viernes. 19.04.2024

El Gobierno ha incorporado dentro de la Ley Antifraude ciertos cambios en el régimen de módulos a través de los cuáles se excluirá de este sistema a aquellos empresarios autónomos que facturen menos del 50% de sus operaciones a particulares, siempre y cuando el volumen de sus rendimientos íntegros supere los 50.000 euros al año.

Sobra recordar que el régimen de módulos (EOM) impone una tributación que no atiende a la realidad económica que en cada momento viven los empresarios. Así, en los años de bonanza económica, la EOM viene a representar una tributación mínima comparada con la realidad, mientras que en los años de crisis o recesión ocurre justamente lo contrario.

En general, la EOM produce una importante merma recaudatoria en el Tesoro Público porque los ingresos tributarios de este régimen son muy inferiores a los importes deducidos por las empresas con las facturas recibidas de los empresarios en módulos.

También en demasiadas ocasiones, la EOM ha sido utilizada para generar facturas falsas para grandes empresas o para otros empresarios que tributan en estimación directa de IRPF y régimen general de IVA para “contabilizar” un gasto y una cuota que deducen en IVA, mientras que el microempresario emisor de la factura falsa no ingresará más a Hacienda.

El matiz de que la nueva medida sólo se aplique a "empresarios" supondrá que la medida no afecte a los 1.043.111 agricultores y ganaderos que emplean la tributación por módulos, aún cuando vendan la mayor parte de su producción a empresas o cooperativas.

Además, la medida no se aplicará a todo tipo de autónomos, sino únicamente a quienes se dediquen a actividades afectadas por la retención del 1%, entre las que se encuentran actividades como la albañilería, la fontanería, el transporte de mercancías por carretera, la carpintería, la pintura o los servicios de mudanza.

Esto significa que de los 647.209 contribuyentes que declaran bajo el régimen de módulos, tan sólo se verán excluidos finalmente entre un 6% y un 8% del total, es decir, unos 42.000 trabajadores autónomos.

Esta medida es, a nuestro juicio, un paso en la buena dirección, ya que el mantenimiento de la estimación objetiva en sus términos actuales no se justifica con la evolución socioeconómica y el avance de las nuevas tecnologías de las dos décadas transcurridas desde que por primera vez se fijaron las tablas de módulos del método de estimación objetiva del IRPF.

Contesta Carlos Cruzado

Presidente de los Técnicos de Hacienda (GESTHA)

¿Cómo afectarán a los autónomos los cambios en el sistema de módulos?