viernes. 19.04.2024
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A lo largo de los últimos días los autónomos han copado buena parte de los titulares en la agenda mediática y mucho tiene que ver con ello una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), por la que se permitirá a los autónomos que trabajan desde casa deducirse en el IRPF gastos como la luz, el agua o el teléfono. Una circunstancia que hasta ahora no contemplaba la Agencia Tributaria.

En un primer momento, estos autónomos tenían derecho a deducirse los gastos derivados de ser titular de una vivienda como puede ser el IBI o la tasa de basuras, algo que continuará igual. Sin embargo, la AEAT no aceptaba otro tipo de desgravaciones porque según su criterio no se podía determinar qué parte de los suministros se utilizan para consumo propio y cuáles de estos gastos corresponden a la actividad empresarial.

En este punto, conviene aclarar que los importes deducidos ligados a la titularidad de una vivienda se calculan en función de los metros cuadrados destinados al desarrollo del trabajo. Pues bien, el TEAC asume que se puede realizar una operación parecida con los suministros. Tal y como se puede leer en la resolución, “podría servir, en su caso, un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejercite dicha actividad en el inmueble”.

Los autónomos pueden tributar en el IRPF a través de dos vías: método de estimación objetiva o directa. El primero de ellos es el conocido como sistema de módulos que permite que se paguen impuestos en función de variables objetivas, como los metros cuadrados, sin tener en cuenta la facturación y el beneficio real. Precisamente, hace pocos días el Ministerio de Hacienda comunicó que los nuevos límites que excluyen del régimen de módulos no entrarán en vigor hasta 2018, de acuerdo con la previsión legal que contemplará la Ley de Presupuestos. Llevado a la práctica quiere decir que el próximo año y el siguiente los autónomos que facturen hasta 250.000 euros anuales podrán declarar bajo el sistema de estimación objetiva del IRPF, frente a los 150.000 que contempla la norma.

En cualquier caso, la decisión del TEAC no despeja todas las dudas al respecto, ya que ¿cómo demostrará el autónomo las horas que ha trabajado?, ¿cuántos días trabaja?, ¿todos los  meses dedica el mismo tiempo al desempeño de su actividad? Al tratarse de una resolución vinculante, es decir, de obligado cumplimiento, Hacienda deberá realizar un ‘manual’ para los funcionarios para que sepan como actuar a partir de ahora pero, de momento, habrá que mantenerse a la espera.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Qué hay de nuevo para los autónomos?