jueves. 25.04.2024

Van a conocer dos partes de la Regencia de María Cristina, la primera que sería la que se suele encontrar en los libros de historia tradicionales y una segunda que es lo que no cuentan los historiadores oficiales, que es el lado oscuro de la Regente.

Tras la muerte de Fernando VII en septiembre del año 1833, su descendencia eran dos hijas de muy corta edad y no podían gobernar por su minoría de edad. Se abre un periodo de Regencias hasta que Isabel II alcance la mayoría de edad.

LA PRAGMÁTICA SANCIÓN

Tras la muerte el dieciocho de mayo del año 1829 de su tercera esposa, María Josefa Amalia de Sajonia, Fernando VII anunció en septiembre que iba a casarse de nuevo. Tenía Fernando VII cuarenta y cinco años.

Según Juan Francisco Fuentes, “es muy posible que las prisas del rey por resolver el problema sucesorio tuvieran que ver con sus dudas sobre el papel que venía desempeñando en los últimos tiempos su hermano don Carlos... Sus continuos achaques de salud y su envejecimiento prematuro debieron persuadirle de que se le estaba acabando el tiempo. Según su médico, Fernando hizo en privado esta confesión inequívoca: Es menester que me case cuanto antes”.

La elegida para ser su esposa fue la princesa Nápoles, María Cristina de Borbón Dos Sicilias, que era sobrina de Fernando y veintidós años más joven que él.

Se casaron el diez de diciembre del año 1929 y, pocos meses después, Fernando VII hacía pública la Pragmática Sanción del año 1789, aprobada al principio del reinado de su padre Carlos IV, que abolía el Reglamento de sucesión del año 1713.

Era una ley que impedía que las mujeres pudiesen reinar si existía un varón en la línea sucesoria, fuera en primer o en segundo grado. De esta forma, el monarca se aseguraba que, si por fin tenía descendencia, su hijo o hija le sucederían.

A principios de mayo del año 1830, un mes después de la promulgación de la Pragmática, se anunció que la reina María Cristina estaba embarazada, y el día diez de octubre del año 1830 nació una niña: Isabel II. De este modo, Carlos María Isidro quedó fuera de la sucesión al trono, para gran consternación de sus partidarios ultraabsolutistas.

Para cubrir el periodo hasta su mayoría de edad hubo dos Regencias:

- La Regencia de María Cristina de Borbón Dos Sicilias que comprende el periodo desde el veintinueve de septiembre del año 1933 al doce de octubre del año 1840.

- La Regencia del general Espartero que comprende el periodo desde el doce de octubre del año 1840 al veinte de noviembre del año 1944.

Esta primera regencia constituye el primer período de la minoría de edad de Isabel II, durante el cual su madre, María Cristina de Borbón Dos Sicilias asumió las funciones correspondientes a la Corona y tuvo que hacer frente a la I guerra carlista desencadenada por los partidarios de Carlos María Isidro que era hermano del rey Fernando VII, el cual no reconocía la Pragmática Sanción del año 1789, por la que las mujeres podrían reinar y que Fernando VII había hecho pública en marzo del año 1830.

María Cristina debió hacer concesiones a los liberales, que a cambio apoyarían la causa de Isabel II. El movimiento carlista era profundamente absolutista.

Este periodo de las dos regencias supone la consolidación del liberalismo después de los vaivenes que había sufrido desde el inicio de la reformas de las Cortes de Cádiz.

Toma de posesión como Regente de María Cristina
Toma de posesión como Regente de María Cristina

Al mismo tiempo, la I guerra carlista supone el último intento de resistencia de los absolutistas, que no se resignan a aceptar dichas reformas, bajo la bandera del hermano del monarca fallecido y trataron de oponerse violentamente al triunfo de las nuevas ideas liberales.

La Regente podía servir para ser el instrumento por el que el liberalismo alcanzase definitivamente el poder, amparando una transición política que se adivinaba cuando menos difícil y delicada. María Cristina tratará de apoyarse siempre en los liberales más templados. Entre los años 1833 y 1840 se registra, efectivamente, una evolución del régimen político, en el que sin duda influyó considerablemente el conflicto carlista.

María Cristina se rodeó al principio de los políticos reformistas y que habían intervenido a favor de cierto aperturismo político del régimen. Su primer gobierno está presidido por Francisco Cea Bermúdez que comprende el periodo del veintinueve de septiembre del año 1933 al quince de enero del año 1934. Su acción de gobierno está basada en dos premisas:

  •  Reformismo administrativo.
  • Conservadurismo político.

Su propósito era el de tranquilizar a aquellos realistas que no se habían pasado al bando carlista, pero que desconfiaban seriamente de las veleidades aperturistas. Su deseo de concordia no prosperó y en vez de transición pacífica hubo la ruptura cuando estalla la guerra carlista.

Cea Bermúdez debía continuar con la política de despotismo ilustrado, para evitar los cambios políticos en profundidad que acabaran con los poderes absolutos del rey y con el «orden tradicional». Tal como lo expresó la regente en un manifiesto, escrito por Cea y hecho público el 4 de octubre:

Tengo la más íntima satisfacción de que sea un deber para mí conservar intacto el depósito de autoridad real que se me ha confiado. Yo mantendré religiosamente la forma y las leyes fundamentales de la Monarquía, sin admitir innovaciones peligrosas, aunque halagüeñas en un principio, probadas ya sobradamente por nuestra desgracia. La mejor forma de gobierno de un país es aquella a que está acostumbrado.

El hecho de que el poder y todo el aparato estatal permaneciesen en manos de los cristinos permitió que el Gobierno conjurase muchas de estas revoluciones en su mismo nacimiento antes de que cobrasen fuerza.

Para llevar a cabo esta política de reformas se nombra ministro de Fomento a Javier de Burgos, quien llevó a cabo una de las obras más importantes que tuvieron lugar en aquel periodo, consistente en la división de España en cuarenta y nueve provincias. Con esta nueva distribución se aprecia el deseo de buscar la relación entre las nuevas circunscripciones que se crean y los antiguos reinos.

La nueva estructura territorial y administrativa del país, partiendo de la división tradicional vigente hasta entonces y que serviría de base al proceso centralizador que desarrollaría el régimen político del liberalismo.

Su eficacia se pone claramente de manifiesto por el simple hecho de haber sido la única reforma de la época que ha perdurado hasta nuestros días. Las reformas administrativas con ser eficaces, no satisfacían a los elementos más liberales, que demandaban también reformas políticas.

Los generales Llauder y Quesada solicitaron a la reina gobernadora reformas políticas y una reunión de las Cortes. Cea Bermúdez tuvo que dimitir el quince de enero del año 1834.

LA PRIMERA GUERRA CARLISTA

El carlismo en términos generales constituye una respuesta a los proyectos y realizaciones concretas del revolucionarismo burgués, sus raíces sociales y su contenido ideológico que son sumamente complejos.

A la muerte de Fernando VII, en infante don Carlos se negó a reconocer la legitimidad de la princesa de Asturias, la futura Isabel II, para ocupar el trono del reino al que se creía con más derecho y adoptó el nombre de Carlos V.

