sábado. 20.04.2024

Sanción de 192.000 euros a Javier Krahe por 'cocinar un Cristo'

Las bromas contra la Iglesia Católica se pagan caras en este país. El cantautor será juzgado por un delito contra los sentimientos religiosos por un vídeo promocional emitido en 2004 por Canal Plus en el que se mostraba ‘cómo cocinar un crucifijo’. El corto data del año 1978.
NUEVATRIBUNA.ES 20.05.2010

Sorprendente caso el del cantante Javier Krahe que será juzgado además de obligado a pagar una fianza de 192.000 por un vídeo promocional en el que se explica cómo ‘cocinar un Cristo’ en el curso de una entrevista.

El corto fue emitido en el programa Lo + Plus de Canal Plus (canal propiedad del Grupo PRISA) presentado por ‘Manu’ Carreño y por Ana García Siñeriz el 15 de diciembre de 2010. En él, una mujer explica los pasos para realizar dicho plato. Primero, se desprendía el Cristo de la cruz, después se le untaba con mantequilla sobre una capa de cebolla y, por último, era introducido en el horno.

La denuncia inicial fue promovida por la plataforma HazteOir y el entonces diputado de UPN (inscrito en el Grupo Popular) Jaime Ignacio del Burgo, presentó una demanda contra la cadena por el delito tipificado de ofensa a una creencia religiosa. Los medios de la derecha también se hicieron eco de la ‘blasfemia’.

Aunque en una primera instancia el Juzgado de Instrucción número 3 de Colmenar Viejo sobreseyó la causa en 2007, el Centro Jurídico Tomás Moro recurrió a la Audiencia Provincial de Madrid dicho sobreseimiento y consiguió reabrirla, culminando así en una sentencia emitida por el mismo Juzgado que el pasado 12 de mayo decretó la apertura del juicio oral y el coste de la sanción que deberá abonarse pagando 400 euros al mes.

Además de a Krahe, se impone otra sanción de 114.000 a la productora del programa, Montserrat Fernández Villa.

El tribunal considera que Krahe ofendió a los sentimientos religiosos, un delito previsto y penado en el artículo 525 del Código Penal que dice que ”incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican”.

El Centro Jurídico Tomás Moro ha mostrado su satisfacción por lo que considera "un triunfo en defensa de la verdadera libertad religiosa": "En esta ocasión la justicia no podía dar carpetazo. Es la primera vez que se aplica en España el artículo 525 del Código Penal", asegura en una nota de prensa.

Si ya de por sí resulta increíble este caso, anotar que el polémico documental, cómo cocinar un crucifijo era de 1978.

Sanción de 192.000 euros a Javier Krahe por 'cocinar un Cristo'