jueves. 28.03.2024
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El juez señala que la actividad de la banda estaba dirigida contra colectivos que fueron perseguidos por "razones políticas e ideológicas" y que se buscó su "eliminación o expulsión del territorio mediante la coacción y el terror"

El juez de la Audiencia Nacional Juan Pablo González investigará a todos los jefes de la organización terrorista ETA desde octubre de 2004 hasta la actualidad por delitos de lesa humanidad en concurso con asesinatos y detenciones ilegales, al considerar que su actividad constituyó "un ataque generalizado o sistemático contra la población civil o parte de ella".

En un auto dictado este viernes, el magistrado admite parcialmente las querellas interpuestas por Dignidad y Justicia (DyJ), la Fundación Luis Portero y otras víctimas y pide a los Servicios de Información de la Policía Nacional y de la Guardia Civil que informen "a la mayor brevedad posible" de las causas abiertas relacionadas con asesinatos o secuestros cometidos por la banda desde el 1 de octubre de 2004, fecha en la que el delito de lesa humanidad fue incorporado al Código Penal.

El juez, que también solicita que los "integrantes de los órganos directivos de ETA" desde esa fecha sean identificados, señala que la actividad de la banda estaba dirigida contra colectivos que fueron perseguidos por "razones políticas e ideológicas" y que se buscó su "eliminación o expulsión del territorio mediante la coacción y el terror". El delito de lesa humanidad está castigado con penas de entre 20 y 30 años de cárcel.

"COMPARTEN IDENTIDAD NACIONAL"

"En el País Vasco, víctimas y victimarios comparten la misma identidad nacional y tan españoles son unos como otros"

De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 descarta que los hechos investigados puedan ser tipificados como un delito de genocidio porque los diferentes colectivos de víctimas de ETA "no pueden ser considerados grupo nacional o de parte de un grupo nacional" ni tampoco como un grupo "étnico, racial o religioso". "En el País Vasco, víctimas y victimarios comparten la misma identidad nacional y tan españoles son unos como otros", afirma.

"En el caso que nos ocupa no es posible identificar el grupo formado por las víctimas de los hechos como grupo nacional, pues sus integrantes comparten la nacionalidad con el grupo de los autores, lo que impide que se tome como elemento identificativo y distintivo", señala el auto.

Sin embargo, sí concurren los preceptos para que los hechos investigados puedan ser considerados un delito de lesa humanidad ya que los crímenes de la organización terrorista tienen "desde sus orígenes" una "finalidad política" y se han dirigido contra "los discrepantes que aparecen ante sus ojos como un obstáculo para la consecución de sus objetivos políticos de independencia, anexión de Navarra y socialismo".

LA SALA REABRIÓ EL CASO 

La imputación de los dirigentes de ETA por genocidio y lesa humanidad fue planteada en una querella presentada en agosto de 2013 por parte de un familiar de una víctima de los 326 asesinatos cometidos por la banda terrorista que se declararon prescritos, que se retiró de la causa.

En febrero de 2014 la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal obligó al juez Javier Gómez Bermúdez a instruir la querella, que inicialmente fue interpuesta contra los dirigentes de ETA Juan Lorenzo Lasa Mitxelena, 'Txikierdi'; Eugenio Echebeste, 'Antxon'; José Luis Ansola Larrañaga, 'Peio el Viejo'; Francisco Múgica Garmendia, 'Pakito'; y José Antonio Urrutikoetxea, 'Josu Ternera'.

Entonces el juez Javier Gómez Bermúdez pidió al Cuerpo Nacional de Policía, a la Ertzaintza y a la Guardia Civil que le remitiera informes sobre los fines perseguidos por ETA desde su constitución hasta la actualidad y sobre los integrantes de las diferentes cúpulas.

La Audiencia Nacional investigará a todos los jefes de ETA desde 2004