jueves. 28.03.2024
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Cuando una pareja contrae matrimonio, ha de tener en cuenta una serie de cuestiones ajenas a la propia celebración. Una de esas cuestiones son las capitulaciones matrimoniales, el contrato por el cual los contrayentes establecen cuáles serán las normas que regirán durante toda la vida del matrimonio.

¿Quién, cuándo y cómo se puede otorgar capitulaciones matrimoniales?

Todas las personas capacitadas para contraer matrimonio podrán alcanzar este acuerdo si se dan las circunstancias. Esto es, cualquiera excepto las personas con discapacidad, los menores de 16 años o los menores de 18 sin emancipar. En estos casos, se necesitará el consentimiento de los padres o del tutor.

Respecto al momento ideal para hacerlo, Jesús Odériz, abogado de familia de Odériz Echevarría Abogados, recomienda “hacerlo siempre antes de la celebración del enlace”. Para ello, bastará con acudir al notario para hacer constar el acuerdo en escritura pública. Estaremos hablando, en este caso, de capitulaciones prematrimoniales.

A la hora de tomar la decisión, se elegirá entre tres opciones: el régimen de gananciales, de separación de bienes o de participación. Repasamos sus particularidades, así como las ventajas e inconvenientes de cada uno, a continuación.

¿En qué se diferencian los tres tipos de capitulaciones matrimoniales?

En la mayoría de comunidades autónomas, si no se especifica lo contrario, el régimen económico matrimonial que se aplicará por defecto es el de gananciales. Muchos optan por no realizar ningún cambio, pero es conveniente conocer las características de todos ellos para poder escoger con criterio. Estas son:

  • Gananciales: tanto las ganancias como las deudas que se formen durante el matrimonio pertenecerán, a partes iguales, a ambos cónyuges.
  • Separación de bienes: cada miembro del matrimonio conserva la propiedad sobre sus bienes, ya sean estos anteriores o posteriores al enlace.
  • Régimen de participación: mientras dure el matrimonio, este funcionará con el régimen de separación de bienes. Pero, si este se disuelve, cada cónyuge tendrá derecho a participar en las ganancias individuales del otro en función de las diferencias que existan entre ambos patrimonios.

El régimen de separación de bienes, ¿me conviene o no?

Con el tiempo, el régimen de gananciales ha ido perdiendo parte de su popularidad y son cada vez más los que optan por el de separación de bienes. En este sentido, y tras 20 años de ejercicio, Jesús Odériz recomienda encarecidamente optar por este último tipo de régimen económico, porque “en caso de producirse una ruptura, los cónyuges tendrán muy claro cuáles son sus bienes y sus derechos”.

En opinión de Odériz, si se ha optado por el régimen de gananciales, en el momento del divorcio o separación siempre surgirán problemas. Concretamente, destaca los que tienen que ver con “la adjudicación del derecho al uso de la vivienda familiar, un punto siempre conflictivo a la hora de la liquidación del régimen matrimonial”.

Analizando el resto de sus ventajas, entenderemos un poco mejor por qué se está imponiendo la separación de bienes en muchos matrimonios:

  • Cada cónyuge no necesitará el consentimiento del otro para disponer libremente de su patrimonio, con la única excepción de la vivienda familiar.
  • No se tendrá que responder por las deudas que haya contraído el otro cónyuge de forma individual.
  • Los procesos de reparto (en caso de divorcio o herencia, por ejemplo) se agilizarán considerablemente.
  • No es un impedimento para que los contrayentes, si así lo desean, adquieren bienes en común.

Podemos concluir, por tanto, que el régimen de separación de bienes se presenta como una alternativa con muchas ventajas. Sin embargo, no debemos olvidar sus dos principales inconvenientes:

  • Se trata del régimen económico menos solidario, ya que no tiene en cuenta las diferencias en las rentas de ambos cónyuges, ni si uno de ellos se ha encargado por completo de las tareas del hogar.
  • No da derecho a los cónyuges a conocer los movimientos económicos que realiza la otra parte.

Quizá estas sean las razones que más pesan a la hora de tomar una decisión, pues en España a día de hoy siguen existiendo muchos más matrimonios en gananciales, a pesar de todas las ventajas que hemos comentado respecto de la separación de bienes.

¿Separación de bienes en el matrimonio?