Las insurrecciones carlistas comenzaron a producirse en el mes de octubre del año 1833 y se generalizaron por todo el país, aunque sólo llegaron a cuajar plenamente en el País Vasco, Navarra, Cataluña y la zona del Maestrazgo.

Bilbao y Vitoria pasaron con rapidez al bando carlista aunque por poco tiempo. En Navarra fracasó el levantamiento en un principio y San Sebastián y Tolosa permanecieron al margen del conflicto.

En el levante español, los cabecillas de la sublevación no se pusieron de acuerdo y, aunque entre ellas había militares como Carnica de notable experiencia, sus divisiones y rencillas dificultaron su triunfo.

El bando carlista en Cataluña no tuvo un brillante comienzo, a lo que sin duda contribuyó la eficaz labor represora del capitán general Llauder.

Los tres primeros meses de la guerra constituyeron una fase poco definida, en la que sólo hubo tanteos que si tuvieron alguna significación fue la de esbozar la geografía del conflicto para señalar dónde se centraban los focos más importantes del conflicto y dónde podían los cristinos contar con la fidelidad de la población.

El infante don Carlos
El infante don Carlos

La falta de decisión y las dificultades con las que tuvieron que enfrentarse los primeros gobiernos de la regente María Cristina para asentar el sistema constitucional de una manera definitiva, permitieron a los carlistas extender su movimiento, lograr cierta organización y conseguir armamento para hacer frente a la ofensiva posterior de los liberales.

El levantamiento carlista fue secundado fundamentalmente en las regiones forales. La cuestión foral está en el fondo de las aspiraciones de los carlistas, aunque su defensa no fuese la única causa que provocó el levantamiento.

El liberalismo era fuertemente centralizador y contrario a cualquier tipo de privilegio en el plano personal, económico o institucional.

Los gobiernos autonómicos, las exenciones fiscales, la aplicación de la justicia con jueces propios, la exención de quintas militares formaban parte de estos regímenes peculiares que habían mantenido sus diferencias con el resto de las regiones españolas.

En Guipúzcoa, Álava y Vizcaya, la conciencia foral estaba fuertemente arraigada. En Navarra su sistema de autogobierno era aún más fuerte por su peculiar régimen foral.

Puede pensarse en la existencia de una inevitable relación entre carlismo y foralismo, pues, resulta evidente que en otras regiones españolas donde no existía tal conciencia, el carlismo, o no existió o tuvo un apoyo muy débil.

En los territorios donde cayó el levantamiento había de igual forma un foralismo que era de signo liberal y que se manifestó en reiteradas ocasiones a la causa isabelina, pero también al mantenimiento de los fueros.

Si la función foral no explica la geografía del carlismo, sus razones habrá que buscarlas en la realidad social de esos territorios. La guerra carlista es la lucha del campo contra la ciudad.

Francisco Cea Bermúdez
Francisco Cea Bermúdez

La base social del carlismo hay que buscarla en las zonas rurales de las provincias Vascongadas, en Navarra, Aragón y Cataluña. Sus ciudades como Bilbao, San Sebastián, Vitoria, Pamplona se decantaron por la defensa del sistema liberal.

Las ventas de bienes comunales que se llevaron a efecto en las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya a partir del año 1808 contribuyeron a deteriorar la situación de un amplio sector del campesinado, mientras que benefició a las clases más ricas.

Esa identificación que los elementos rurales más primitivos hicieron inmediatamente entre el liberalismo y la alteración de su estatus económico explicaría su adscripción al bando carlista.

Julio Aróstegui constata la presencia abrumadoramente mayoritaria del elemento rural entre los adeptos al carlismo y entre los combatientes de su causa. El apoyo al carlismo en estas zonas del norte del país sería una respuesta a la amenaza de proletarización.

En el campesinado vasco o navarro se mantenía a pesar de todo, una situación de equilibrio social que no existía en el sur. El movimiento carlista era débil. Su único atractivo era la defensa de las ideas tradicionales de la monarquía por derecho divino, la religión y la Iglesia, supuestamente amenazadas por el triunfo de la revolución liberal.

Sólo el clero que apoyaba a don Carlos en razón a la actitud que el liberalismo había tomado con respecto a los bienes de la Iglesia, dotó al movimiento de una mínima cobertura ideológica, suficiente para captar a la gente más llana y simple del elemento rural.

El carlismos e convirtió en el símbolo de la resistencia frente a la descomposición de las formas de vida tradicionales, o en el símbolo de la oposición a la revolución a cuyo lema “igualdad, libertad, fraternidad” opuso simplemente la alianza del “altar y trono”.

EL DESARROLLO DE LA Iª GUERRA CARLISTA

Gran importancia para el desarrollo del conflicto tuvo el nombramiento del coronel Tomás Zumalacárregui para el mando superior de las tropas carlistas en Navarra, el catorce de noviembre del año 1833.

Francisco Martínez de la Rosa
Francisco Martínez de la Rosa

El gobierno de Cea Bermúdez designó al general Sarsfield para que se hiciese cargo del ejército cristino y limpiase la zona de Castilla de las bandas dispersas de elementos carlistas. El veintiuno de noviembre toma Vitoria y posteriormente el veinticinco de noviembre Bilbao.

El general Sarsfield descontento por no encontrar el apoyo que pretendía para reforzar las posiciones ganadas, dimitió y fue sustituido por el general Jerónimo Valdés.

Zumalacárregui hasta la primavera del año 1834 no pudo hacer otra cosa que aprovecharse del exacto conocimiento del terreno por parte de sus hombres para utilizar con éxito la táctica del hostigamiento al enemigo mediante la sorpresa y la rapidez en la acción.

El veintisiete de enero del año 1834, se apoderó de la fábrica de armas de Orbaiceta en Navarra, lo cual supuso armar a sus soldados. La toma de Orbaiceta suponía el preludio de ulteriores conquistas de puntos fortificados, mediante los cuales iba a adquirir los carlistas una excelente base de operaciones a la que sacarían un gran partido.

El general Juan Valdés quejoso por la falta de medios fue sustituido por el general Quesada como general en jefe del ejército del Norte, mientras que la zona de Vizcaya se confiaba al general Espartero.

Quesada quiso resolver la guerra mediante negociaciones con Zumalacárregui, el cual había servido a sus órdenes. Quesada necesitaba mayor apoyo del gobierno. Los escasos soldados que disponía no le permitían ocupar las provincias vascas.

Fuera de la zona vasco-navarra, la guerra también se incrementaba, sobre todo en Cataluña y en el Maestrazgo. Aquí, los carlistas consiguieron algunos éxitos en las escaramuzas dirigidas por Carnicer y Cabrera. Sin embargo, no existía la posibilidad de una ocupación del territorio como ocurría en el norte.

Apertura de las sesiones de las Cortes del Estatuto Real por la regente María Cristina de Borbón el veinticuatro de julio de 1834
Apertura de las sesiones de las Cortes del Estatuto Real por la regente María Cristina de Borbón el veinticuatro de julio de 1834

El gobierno de Martínez de la Rosa, a través de su embajador en Londres, el marqués de Miraflores, negoció un acuerdo con Gran Bretaña, Francia y el gobierno portugués de doña María, que fue firmado el veintidós de abril del año 1834, mediante el cual se prometió apoyo a la reina portuguesa frente a don Miguel y a Isabel en España contra su tío don Carlos. El cuerdo sellaba la llamada Cuádruple Alianza. Don Carlos salía de Portugal el doce de julio del año 1834.

