viernes. 26.04.2024
renta

Es bastante habitual ver en los medios de comunicación cómo personas con cuantiosos ingresos o patrimonios deciden abandonar España -aunque, a veces, sólo supuestamente- para residir en países con una tributación más laxa, a pesar de que en nuestro país los grandes patrimonios disponen de ventajas fiscales -como la utilización de SICAVs para diferir sine die el pago de sus impuestos o la bonificación, cuando no la exención plena, en el impuesto de Patrimonio, entre otras- que ponen en tela de juicio los principios de justicia tributaria contenidos en el artículo 31 de la Constitución. Si bien en algunos casos en los que la Agencia Tributaria ha podido probar que se trata de un traslado simulado, al no cumplirse los requisitos exigidos para tributar fuera de nuestro país, acaban teniendo que pagar los impuestos evitados y una sanción que puede llegar a ser de tipo penal.

Igualmente, puede suceder a la inversa, que las condiciones por las que residen en España personas extranjeras no sean suficientes para tener que contribuir con la hacienda española. Teniendo en cuenta la controversia que causa esto es momento de aclarar bajo qué premisas se considera a una persona contribuyente español. Según establece la Ley del Impuesto sobre la Renta, se entiende que un contribuyente tiene su residencia habitual en territorio español cuando se de alguna de las siguientes premisas.

En primer lugar, el ciudadano debe permanecer más de 183 días durante el año natural en España. También se considera contribuyente cuando radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades económicas, aunque su residencia habitual esté fuera. Es decir, para que una persona pase por la caja del fisco español deben darse alguna de estas dos condiciones, no necesariamente las dos juntas. Con una, vale para que haya que hacer la declaración de la renta.

Así pues, con la ley en la mano, se explica que en muchas ocasiones personas que residen aquí menos de esos 183 días tengan que tributar en España igualmente por ese segundo supuesto, pues tienen ubicada en nuestro país su principal fuente de ingresos. Por eso muchas celebridades y empresarios se ven bajo la lupa de Hacienda cuando fijan, o dicen fijar, su residencia fuera de España. De este modo, quienes trasladan su domicilio al extranjero deberían tener muy claros estos dos preceptos a la hora de hacer la declaración de la renta para evitar sorpresas desagradables cuando llega el momento de ajustar cuentas con Hacienda.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)

¿Cuándo se considera que una persona tiene que tributar en España?