viernes. 19.04.2024
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El importe de la beca exento alcanza a los costes de matrícula y de seguro médico y de accidentes

El curso escolar acaba de arrancar y con él, los gastos derivados del regreso a las aulas. La temida cuesta de septiembre ya está aquí y son muchos los alumnos tienen que echar mano de las becas para poder estudiar, sobre todo los universitarios, los cuales han visto cómo sus gastos se han disparado en los últimos años por la subida de las tasas de la Universidad.

Por eso, llegados a este punto, conviene conocer qué regulación fiscal tienen las becas de estudios para no llevarnos un susto a posteriori, sabiendo que hay becas que están exentas de tributación, como las concedidas por los organismos públicos o por entidades sin ánimo de lucro. Pero en este punto debemos distinguir entre dos tipos de ayudas, las que son para el estudio y las que se destinan a la investigación.

Para que una beca de estudio no tribute tiene que destinarse a cursar estudios reglados, tanto en España como en el extranjero, la convocatoria debe ser pública (normalmente, a través del Boletín Oficial del Estado o de la comunidad autónoma) y la adjudicación debe realizarse por un proceso conforme a los principios de mérito y capacidad, generalidad y no discriminación en las condiciones de acceso.

El importe de la beca exento alcanza a los costes de matrícula y de seguro médico y de accidentes, así como una dotación económica máxima de 3.000 euros anuales, que se elevará hasta un máximo de 15.000 euros -18.000 en el extranjero- cuando tenga por objeto compensar gastos de transporte y alojamiento, hasta el segundo ciclo universitario incluido. Cantidades que, para la realización de estudios del tercer ciclo, serán de 18.000 o 21.600 en el extranjero.

Por su parte, las ayudas a la investigación estarán exentas de pago a Hacienda siempre y cuando se hayan reconocido en el registro general de ayudas a la investigación, e incluirán las ayudas complementarias que tengan por objeto compensar los gastos de locomoción, manutención y estancia derivados de la asistencia a foros y reuniones científicas, así como la realización de estancias temporales en universidades y centros de investigación distintos a los de su adscripción para completar, en ambos casos, la formación investigadora del becario.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Tengo que tributar por recibir una beca de estudios?