El general Rodil sustituye a Quesada y se esfuerza por establecer una línea de fortificaciones desde Pamplona a Vitoria y desde ésta hasta Logroño.

Los fracasos sucesivos del general Rodil en el verano del año 1834 llevaron al gobierno a disponer que se formasen dos ejércitos, uno destinado a operar en Navarra, a cuyo frente se designó al general Mina, que conocía perfectamente el territorio. El otro ejército se destinó a las Vascongadas y estaba a las órdenes del general Osma.

Marchas, contramarchas del ejército liberal que infructuosamente trataba de fijar a las escurridizas tropas carlistas. El general Fernández de Córdova llamó a esta fase del conflicto “la guerra lánguida”, lo que refleja perfectamente el ritmo con el que se desarrollaba y la ineficacia de las acciones de ambos contendientes.

El general Valdés se hizo cargo por segunda vez del ejército del Norte, y su decidido propósito de derrotar como fuese al general Zumalacárregui le llevó a iniciar una acción precipitada sin medir bien las consecuencias.

Penetró en las sierras de Urbasa y Andía, y en el valle de las Amézcoas fue derrotado estrepitosamente por los carlistas, el veintidós de abril del año 1835. Su retirada hasta Estella fue penosa y el general Valdés perdió gran número de hombres, así como gran parte de su equipo y armamento.

El general Zumalacárregui herido en Bilbao es traslado en silla
El general Zumalacárregui herido en Bilbao es traslado en silla

La falta de entendimiento siempre existió entre Zumalacárregui y su entorno político y burocrático de don Carlos que se puso de manifiesto con motivo de la decisión de atacar Bilbao.

Zumalacárregui era partidario de dirigir todos los esfuerzos a poner sitio a Vitoria y desde allí penetrar por Burgos y Castilla, donde esperaba encontrar una buena acogida por parte de la población civil.

Don Carlos impuso llevar a cabo la toma de Bilbao, por su importancia y por su riqueza como puerto de mar. El diez de julio se presentaron las tropas carlistas ante las murallas de la capital vizcaína y el día quince de julio fue herido Zumalacárregui en una pierna. El veinticinco de julio moría en Cegama como consecuencia de la herida.

La inexistencia de un militar de talla se advirtió a las pocas semanas cuando las tropas cristinas al mando del general Fernández de Córdova derrotaron a los carlistas en Mendigorría, el dieciséis de julio. Fue un golpe muy duro para el bando carlista, a pesar de todo, no cambió el curso de la guerra.

El general carlista Gómez llevó a cabo una espectacular incursión de norte a sur, entre junio y diciembre del año 1836. Al mando de tres mil hombres marchó primero hacia Asturias, desde allí a Castilla, después pasó por Aragón, bajo a Cuenca y por fin alcanzó Andalucía, que recorrió hasta Gibraltar.

Juan Álvarez Mendizábal
Juan Álvarez Mendizábal

Los resultados de su aventura fueron nulos y el general Gómez, ante el acoso de las fuerzas liberales dirigidas por las figuras más destacadas del ejército como los generales, Rodil, Espartero y Narváez, que fueron enviadas en su persecución, hizo que tuvieran que regresar a la zona norte del país sin haber cumplido ningún objetivo concreto.

Esta aventura militar carlista sólo sirvió para demostrar, además de su habilidad para sortear al enemigo, el escaso control que los cristinos podían ejercer sobre el territorio, que en principio se habían mostrado favorables a la causa de Isabel II.

Tuvo lugar la llamada Expedición Real en el año 1837, consistente en el intento del pretendiente de llegar a Madrid para negociar una solución a la guerra con la reina gobernadora. Preveían el matrimonio entre la reina Isabel II y el hijo de don Carlos, el conde de Montemolín.

Lo que realmente ocurrió fue que al llegar a las puertas de Madrid, los carlistas no se decidieron a atacar. Madrid solo estaba defendida por la Milicia Nacional y las fuerzas carlistas apenas hubieran encontrado resistencia.

El porqué se retiraron es una cuestión sobre la que tampoco se ha dado una razón convincente. Sin embargo, la Expedición Real constituye un episodio importante en el desarrollo del conflicto.

A partir de aquí, se aprecia una notable superioridad del ejército liberal sobre el carlista, a causa de la operación de desamortización de los bienes eclesiásticos. Sus beneficios sirvieron para dotar de más medios al ejército del Norte.

El general Espartero pudo contar con cien mil hombres y 700 cañones, a ello se unió el restablecimiento de la disciplina y el castigó a los brotes de desobediencia. En el bando carlista debemos destacar la entrega del mando al general Maroto en junio del año 1838.

El general Maroto formaba parte de la facción carlista transaccionista, que estaba abierta a una solución de tipo político, aun a costa de importantes renuncias y fue eliminando de los puestos claves a los llamados apostólicos, que eran enemigos acérrimos de cualquier acuerdo.

El general Espartero se hacía cada vez más dueño de territorio carlista y en la ofensiva emprendida en la primavera del año 1839, dejó bien claro que la resistencia sería cada vez más difícil a los carlistas.

Los contactos entre los generales Espartero y Maroto se iniciaron en febrero del año 1839, pero las negociaciones eran complejas y difíciles. El general carlista pretendía que se reconociesen los derechos de don Carlos, aunque fuese metiendo el matrimonio entre su heredero y la hija de Fernando VII.

Espartero se apoderó en abril de los fuertes de Ramales y Guardamino en Vizcaya, hecho de armas por el que se le dio el título de “Duque de la Victoria”. Más tarde, ocupó Orduña, Amurrio y Valmaseda y entró en Vitoria el nueve de agosto.

El general carlista Maroto se avino a firmar la paz en treinta y uno de agosto del año 1839, el llamado Convenio de Vergara, mediante el cual reconocía los derechos dinásticos de Isabel II al trono de España y conseguiría a cambio promesas sobre la conservación de los fueros, así como el mantenimiento de las pagas y empleos de los oficiales carlistas.

Un sector del carlismo nunca le perdonaría su actitud, que fue considerada por los más intransigentes como una verdadera traición.

EL ESTATUTO REAL

Dentro de las actuaciones importantes dentro de la Regencia de María Cristina debemos destacar el Estatuto Real. Mientras que transcurría la guerra carlista, los liberales iban ganando terreno en el ámbito político e institucional de la Regencia.

La Regente nombró a Martínez de la Rosa como nuevo jefe de gobierno el quince de enero del año 1835 y duró hasta el siete de junio del año 1835.

A partir de ese momento, la Corona renuncia tras veinticinco años de lucha a mantener un sistema exclusivo de poder y admite la ampliación del sistema político en beneficio de la aristocracia y de una burguesía que, por su parte, aparece dispuesta a conservar a la Corona una participación decisiva en el plano político.

