viernes. 29.03.2024
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Debido a la crisis, proliferan en los periódicos numerosas noticias sobre la reclamación de deudas por parte de Hacienda a empresas y particulares, ya que suele ser habitual que en momentos de vacas flacas los contribuyentes tengan menos capacidad para afrontar sus pagos. Pero en esta crisis muchos de los contribuyentes a los que la Agencia Estatal Tributaria (AEAT) ha exigido el pago de las deudas son todo menos poco “pudientes”.

Es el caso de multimillonarios como Amancio Ortega, al que el fisco le reclamó el pago de 33 millones de euros por no haber declarado unas plusvalías de la salida a bolsa de Inditex en el Impuesto de Patrimonio, debido a una interpretación errónea de este tributo. En este caso, Ortega pagó religiosamente la cantidad, pero no siempre este rifirrafe con Hacienda acaba de una forma tan sencilla y en tan poco tiempo.

De hecho, según Defensa del Contribuyente, un litigio tributario suele demorarse una media de cuatro años en la vía administrativa hasta que termina en una resolución de los tribunales económico-administrativos. Sin embargo, si el caso salta después a la vía judicial, la espera ya pasa a ser de entre cuatro y seis años, según la complejidad del caso y la formación del juez. Por último, si el veredicto de la Audiencia Nacional no gusta a las partes, se puede recurrir al Tribunal Supremo, por lo que nos situaríamos en una década.

Obviamente, estos tiempos son el promedio, ya que si el perseguido por Hacienda es un gran contribuyente, la litigiosidad aumenta. Y es que las grandes fortunas pueden permitirse esperar debido al respaldo de su cuenta bancaria. De este modo pueden pagar los hasta 10.000 euros que cuesta el asesoramiento puntual de los mejores expertos, además de pedir ampliaciones de expedientes una y otra vez.

Por ejemplo, si el afectado es una gran compañía, le basta con provisionar la cantidad reclamada y cuanto más tiempo pase, mejor. De hecho, si al final de todo el proceso la sanción impuesta es más dura que cuando comenzó el litigio, se le aplicará la menor, por lo que el contribuyente juega sobre seguro. Además, en los diez años que puede prolongarse un juicio de este tipo, siempre puede perderse algún papel, aunque cada vez menos gracias a la implantación el expediente electrónico.

Por tanto, teniendo en cuenta esta realidad, es del todo comprensible que el 71,8% del fraude fiscal proceda de grandes empresas y patrimonios, colectivo en el que la Agencia Tributaria debería centrar sus labores de investigación y no tanto en los pequeños fraudes que cometen particulares, pymes y autónomos.

Contesta Carlos Cruzado,
Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Cuánto se pueden demorar los litigios por temas fiscales?