siguientes criterios:

En cuanto al bloque alternativo (“unionista”), se supone que los resultados se distribuyen exclusivamente entre dos opciones también (en este caso entre SI/NO y NO) y se distribuye en la estimación con arreglo a los siguientes criterios:

6- ESCENARIOS. La simulación de resultados en los cinco escenarios contemplados (según las diferentes hipótesis de participación) se presenta de forma que en todos ellos los porcentajes correspondientes independentistas y no independentistas se igualan (50%-50%), haciendo variar en cambio las proporciones de votos que se atribuyen a quienes no han participado el 9N y si lo harían en cambio en una futura Consulta (“bloque unionista”).

En el cuadro adjunto se recogen sintéticamente los resultados de esos cinco escenarios.

CUOTAS DE ABSORCION DE INCREMENTO DE PARTICIPACIÓN EN HIPÓTESIS DE EQUILIBRIO 50-50

ESCENARIO 1

ESCENARIO 5


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