Entre las medidas del gobierno de Martínez de la Rosa debemos destacar:

  • Supresión de los conventos que apoyaron a los carlistas.
  • Concesión de la amnistía total.
  • Promulgación del Estatuto Real en el año 1834.

Con ellos se satisfacía a los generales Llauder y Quesada y se proporcionaba al régimen político un instrumento válido para el funcionamiento de las Cortes, sin que se asustase demasiado a los realistas más conservadores que no habían llegado a caer en el carlismo.

El Estatuto Real venía a sustituir a la Constitución de Cádiz del año 1812, cuya inviabilidad en la práctica se había puesto de manifiesto durante el denominado trienio liberal de 1820- a 1823.

Es como una Constitución Otorgada, impuesta desde el poder y no elaborada por una Asamblea Constituyente elegida por el pueblo.

El Estatuto Real del año 1834 no es una Constitución en el puro sentido jurisdiccional y político, pues se limita a regular el funcionamiento del órgano legislativo y para nada se refiere a los poderes ejecutivo y judicial, que quedan al margen de su articulado. No establece principios de ninguna clase, ni trata de definir el conjunto del sistema político que pone en marcha con su aprobación. Este documento ha sido calificado como un simple reglamento de funcionamiento de las Cortes.

El Estatuto Real está estructurado en cinco títulos y están divididos en cincuenta artículos. Establece la reunión de las Cortes en dos Cámaras, el estamento de próceres y el estamento de procuradores:

  • El estamento de los próceres estaría formado por los arzobispos, obispos, grandes de España, títulos de Castilla y los propietarios o intelectuales que tuviesen una renta superior a los 60.000 reales y que fuesen designados por la Corona.
  • El estamento de los procuradores tendría asiento todos los españoles mayores de treinta años, poseedores de una renta anual de al menos doce mil reales y elegidos de acuerdo con la ley electoral correspondiente.

Esta ley se promulgó el veinte de mayo del año 1834 y establecía dos escalones en el proceso electoral:

  • Las Juntas electorales de partido, formados por los individuos que integraban el Ayuntamiento y un número igual de los mayores contribuyentes del Ayuntamiento, de tal forma que el cuerpo electoral le correspondía entre dieciséis y veintiséis ciudadanos.
  • La Juntas electorales de provincias, formadas por los compromisarios elegidos por las Juntas de partidos y que eran los que elegían directamente a los diputados.

El número de compromisarios sería de 950. Era extremadamente censitario, ya que los españoles con derecho a voto no llegaban al 0,15%.

Con el Estatuto Real, la iniciativa legal quedaba enteramente reservado a la Corona y las Cortes sólo podían enmendar o rechazar proyectos que presentaba la reina gobernadora a través del Gobierno.

Las Cortes eran convocadas y disueltas por el rey, aunque necesariamente debían reunirse para discutir los presupuestos. Si las Cortes fuesen disueltas, tendrían obligatoriamente que reunirse otras en el plazo de un año.

Los conservadores no se dejaron seducir por las referencias a los partidos o a la Nueva Recopilación, ni por la terminología que trataba de enlazar con las Cortes Constituyentes, denominando estamentos a los dos brazos o cámaras que ahora la componían.

Los liberales continuaban encontrando pocas concesiones en el Estatuto. Lo seguían viendo como un acto de absolutismo real y querían que se reconociese en un texto una más amplia y eficaz en la intervención de los ciudadanos.

El intento centrista de Martínez de la Rosa no podía mantenerse durante mucho tiempo en una dinámica que llevaba inevitablemente al régimen hacia una posición cada vez más liberal.

La desatención a las propuestas reformista provocó el conflicto entre el ejecutivo y el legislativo. Sus diferencias fueron avivadas por la acción conspiratoria de quienes querían conseguir el poder por medio del pronunciamiento o la revolución, ante la imposibilidad de obtenerlo por la vía legal.

La epidemia de cólera que habría afectado al sur de España, comenzó a incidir sobre Madrid, a pesar de las medidas que se habían tomado para evitar la propagación. Son culpados de la pandemia los monjes. La reacción de los más exaltados fue inmediata y se produjeron matanzas de jesuitas, mercedarios y franciscanos, quema de conventos violencias de todo tipo.

Tanto el proceso de proletarización como la labor de los exaltados son síntomas de un cambio de mentalidad. Estos movimientos no son todavía la expresión de una secularización de la sociedad sino de un claro anticlericalismo.

Intento buscar la intervención extranjera. Fruto de esa gestión fue la firma de la Cuádruple Alianza que ya hemos visto anteriormente. El gobierno recibió ayuda económica y voluntarios británicos, pero Francia sólo aportó respaldo moral y aunque se le pidió un cuerpo de ejército para que tomase parte en la campaña contra el carlismo, no quiso comprometerse.

La inoperancia de la ayuda extranjera, con la consiguiente prolongación de la guerra y la oposición creciente de las Cortes, donde el Gobierno, a pesar de sus esfuerzos no conseguía obtener un apoyo estable, acabó por hacer dimitir a Martínez de la Rosa en junio del año 1835.

LA RADICALIZACIÓN DEL RÉGIMEN

El nombramiento de un nuevo gobierno presidido por el conde de Toreno, venía a significar un nuevo peldaño en el proceso de transición hacia el liberalismo. El conde de Toreno fue nombrado el siete de junio del año 1835 y gobernó hasta el catorce de septiembre del año 1835.

El conde de Toreno no emprendió una política de cambios espectaculares para acelerar el desplazamiento del régimen hacia la izquierda, ni para terminar la guerra carlista por la vía rápida. Se generalizaron los incidentes y al mes de haberse producido el nombramiento los grupos de la oposición se manifestaron en Cádiz, Málaga y Granada.

Afloraban los primeros síntomas del malestar social que se extendía por las grandes ciudades en las que existían algunas industrias y en las que el hacinamiento de la población trabajadora, las condiciones de trabajo y la amenaza de que el creciente maquinismo redujera los puestos laborales favorecían el malestar social.

Las clases medias instigadoras de las revueltas no estaban dispuestas a perder el control de los acontecimientos y se organizaron unas juntas para que aquello no se les fuese de las manos.

En la mayor parte de las Juntas constituían mayoría los elementos exaltados, anticlericales, pero de una cierta posición social e incluso algunos de ellos de distinguidas familias.

Su aspiración era la de sustituir el Estatuto Real por la Constitución de Cádiz del año 1812 y en muchas ciudades se volvía a oír el himno de Riego como muestra de volver al periodo liberal del año 1820.

Es nombrado jefe de gobierno, Juan Álvarez Mendizábal el catorce de septiembre del año 1835 y gobernara hasta el quince de mayo del año 1836. Durante el corto periodo de gobierno del conde de Toreno, Mendizábal se había prestado a mediar para solucionar los problemas financieros que acosaban a la monarquía española y que se habían agravado por el hecho de que ésta se había negado a reconocer la deuda contraída durante el trienio liberal.

Mendizábal se había comprometido con la Regente María Cristina a gobernar con el Estatuto Real, lo cual no dejaba de ser una contradicción con las expectativas que habían puesto en él los exaltados. Su dinamismo y su capacidad de gestión, le hicieron ganarse el respeto de muchos ciudadanos.

