miércoles. 24.04.2024

El Consejo de Ministros ha aprobado la inclusión de la banda ancha en el servicio universal de telecomunicaciones para garantizar que todos los ciudadanos puedan acceder a Internet a la velocidad de un megabit por segundo, como establece la Ley de Economía Sostenible.

El Ministerio de Industria explicó que la modificación del reglamento del servicio universal para garantizar como servicio básico para todos los ciudadanos el acceso a Internet beneficiará a 350.000 hogares que actualmente no cuentan con cobertura de banda ancha.

En concreto, en virtud del Real Decreto aprobado este viernes, el operador designado para la prestación de este servicio garantizará a cada usuario que la media de velocidad de su conexión, en cualquier período de 24 horas, sea al menos de un megabit por segundo.

De esta forma, el usuario tendrá derecho a contratar conexiones sin capacidad de banda ancha con lo que no estará obligado a contratar servicios o facilidades que no necesite. El plazo máximo para satisfacer cada solicitud razonable de conexión a la red será de 60 días.

PODRÁN SER DESIGNADOS DISTINTOS OPERADORES

El Real Decreto establece la separación de las obligaciones de servicio universal relativas a la conexión a la red pública de comunicaciones electrónicas, por un lado, y la prestación de un servicio telefónico disponible al público, por otro, lo que abre la puerta a la designación de operadores distintos para ambos elementos.

El Real Decreto también establece que, si el operador prestador del servicio universal decide separar en empresas distintas las actividades de operador de red y la de prestación de servicios, deberá comunicar esta separación funcional al Ministerio de Industria.

 Industria explicó que un día después de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se procederá a la aprobación de los pliegos y la convocatoria de los procesos de licitación. Con ello, la designación de los operadores responsables de las obligaciones del servicio universal se producirá antes de la fecha de finalización del período actual (31 de diciembre de 2011).

NO SE ENTREGARÁN GUÍAS EN FORMATO IMPRESO

Por otra parte, el nuevo reglamento extiende además el derecho de acceso de los usuarios con discapacidad en condiciones equivalentes, que hasta ahora estaba limitado al servicio telefónico, a las guías y al servicio de consulta telefónica sobre números de abonado.

Asimismo, la normativa adecúa el número de cabinas al uso decreciente de este servicio y suprime la obligación de entrega de las guías en formato impreso salvo petición expresa.

El servicio universal de telecomunicaciones es un conjunto definido de servicios básicos cuya prestación por parte del operador designado está garantizada para todos los usuarios finales con independencia de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.

El Gobierno aprueba el servicio universal de banda ancha