viernes. 19.04.2024
LA RECAUDACION DE IMPUESTOS CAERÁ 2000 MILLONES

Lamentable proyecto de Ley de Emprendedores

Propuestas para la galería que lejos de crear empleo, sólo están pensadas para aumentar el beneficio de las empresas y disminuir todavía más los ingresos del Estado mediante bonificaciones en los impuestos.

Después de numerosas demoras el Consejo de Ministros ha dado luz verde al proyecto de Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización, que se tramitará por procedimiento de urgencia y que incluye una serie de medidas que reducirán la recaudación del Estado en 2.000 millones, como la del régimen especial de IVA que permitirá no ingresar el impuesto hasta cobrar la factura.

En concreto podrán utilizar esta medida casi 1,3 millones de autónomos y más de 1 millón de pymes siempre que no estén no sujetos al sistema de módulos y cuenten con un volumen de negocios inferior a los 2 millones de euros. Para evitar incentivos al retraso de obligaciones de pago, se retardará también la deducción del IVA soportado en adquisiciones hasta el momento en que se efectúe el pago, lo que dará lugar a un aumento considerable en el fraude fiscal.

Se repite por enésima vez que esta ley, como muchas otras anteriormente,"busca establecer facilidades para la creación de empresas"  creando la idea original de "las ventanillas únicas" a través de las que se podrían realizar los trámites para el inicio, ejercicio y cese de la actividad empresarial. Estos anuncios una y otra vez han chocado con la terca realidad y el procedimiento para la puesta en marcha de empresas sigue siendo lentísimo.

Para favorecer a los grandes inversores , llamados eufemísticamente "bussines angels" se amplía de 200.000 a 400.000 el límite de recursos propios de las empresas en las que inviertan los 'business angels' para poder optar a la deducción en el IRPF.

Se amplía la deducción a todas las empresas, cuando en la práctica este es el sistema utilizado por las grandes empresas para pagar el Impuesto de Sociedades a un tipo real inferior al 10%.

 Por otro lado, el anteproyecto contempla otros incentivos fiscales, como la deducción del 10% del Impuesto de Sociedades por reinversión de beneficios a empresas con un volumen de negocio inferior a los 10 millones. Esta medida beneficiará a unas 200.000 personas físicas y 185.000 pequeñas empresas. Asimismo, se amplía la deducción por actividades de investigación y desarrollo a todas las empresas y se eleva del 50% al 60% la deducción de las rentas obtenidas de activos intangibles y se elimina límite máximo. Es importante destacar en este apartado que se amplía la deducción a todas las empresas, cuando en la práctica este es el sistema utilizado por las grandes empresas para pagar el Impuesto de Sociedades a un tipo real inferior al 10%.

La ley introduce también una nueva deducción por la que los particulares que aporten capital semilla a una empresa de nueva creación se beneficiarán de una deducción del 20% en el IRPF con una base máxima de 20.000 euros al año. Además, quedarán eximidas fiscalmente las plusvalías generadas siempre que se reinviertan en otras empresa de nueva creación.

El conjunto de las medidas fiscales mermarán la recaudación del Estado, como mínimo en 2.000 millones incrementando el deficit público.La cifra resulta de sumar el impacto de este nuevo régimen de IVA (983 millones menos en 2014), el de los cambios en la deducción por reinversión de beneficios (624 millones menos en 2014) y el de los cambios en los incentivos fiscales a la I+D (427 millones menos en 2015).

Por otro lado y para favorecer la llegada de inversión y talento a España, el Gobierno facilitará el permiso de residencia a los extranjeros que realicen una inversión económica significativa, extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral y profesionales altamente cualificados.

Se facilitará el permiso a aquellas personas que realicen inversiones inmobiliarias por encima de los 500.000 euros y compras de deuda pública por más de 2 millones de euros

RESIDENCIA POR COMPRAR VIVIENDAS DESDE 500.000 EUROS

En concreto, se facilitará el permiso a aquellas personas que realicen inversiones inmobiliarias por encima de los 500.000 euros y compras de deuda pública por más de 2 millones de euros. Esta medida contrasta con todas las adoptadas frente a la emigración y a la situación que estamos viviendo de salida masiva de extranjeros trabajadores que se ven obligados a volver a sus países de origen debido a la falta de empleo.

La ley crea también la figura del emprendedor de responsabilidad limitada a través de la cual la responsabilidad derivada de sus deudas empresariales no afectará a su vivienda habitual siempre que su valor no supere los 300.000 euros. No obstante, la limitación de responsabilidad no se aplicará ni cuando el empresario hubiese actuado fraudulentamente o con negligencia grave en el cumplimiento de sus obligaciones con terceros.

Se abarata el coste inicial de constituir una sociedad con la creación de la figura de sociedad limitada de formación. Esta figura permitirá la creación de empresas con un capital inferior a los 3.000 euros con un régimen idéntico al de las sociedades de responsabilidad limitada. La proliferación de este tipo de empresas de muy escaso capital está suponiendo en la práctica la ausencia de capacidad financiera para poder consolidar y sacar adelante proyectos empresariales. Su alta mortandad así lo confirma. (1)

 Con el objetivo de facilitar la segunda oportunidad, se crea un mecanismo de negociación extrajudicial de deudas de empresarios similar a los existentes en otros países. Se podrán pactar quitas de hasta el 25% de los créditos y moratorias de hasta tres años.

REDUCIR CARGAS ADMINISTRATIVAS

Por otro lado, se eliminan los obstáculos al acceso de los emprendedores a la contratación pública permitiendo que los empresarios puedan darse de alta en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado. Además, se elevan los umbrales para la exigencia de la clasificación en los contratos de obras y de servicios. En particular, en los contratos de obras el umbral se eleva en 150.000 euros y en 80.000 euros para los contratos de servicios.

Asimismo, se prevé que la garantía en los contratos de obra pueda constituirse mediante retención en el precio y se acortan los plazos para la devolución de garantías, pasando de doce meses a seis meses en caso de que la empresa adjudicataria sea una pequeña y mediana empresa. Y para luchar contra la morosidad, se reduce de ocho a seis meses el plazo de demora para solicitar la resolución del contrato en caso de que la empresa adjudicataria sea una pyme.

(1) http://www.nuevatribuna.es/articulo/economia/espana-sigue-destruyendo-mas-empresas-de-las-que-se-crean/20130506102440091682.html

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