viernes. 29.03.2024

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha dado la razón a la Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO en una demanda que el sindicato interpuso contra RENFE Operadora y ha declarado ilegal la rebaja salarial del 5 por ciento aplicada al personal no sujeto al convenio de la empresa, según informa el sindicato.

En una sentencia hecha pública el pasado día 14, la Audiencia Nacional condena a RENFE Operadora a reintegrar a los trabajadores los descuentos practicados y a que reponga a estos trabajadores en la situación que tenían hasta el 31 de mayo de 2010.

La demanda presentada por la FSC-CCOO contra RENFE Operadora tuvo su origen en la aplicación al colectivo de trabajadores fuera de convenio del descuento establecido en el Real Decreto-Ley 8/2010 de Reducción del Déficit Público, mediante el cual se reducía un 5 por ciento el salario y los complementos de este colectivo de empleados.

La Sala de lo Social considera como hechos probados que en RENFE Operadora “no existe personal sujeto a contrato de alta dirección, ni existe personal que esté regulado en parte por el convenio colectivo y cuya retribución se haya pactado al margen de esta norma, y sólo hay trabajadores sujetos a convenio y personal excluido del ámbito de aplicación del mismo”.

“Por ello”, asegura la sentencia del tribunal, “debemos declarar ilegal la práctica empresarial de RENFE Operadora consistente en reducir el 5 por ciento del salario o complementos salariales a estos trabajadores y condenamos a la empresa al reintegro de los descuentos practicados y a que reponga a los trabajadores en la situación que tenían hasta el 31 de mayo de 2010”.

La sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional se suma a otras resoluciones emitidas recientemente en los mismos términos y que han afectado a ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias) y AENA (Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea).

La Audiencia Nacional declara ilegal la reducción salarial al personal fuera de...