Tres puntos son los que Mendizábal iba a centrar su gestión:

  • La guerra carlista.
  • La desamortización de los bienes eclesiásticos.
  • La recuperación del crédito.

Las Juntas se disolvieron en su mayoría excepto las de Sevilla y Cádiz que se mantuvieron insatisfechas por las promesas de Mendizábal.

Otras acciones políticas de Mendizábal fueron:

  • Convirtió la Milicia Urbana en Milicia Nacional. Dispuso el levantamiento de una quinta de cien mil hombres para dar la vuelta a la guerra carlista.
  • Introdujo la novedad de eximir del servicio militar a aquellos que pagasen una cuota de 4.000 reales o bien 1.000 reales y un caballo.

El dieciséis de noviembre del año 1835 se inauguraron las Cortes y se propusieron tres proyectos de ley:

  • La institucionalización de la prensa libre.
  • La responsabilidad ministerial.
  • La reforma electoral que provocó largos debates en el que se definieron las posturas de los más moderados y de los progresistas y que se mostraron partidarios de una ley electoral menos restrictiva que la del año 1834.

LA DESAMORTIZACIÓN DE MENDIZÁBAL

El término desamortización no supone solamente el acto jurídico mediante el cual los bienes que han estado amortizados adquieren la condición de bienes libres para sus propios poseedores, sino que implican también que sus poseedores pierden la propiedad que pasa al Estado, bajo cuyo dominio se convierten en bienes nacionales.

El Estado vende a particulares y al adquirirlos los compradores se convierten en bienes libres. La desamortización es una operación compleja cuyo beneficiario principal es el Estado, que es el que expropia unos bienes para después venderlos a terceros.

El enfoque que se dio a las desamortizaciones en el siglo XIX en el país con la finalidad de que el Estado obtuviese medios financieros más que para llevar a cabo una verdadera reforma agraria que es lo que demandaba el país.

Tomás y Valiente señala que poco antes de la subida al poder de Mendizábal se aprobaros dos Reales Decretos mediante los cuales se suprimía definitivamente la Inquisición y se abolía de nuevo en España la Compañía de Jesús.

Los bienes de ambas instituciones se dedicaban por parte del Estado a la extinción de la Deuda Pública. En el mes de julio del año 1835 se decreto la supresión de los conventos y monasterios que tuviesen menos de doce profesos, aplicándose sus bienes a la misma finalidad que los anteriores. Mendizábal no adoptó una política novedosa, lo que hizo el político gaditano era más bien sistematizar y radicalizar estas medidas de sus antecesores.

El once de octubre del año 1835, Mendizábal promulgó un Decreto mediante el cual se suprimían las órdenes religiosas y se justificaba la medida, en tanto se consideraban desproporcionados sus bienes a los medios que entonces tenía la nación.

El diecinueve de febrero del año 1836, se declaran en venta todos los bienes de las comunidades y corporaciones religiosas extinguidas, y también aquellos que ya se hubiesen pasado a la consideración de bienes nacionales, o la adquiriesen en el futuro.

La venta debería hacerse de forma pública, partiendo de una tasación oficial, a partir de la cual los posibles adquirientes pujarían por ellas mediante subasta, adjudicándose a aquellos que ofreciesen un precio más alto por ella.

El Decreto regulaba también la forma en que debería hacerse el pago estableciendo dos formas.

  • Una quinta parte del precio de remate en metálico, antes de que se otorgase en escritura pública y el resto en cada uno de los ocho años siguientes a dicho otorgamiento en títulos de la Deuda su valor nominal.
  • Los que pagasen con dinero en metálico se les ofrecían más facilidades, puesto que el Gobierno le interesaba más este procedimiento y esperaba así animar a los compradores que podían satisfacer el precio de esta manera. La quinta parte deberían abonarla igualmente en metálico y para el resto se le concedían dieciséis años de plazo.

Hay un Decreto el diecinueve de julio del año 1837, que suprimía el diezmo y extendía la desamortización a los bienes del clero secular.

Había en España en el año 1835, 49.323 religiosos repartidos en un total de 1.925 conventos y 22.447 religiosas, distribuidas en 1.081 conventos. Se ha calculado que la Iglesia poseía el 18% de las tierras cultivables en España.

 

La desamortización eclesiástica produjo un cambio de dueño en un porcentaje que oscilaría entre el 12 y el 15% del total de tierras útiles en el país, lo que significaría un total de diez millones de hectáreas y que en generalmente eran tierras muy productivas.

Tomás y Valiente calcula el valor en 13.000 millones de reales a los largo de todo el siglo XIX y de ese total, unos 3.500 millones de reales corresponderían a la desamortización de Mendizábal.

Algunos burgueses compran las tierras de la Iglesia para venderlas posteriormente y otros lo hacen para convertirse en terratenientes, puesto que la posesión de la tierra, constituye todavía un medio de conseguir consideración social y, además, la tierra sigue siendo un valor seguro frente a las alteraciones económicas, que se producían en otros sectores.

Aparece una nueva burguesía agrícola, que unida a la antigua nobleza, la cual aprovecha también la oportunidad para redondear y aumentar sus posesiones a costa de las tierras de la Iglesia.

Una aristocracia que se convierte en defensora del régimen, y enemiga de cualquier cambio político que implique reforma o alteración del estatus adquirido.

Entre los compradores los hay más modestos, como algunos profesionales o funcionarios civiles o militares que acudieron a las subastas de las fincas medianas o pequeñas por lo general se hallaban localizados en las proximidades del lugar donde vivían.

Esta clase de compradores por formar parte de una categoría de beneficiarios de la desamortización a los que no se ha tenido muy en cuenta hasta ahora, pero constituyen un sector social importante.

La desamortización no significo una reforma agraria, en el sentido de que no sirvió para crear una nueva estructura de la propiedad de la tierra más favorable para los campesinos pobres.

Para Flórez Estrada, la desamortización debía ser un instrumento para conseguir un cambio en la estructura de la propiedad y para ello había que entregar las tierras desamortizadas en arrendamientos enfitéuticos, es decir, a muy largo plazo y a muy bajo precio, a los mismos arrendatarios que las estaban trabajando para la Iglesia.

Floréz Estrada se daba cuenta de que la situación del pequeño campesinado no sólo no iba a mejorar con las medidas desamortizadoras, sino que iba a empeorar en relación con lo que tenían cuando la tierra que trabajaban pertenecía a la Iglesia.

La generalización del sistema de contrata de jornaleros señaló un proceso de proletarización del campesinado en el que, sin duda, se agravaron sus condiciones de vida. El malestar que provocó esta nueva situación degenerará al poco tiempo en protestas y manifestaciones violentas, convirtiendo al campo en algunas zonas de España, especialmente en Andalucía, en un caldo de cultivo para la revuelta social.

Desde el punto de vista económico para el país la desamortización de Mendizábal debía suponer, al menos teóricamente, un aumento de la capacidad productiva y un crecimiento de su riqueza agrícola, ya que al adquirir la condición de bienes libres, las tierras que hasta entonces habían estado en una situación de manos muertas, entraban en el mercado de la oferta y demanda y eran objeto, inmediatamente de una revalorización.

