jueves. 28.03.2024
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Desde su publicación en el BOE, las empresas afectadas no podrán anular las altas realizadas de oficio a instancia de la Inspección de Trabajo

Desde el sindicato Comisiones Obreras habían denunciado que algunas empresas utilizaban un resquicio legal para incumplir las indicaciones de la Inspección de Trabajo que obliga a reconocer como trabajadores por cuenta ajena a los falsos autónomos. En concreto, estas empresas utilizaban su acceso al Sistema Red de la Seguridad Social para dar de baja a los trabajadores que anteriormente habías sido inscritos de oficio como trabajadores por cuenta ajena por indicación de la Inspección de Trabajo.

El Consejo de Ministras de este viernes 3 de agosto, ha aprobado una modificación del Reglamento de afiliación que resuelve este resquicio legal, de manera que desde su publicación en el BOE, las empresas afectadas no podrán anular las altas realizadas de oficio a instancia de la Inspección de Trabajo.

A través de la denuncia de la Federación de Industria de Comisiones Obreras, la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social han venido levantando actas de liquidación a numerosas empresas del sector cárnico que utilizan a cerca de 15.000 falsos autónomos, que ahora han visto reconocidos sus plenos derechos como trabajadores de las empresas cárnicas.

El sindicato nos traslada que la mayoría de empresas afectadas están acatando las resoluciones de la Inspección de Trabajo y que son solamente una minoría las que están utilizando el resquicio legal que hasta hoy presentaba la normativa de afiliación.

La Seguridad Social impide la rebeldía en la que se habían declarado algunas empresas...