viernes. 19.04.2024

Hartos de esperar, los servicios de atención telefónica han decidido ir a la huelga. Unos 40.000 trabajadores llevan más de un año sin poder cobrar lo pactado, un incremento salarial que, afirman, la patronal retiene con el método de bloquear la renovación del convenio colectivo. Importantes empresas y servicios se verán afectados.

Comisiones Obreras y UGT han convocado un calendario de paros de 15 minutos que tendrán lugar todos los lunes y miércoles desde el 21 de marzo hasta el 13 de abril en los turnos de mañana, tarde y noche.

Según CCOO, el bloqueo del convenio colectivo ha provocado que las plantillas lleven más de un año sin cobrar la subida salarial correspondiente al IPC de 2010.

Los paros afectarán a empresas como el Banco de Santander, Iberdrola, Telefónica, Mapfre, entre otras, según informan las ramas de banca y servicios financieros COMFIA-CCOO y la federación FeS-UGT.

Por su parte, COMFIA-CCOO ha emplazado a la patronal de los contact center a “asumir su responsabilidad” y “retomar las negociaciones para desbloquear el convenio colectivo sectorial”.

EL SUPREMO, A FAVOR DEL DESCANSO

Por otro lado, el Tribunal Supremo ha vuelto a dar la razón a los trabajadores del sector al dictar una sentencia que obliga a la patronal a respetar el descanso de cinco minutos por hora de trabajo efectivo, independientemente de la configuración de la jornada, según informa UGT.

El Tribunal Supremo ha vuelto a dar la razón a FeS-UGT y al resto de sindicatos impugnantes, en materia de descansos de PVD (Pantalla de Visualización de Datos), viniendo a confirmar, lo que ya dijo el 15 abril del 2010, que cada hora de trabajo efectivo, con independencia del descanso, corresponde un descanso de pantalla de visualización (PVD).

Dice el Tribunal: “… En consecuencia si la jornada es de 6 horas el trabajador tendrá derecho a 6 pausas de cinco minutos de descanso y si la jornada es de 8 horas las pausas serán ocho al no estar condicionado el disfrute a ningún requisito como sería poder disfrutar el descanso por fin de jornada…”, detalla la rama sindical del UGT en el sector.

FeS-UGT asegura que “esta sentencia versa sobre el PVD de la última hora de trabajo, confirmando que corresponde igualmente, de tal manera que no hay ningún tipo de duda, aunque las empresas se empeñen en retrasar esta aplicación con recursos innecesarios”.

El sindicato ha criticado “la intención manifestada por la ACE, patronal del sector, de no aplicar la sentencia del Tribunal Supremo en materia de pausas de PVD, argumentando como hicieron en reiteradas ocasiones en la mesa negociadora del convenio colectivo que aplicarán o no las sentencias de los Tribunales de Justicia según determinen -ya que consideran que el criterio jurisprudencial es cambiante”.  

Según concluye el sindicato, la sentencia supone que el Supremo “ha vuelto a dar la razón a los sindicatos impugnantes, en materia de descansos de PVD (Pantalla de Visualización de Datos), viniendo a confirmar, lo que ya dijo el 15 abril del 2010, que cada hora de trabajo efectivo, con independencia del descanso, corresponde un descanso de pantalla de visualización (PVD)”.

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