Los estudios más recientes ponen de manifiesto que la producción agrícola no aumentó sensiblemente.

Por otra parte, tampoco se produjo una inversión por parte de los nuevos propietarios en una mejora técnica de las explotaciones que redundara en un aumento de los rendimientos, por la sencilla razón de que todos aquellos que tenían dinero para invertir prefirieron hacerlo en la compras de nuevas tierras, para aprovechar el buen negocio que ofrecía el Gobierno. Por esa razón, no quedaron muchos capitales para emplear en la renovación de las técnicas agrícolas.

Si bien se registró un aumento de la superficie cultivada, se produjo también una disminución de lso rendimientos medios por superficie cultivada.

Nadal y Giralt han señalado la desviación de capitales hacia la compra de tierras que podían haber tenido su objetivo en la inversión de las industrias.

Se produjo un trasvase de capitales desde la economía urbana a la economía rural, de tal forma que la gran oferta de tierras en condiciones de pago muy ventajosas y desvió hacia la propiedad unos recursos financieros que, de otro modo, hubieran podido dedicarse a la industria.

En realidad el Estado realizó un mal negocio pues aunque, las fincas se vendieron por lo general a un precio muy alto, se dieron muchas facilidades a los títulos de Deuda.

Entre los años 1836 y 1845 respecto a los bienes de las órdenes regulares sus adquisiciones se hicieron mediante pujas que trocaban papel depreciado y en realidad carente de valor por las fincas pingues de gran valor efectivo y de rédito correspondiente.

La Deuda no disminuyó, sino que aumentó y la reforma de la Hacienda que se había previsto no pudo realizarse. La guerra carlista cuya pronta resolución la había hecho depender Mendizábal de la rápida habilitación de recursos, tardaría aún tres años más en tocar su final.

En lo que mejores resultados obtuvo Mendizábal fue en la consolidación del régimen liberal, en que los nuevos propietarios de las tierras desamortizadas se convirtieron en los más firmes defensores de un sistema político que les había permitido la realización de tan pingüe negocio.

La amenaza del carlismo y la vuelta al Antiguo Régimen reforzaría la unión entre el liberalismo y esta nueva masa de propietarios. La Iglesia nada pudo hacer para evitar la desamortización de sus bienes, pero los decretos de Mendizábal fueron decisivos para producir su total distanciamiento del liberalismo.

Como consecuencia de esa tensión que se produjo entre la Iglesia y el Estado, en octubre del año 1836, el Papa Gregorio XVI decidió romper relaciones con el gobierno español.

En el aspecto cultural también hay que señalar los negativos resultados que tuvo la desamortización para su rico patrimonio artístico.

LOS PARTIDOS POLÍTICOS

Hasta el año 1836, resulta difícil hablar en España de partidos políticos. Desde la revolución liberal se habían registrado tendencias en el seno del liberalismo: los moderados y los exaltados.

Posturas radicales sustentadas por algunos liberales que se mostraban partidarios de implantar rápidamente un régimen plenamente constitucional, y posturas moderadas de los elementos más prudentes y cautelosos, que pretendían el paso de la monarquía absoluta al sistema constitucional se llevase a cabo de forma gradual.

Fueron precisamente las medidas decretadas por Mendizábal en los años 1835 7 1836, las que contribuyeron decisivamente a fijar las posiciones políticas y a definir lo que, por su doctrina constitucional, por su composición social y por su criterio acerca de cómo llevar la guerra carlista, podían comenzar a denominarse con rigor partidos políticos.

Los moderados se organizaron a partir del año 1836 frente a los excesos demagógicos de Mendizábal y el peligro que podía suponer para las clases más conservadoras dentro del liberalismo la aplicación de medidas cada vez más radicales.

Los moderados llevaron a cabo una importante aportación a la consolidación del régimen liberal mediante la configuración de una filosofía políticas que se convertiría en la base doctrinal del sistema. Esa filosofía fue la que se denominó el doctrinarismo, o, lo que es lo mismo el liberalismo doctrinario.

El doctrinarismo se basa en la soberanía de la capacidad. Hay un grupo de teóricos como Juan Donoso Cortés, Pacheco o Alcalá Galiano y Andrés Borrego.

La nueva doctrina no era más que una tercera vía éntrela soberanía por la gracia de Dios y la soberanía popular, lo que se llamaba la soberanía de la razón. Los buenos, los veraces y los capaces eran los que debían ostentar la soberanía.

Borrego sitúa esta soberanía de la razón en lo que denominaba las clases intermedias. Cree que estas clases son las más ilustradas, las que tienen más iniciativa y que, además, por ser intermedias son intermediarias, es decir, constituyen una especie de puente entre los sectores más favorecidos y los más deprimidos de la sociedad.

Alcalá Galiano no creía que pudiese haber un régimen político que teóricamente fuese perfecto y que funcionase en la práctica, pero sí en la existencia de un sistema concreto aplicable a una nación concreta y en un periodo determinado.

Allí donde estaba el poder físico y el poder moral, allí debía estar también el poder político, es decir que debían ostentar el Gobierno aquellos que teniendo la razón, tenían también la capacidad para imponerla.

Los progresistas apenas pueden detectarse algunos puntos claros que puedan servir como elementos distintivos frente al moderantismo:

  • El principio de la soberanía nacional frente al de la soberanía compartida entre el rey y las Cortes que defendían los moderados.
  • La Milicia Nacional, como fuerza garantizadora de sus aspiraciones políticas.
  • La libertad de expresión sin previa censura, relegando a los jurados de imprenta la misión de calificar los delitos, lo cual abrió la puerta a la demagogia libelista.
  • La lucha contra los impopulares impuestos de consumos y el estanco de la sal.
  • La elegibilidad de los Ayuntamientos y Diputaciones frente al sistema de designación directa, que apoyaban sus oponentes políticos.

La composición social del progresismo eran fundamentalmente las clases medias urbanas subempleadas.

LA SARGENTADA DE LA GRANJA Y LA CONSTITUCIÓN DEL AÑO 1837.

El gobierno de Mendizábal estaba enfrentado con la Regente y con algunos sectores progresistas, tuvo que dimitir el catorce de mayo del año 1836.

Le sustituye Javier Istúriz desde el quince de mayo del año 1836 al catorce de agosto del mismo año, lo que significaba un paso atrás en la izquierdización del régimen. Istúriz era mucho más templado y ecléctico que Mendizábal.

Contaba con un apoyo minoritario en las Cortes, lo que podía obstaculizar su labor de gobierno. Se aplicó entonces por primera vez en la mecánica constitucional, una medida que consistía en disolver las Cortes para proceder a unas nuevas elecciones con el objeto de fabricar una mayoría adicta en el organismo legislativo.

En vez de producirse una crisis de gobierno, lo que se producía era una crisis de las Cortes, que se renovaban para amoldarse al calor del gobierno en quien la Regenta depositaba su confianza.

Temerosos de los elementos revolucionarios de que el nombramiento de Istúriz significase un retroceso político comenzaron a mostrar signos de descontento.

