viernes. 19.04.2024
registro jornada UGT
Foto: UGT

Con el impago de las horas extras, las empresas se han venido ahorrando en torno a 1.000 millones de euros cada año, solo en cotizaciones

Tras un largo periplo judicial la Unión Europea se ha pronunciado. El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha dictado sentencia y confirmado que las empresas tienen la obligatoriedad de establecer el conocido como registro de jornada que computa las horas trabajadas cada día.

La batalla librada por los sindicatos CCOO y UGT, cierra así un proceso de pronunciamientos diversos por parte de los tribunales españoles y de conflicto en el ámbito de la negociación colectiva tras varias denuncias sindicales, principalmente en el sector bancario.

Ante las denuncias interpuestas en los últimos años por CCOO y UGT en los conflictos de Bankia y Abanca, el Tribunal Supremo eximió a las empresas de establecer este sistema de registro de jornada. En julio 2017 el asunto volvió a la Audiencia Nacional (que ya había resuelto a favor de los sindicatos en el caso Bankia) en el conflicto de Deutsche Bank planteando así una cuestión prejudicial a la justicia europea.

El pasado mes de enero, el Abogado General del TJUE, Giovanni Pitruzzella, propuso al Tribunal Europeo que sentenciara que las empresas tienen la obligación de introducir un sistema para medir el número real de horas trabajadas cada día. Argumentaba, entre otras cuestiones, que “la inexistencia de un sistema de cómputo del tiempo de trabajo hace que sea mucho más difícil para el trabajador obtener la defensa judicial de sus derechos”.

En el ínterin del pronunciamiento del TJUE, el Gobierno del PSOE aprobó a través del Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo la obligación de las empresas a instaurar este sistema dando un plazo de dos meses que se ha hecho efectivo este 12 de mayo, una reforma que CCOO tachó en su momento de “descafeinada”.

Con este fallo, el TJUE enmienda la plana al Tribunal Supremo y corrige su jurisprudencia, al tiempo que lo aprobado por el Ejecutivo socialista es conforme de pleno derecho a la normativa europea.

Tras conocerse la sentencia, con fecha 14 de mayo, UGT ha resaltado que “no se trata de fiscalizar a los trabajadores”, sino de que exista un registro de la jornada de trabajo “fiable y accesible”, para que el 100% de las horas extras sean remuneradas (o compensadas en tiempo) y cotizadas a la Seguridad Social. Según los cálculos efectuados por este sindicato, las empresas se han venido ahorrando en torno a 1.000 millones de euros cada año, solo en cotizaciones.

CCOO también se ha pronunciado y ha destacado que, con esta sentencia, “ya no hay marcha atrás, gobierne quien gobierne”. Según un reciente estudio elaborado por este sindicato, las horas extra trabajadas solo en el segundo trimestre de 2018 equivalen a la creación de 170.600 empleos a jornada completa.

La conflictividad laboral creada a raíz de este abuso empresarial tuvo en enero de 2018 una respuesta también inequívoca por parte de los tribunales españoles al declarar nulo el despido de un trabajador que pidió cobrar sus horas extras, un monto que alcanzaba los 7.000 euros. 

Europa zanja la polémica con el registro de jornada