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NUEVATRIBUNA.ES / AGENCIAS - 18.5.2010

El Tribunal Supremo justifica su decisión de que se siga investigando la parte del "caso Gürtel" que afecta al presidente de la Generalitat valenciana, Francisco Camps, diciendo que para que haya delito de cohecho pasivo impropio basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración al cargo. Así lo indica la Sala de lo Penal del TS en la sentencia, cuyo fallo se conoció el pasado día 12, en la que ordena al Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV) que siga investigando a Camps y a otros altos cargos de la Administración y el PP valenciano por recibir regalos de la "trama Gürtel".

El TS devuelve las actuaciones al magistrado instructor, José Flors, para que continúe su tramitación contra Camps; el ex secretario general del PP valenciano, Ricardo Costa; el ex vicepresidente del gobierno valenciano Víctor Campos; y el ex jefe de gabinete de la consellería de Turismo Rafael Betoret. Todos ellos aceptaron supuestamente prendas de vestir abonadas por Orange Market, una de las empresas de la trama dirigida por Francisco Correa.

Pero, además, el Supremo pone en tela de juicio la talla jurídica del presidente del Tribunal de Justicia de Valencia, Juan Luis de la Rúa y del magistrado José Ceres que archivaron la rama valenciana del caso Gürtel, al entender que el Presidente Camps y otros tres ex altos cargos de la Generalitat no cometieron delito de cohecho impropio. Los magistrados señalan que la interpretación que se hizo en Valencia del delito supone "vaciarlo de contenido y separarse de la doctrina de este tribunal casacional". Es más, añaden, "esta interpretación haría desaparecer el cohecho impropio, saltando desde el cohecho propio a la atipicidad de la conducta". El Supremo recuerda que este delito persigue preservar la imparcialidad, la neutralidad, y la sujeción a la ley de la función pública. Cuestión distinta, subraya, es la de distinguir si el regalo de unos trajes es proporcional y adecuado a los usos sociales. La respuesta es que no, porque "hay que corregir desproporciones evidentes".

La Sala de lo Civil y Penal del TSJCV sobreseyó el caso con el voto particular de uno de los magistrados, Juan Montero, que entendía que este archivo sólo debía acordarse con respecto a Ricardo Costa. Los magistrados a favor del archivo sostuvieron por su parte que no había una relación "de causalidad" entre dádivas y la adjudicación de contratos a Orange Market, sociedad dirigida por Álvaro Pérez, 'El Bigotes', e investigada en el marco de la 'operación Gürtel'. Por ello, resolvieron favorablemente los recursos de apelación planteados por los cuatro dirigentes del PPCV contra el auto del magistrado instructor de la causa, José Flors, quien sí había entendido que había indicios de cohecho pasivo en su actuación por haber aceptado supuestamente regalos de Orange Market.

La sala de lo penal no descarta, en principio, que se pueda decretar el sobreseimiento de la causa respecto de Ricardo Costa. El Supremo reconoce que no ocupaba ningún cargo dentro de la Generalitat pero recuerda que ha sido secretario general de los populares valencianos. En cualquier caso, el sobreseimiento sería provisional y la última decisión la tendrá el juez instructor al que se devuelven las actuaciones, el magistrado José Flors, que siempre consideró que Costa había cometido un delito de cohecho impropio.

JUZGADO POR UN JURADO POPULAR

Por otro lado, el Supremo confirma que sea un jurado popular el encargado de juzgar a Camps y al resto de imputados en esta pieza del "caso Gürtel" cuyo veredicto se emitiría "bien en el seno del propio TSJ dada la condición de aforados de algunos de los implicados, bien en el ámbito de una Audiencia Provincial de desaparecer aquella condición, pero en cualquier caso la eventual resolución que recayere estaría sometida al régimen de recursos que admite el acceso a la casación como última instancia".

> PDF: Sentencia del Tribunal Supremo del 12 de mayo

Camps puede haber cometido un delito de cohecho sólo por aceptar los trajes