La situación parecía semejante a la que se había producido en el año 1835 cuando las juntas revolucionarias obligaron a la dimisión del conde de Toreno. Es esta ocasión, Istúriz intentó sofocar la revuelta obligando a la Regente a firmar un manifiesto en defensa del Gobierno cuyo lenguaje resultaba francamente comprometido, ya que le hacía aparecer como jefe del partido Moderado a la Regenta. En el motín de La Granja, donde se hallaba la Corte en esos momentos, la guardia se sublevó el doce de agosto y una Comisión formada por dos sargentos y un soldado pidió a la Regente que firmase un Decreto para restablecer la Constitución de Cádiz del año 1812, a lo que tuvo que acceder.

La revolución de la Granja provocó una crisis en el gobierno de Istúriz, siendo nombrado presidente del gobierno José María Calatrava el catorce de agosto del año 1836 y gobernará hasta el dieciocho de agosto del año 1837. Era un progresista que había destacado durante el Trienio Liberal 1820-1823 por su exaltado liberalismo.

Calatrava nombró ministro de Hacienda a Mendizábal y comenzó a poner en vigor algunas de las leyes que habían sido aprobadas en las dos anteriores épocas del régimen constitucional.

La ley de Ayuntamientos del año 1823, el Plan de Estudios del año 1822, el reglamento de Beneficencia de ese mismo año y las leyes de la Milicia Nacional, libertad de imprenta, Competencia de Jurisdicción, sucesión de Mayorazgos y el Gobierno Interior de las provincias.

El gobierno de Calatrava convocó Cortes Constituyentes para el mes de octubre del año 1836, que iba a ser destinada a aprobar una nueva Constitución, dada la imposibilidad más que demostrada de que el régimen liberal pudiera regirse por el utópico código gaditano del año 1812.

En la Comisión designada para presentar el proyecto de Constitución estaban los diputados Agustín Arguelles, Joaquín María Ferrer y Salustiano Olózaga. Su labor culminó el treinta de noviembre, cuando presentaron las bases sobre las que habría de fundarse la nueva Constitución y, después de dos meses y medio de debates, la Constitución fue finalmente aprobada el veintidós de mayo del año 1837.

La Constitución del año 1837 ha sido considerada tradicionalmente como un código transaccionista, en el que pueden advertirse claramente concesiones por parte de los progresistas y concesiones por parte de los moderados.

Fruto de esas posiciones fue la nueva Constitución que a juicio de los teóricos políticos, se inspira en las doctrinas de utilitarismo de Bentham y en las Constituciones vigentes entonces en Francia, Brasil y los Estados Unidos.

Una de las características de esta Constitución es su brevedad, sobre todo si se le compara con la anterior del año 1812. Consta de trece títulos con un total de 77 artículos, más dos adicionales.

  • En los primeros diez artículos se especifican los derechos de los españoles: libertad de pensamiento, libertad de expresión, derecho de petición, garantía de seguridad y derecho de propiedad. Con respecto a la religión, el artículo 11º se limita a declarar que la Nación se obliga a mantener el culto y a los ministros de la religión católica que profesan los españoles.
  • Del título II al V, trata de las Cortes y en ellos se contempla su división en dos Cámaras: Senado y Congreso de los Diputados. Su organización responde al esquema moderado, pues los diputados son elegidos por el método directo en circunscripciones provinciales de un diputado por cada 50.000 almas, por un periodo de tres años y posibilidades de reelección.

La elección seguía teniendo un carácter censitario, pues estaba limitada por la capacidad económica, lo cual venía a consagrar el dominio político de la burguesía.

En cuanto al Senado no tenía carácter mobiliario y estaba compuesto por un número de senadores igual a las 3/5 partes de los diputados y nombrados por la Regente entre los elegidos en lista triple por los miembros electores que en cada provincia nombraban a los diputados al Congreso. El Senado era renovable cada tres años por terceras.

Los título Vi, VII y VIII están dedicados al Rey y a la Corona. Al Rey corresponde la convocatoria, la supresión y la disolución del Congreso de Diputados, y comparte con las dos Cámaras la iniciativa legislativa.

En el título IX se establece la necesidad del refrendo ministerial a las disposiciones reales y se hace compatible el cargo de ministro con el puesto de senador o diputado.

Atribuye al poder judicial a los tribunales y juzgados en el título X, así como en el XI que se refiere a Diputaciones y a los Ayuntamientos.

En el título XII, sobre las contribuciones. La Constitución del año 1837 remite a posteriores leyes orgánicas para la ordenación de los detalles. Sin embargo, los procedimientos electivos que establece para Diputaciones y Ayuntamientos constituyen dos claros logros de los progresistas.

El título XIII trata de la fuerza militar nacional y recoge la existencia en cada provincia de cuerpos de la Milicia Nacional, que era una aspiración claramente progresista, como también lo era el de la implantación de los jurados que se contempla en uno de los artículos adicionales.

EL FRACASO POLÍTICO DE LA REGENTE MARÍA CRISTINA

Aprobada la Constitución del año 1837, María Cristina disolvió las Cortes Constituyentes y convocó nuevas elecciones para octubre del año 1837. Los moderados obtuvieron 150 escaños frente a los 60 que obtuvieron los progresistas.

El nombramiento de Eusebio Bardají gobernó desde el dieciocho de agosto del año 1837 hasta el quince de diciembre del mismo año, siendo sustituido por el conde de Ofalia que gobernó desde el dieciséis de diciembre del año 1837 al seis de septiembre del año 1838 y que abren la última etapa de la Regencia de María Cristina, dominada políticamente por los moderados, sostenidos en el poder por la Regenta, pero que se caracterizó fundamentalmente porque la actividad de los partidos se reducía casi exclusivamente a la organización de las elecciones.

La prolongación de la guerra carlista y los debates encontrados de los partidos políticos contribuyeron a enconar las diferencias y a hacer cada vez más difícil la pretendida reconciliación.

Al conde de Ofalia le sustituye el duque de Frías de septiembre a diciembre del año 1838. Le sustituye en el mes de diciembre Evaristo Pérez de Castro, que era un experimentado diplomático que ya había ocupado el mismo cargo durante el Trienio liberal 1820 – 1823. Era un destacado miembro del partido moderado.

La actitud de los moderados fue la del retraimiento, lo que llevó a la disolución de las Cortes y a la convocatoria de unas nuevas elecciones.

Los resultados fueron muy favorables a los progresistas, cuyo triunfo en las urnas fue inmediatamente acompañado por la victoria militar que suponía la firma del Convenio de Vergara.

La existencia de un gobierno conservador y una Cámara con mayoría progresista acentuó las tensiones políticas, que se centraron en las discusiones sobre una serie de leyes que los moderados pretendían hacer aprobar. Sobre la limitación de los poderes de la Milicia Nacional y de los gobiernos municipales.

Esas tensiones llegaron a desembocar, a mediados de noviembre del año 1839, en una sesión tormentosa, en la que se produjo una invasión del salón de sesiones por parte de una multitud exaltada. Esto fue aprovechado por la Regente María Cristina para disolver las Cortes y convocar nuevas elecciones.

El resultado de todo ello fue la victoria de los moderados, que iniciaron un programa revisionista durante la primavera y el verano del año 1840.

Entre las leyes que estas Cortes moderadas consiguieron aprobar estaba la nueva ley Municipal que dejaba el control político de los Ayuntamientos en manos del ministro del Interior. Una ley que restringía la libertad de prensa y otra que limitaba sustancialmente la participación de los electores en las elecciones legislativas.

El claro deslizamiento del régimen hacia posiciones conservadoras provocó la crítica del general Espartero, quien a través de su secretario, el brigadier Linaje, publicó un manifiesto a mediados de diciembre del año 1839, en que había mostrado su disgusto por los procedimientos electorales que habían llevado el triunfo a los liberales.

La Regente viajó a Barcelona donde se entrevisto con el general Espartero en Esparraguera para tratar de llegar a un acuerdo político. Para neutralizar la hostilidad de Espartero le ofreció ser nombrado jefe del Gobierno. Espartero le pidió que disolviera las Cortes y que anulase las reformas. La negativa de la Regente hizo estallar el conflicto abierto entre ellos.

LA REVOLUCIÓN DEL AÑO 1840.

María Cristina y Espartero se dirigieron a Barcelona, siendo recibido Espartero con más entusiasmo que la Regente María Cristina. Esto hizo que firmara al día siguiente la ley de Ayuntamientos. Este hecho provocó la ruptura entre ambos y en aquellas circunstancias la Regente tenía una posición más desventajosa que la de Espartero.

María Cristina no había entendido exactamente cuál debía ser su papel en una monarquía constitucional como árbitro imparcial en el juego de los partidos.

Estallaron en Barcelona, el dieciséis de julio del año 1840, estallan las primeras manifestaciones de protesta frente a la actitud de la Regente.

El general Espartero exigió a la Regente, el dieciocho de julio, la dimisión del gobierno y la anulación de la ley de Ayuntamientos. Aunque la Regente se mantenía firme, los ministros presentaron la dimisión.

Esto no fue suficiente para evitar el estallido de la revuelta, de tal manera que Barcelona se convirtió en cabeza de la protesta contra la Regente, que se vio obligada a huir a Valencia donde creía contar con el apoyo del ejército del centro.

Había estallado un manifiesto insurreccional en Madrid el uno de septiembre, a cargo de la Milicia Nacional, que ocupó los principales oficiales y se hizo cargo de la situación.

Se creó una Junta de Gobierno provincial presidida por el propio alcalde, Joaquín María Ferrer, cuya primera provisión fue declararse gobierno hasta que la Regente no nombrase a uno que satisficiera a los amotinados y ofrecerse al general Espartero, cuya aprobación se esperaba.

Hacia el ocho de septiembre se formaron Juntas revolucionarias en todo el país. El veintisiete de septiembre llegó Espartero a Madrid procedente de Barcelona. El recibimiento fue apoteósico. Se levantaron arcos triunfales en el paseo del Prado, se decoraron las fachadas de las casas con colgaduras y se construyó una gran columna conmemorativa en la Puerta del Sol.

Se declararon tres días de fiesta y se organizaron representaciones teatrales y corridas de toros. El triunfo de los progresistas y el encumbramiento de Espartero señalaban la terminación de la Regencia de María Cristina.

María Cristina no tuvo más remedio que nombrar un nuevo gobierno compuesto por progresista y presidido por Joaquín María Ferrer. Sin embargo, se dispuso a dimitir antes de aceptar las condiciones políticas que le propuso el nuevo gobierno.

El doce de octubre del año 1840, presentó la abdicación oficial y cinco días después embarcaba en el vapor Mercurio que la levaría a Francia, donde permanecería en el exilio, pero no ajena ni al margen del desarrollo de la vida política española.

EL MATRIMONIO MORGANÁTICO

El 28 de diciembre de 1833, a los tres meses de quedarse viuda contrajo matrimonio morganático [1] en secreto con un sargento de su guardia de corps, Agustín Fernando Muñoz y Sánchez. Fernando Muñoz entró en la guardia de Corps gracias a que su abuela paterna Eugenia Funes había sido nodriza de una de las hermanas del rey Fernando VII.

¿Cómo se conocieron María Cristina y Fernando Muñoz?

Hay dos versiones, la primera nos dice que una noche María Cristina se fijó en él y le preguntó si se cansaba, a lo que Fernando respondió “en servicio a su majestad no puedo cansarme nunca”. La respuesta satisfizo tanto a María Cristina, que enseguida quedó libre de servicio y ya la atendía nocturnamente en su lecho.

Fotografía de Fernando Muñoz
Fotografía de Fernando Muñoz

La segunda versión es el relato de su nieta María de la Paz Juana Amelia Adalberta Francisca de Paula Juana Bautista Isabel Francisca de Asís (otra característica de los Borbones es la amplia utilización de nombres como vemos en este ejemplo).

La historia decía, que la reina madre se encontraba paseando con su carruaje, yendo y viniendo de vacaciones, cuando a consecuencia de un bache se dio un golpe en la nariz y empezó a sangrar, entonces solicitó a su dama de compañía le facilitase un pañuelo y como ésta no lo tenía aceptó el de uno de los miembros de su escolta y así empezó la relación.

El sacerdote, que oficio la ceremonia, fue Marcos Aniano González, que era amigo del novio y siguió al matrimonio durante tres lustros, como capellán de Palacio y único confesor de María Cristina.

La ceremonia se celebró en el Palacio de Oriente, a las siete y media de la mañana, actuando como testigos el marqués de Herrera y Miguel López de Acevedo. Entonces María Cristina tenía veintisiete años y Fernando Muñoz veinticuatro.

María Cristina era muy religiosa y no quería vivir su relación con Muñoz fuera del matrimonio, pero si se casaba con él perdía sus títulos y sus privilegios.

Las sospechas transcendieron pese a los esfuerzos por mantener oculta la relación y el matrimonio secreto. María Cristina, que aparecía en numerosos actos públicos, intentaba disimular sus embarazos a base de emplear amplios vestidos, que ocultasen su abultado vientre Estas sospechas se debieron a los cinco embarazos de la Regente que delataban las relaciones con otra persona. Así se decía “La Regente es una dama casada en secreto y embarazada en público”.

Sus enemigos políticos y rivales los carlistas también le dedicaron coplillas alusivas a sus embarazos:

Clamaban los liberales
Que la reina no paría,
¡Y ha parido más muñecones
Que liberales había!

También fue famosa en esta época la canción popular dedicada a la Regente María Cristina y que todos hemos oído alguna vez:

María Cristina me quiere gobernar
Y yo le sigo, le sigo la corriente
Porque no quiero que diga la gente
Que María Cristina me quiere gobernar
.

No se sabe muy bien si eran los carlistas los que les cantaban la canción a los liberales o eran estos a los carlistas. Esta canción posteriormente fue usada mucho en Cuba

De este matrimonio nacieron ocho hijos, a los que la reina Isabel II concedió títulos nobiliarios:

  • María de los Desamparados Muñoz y Borbón 1834. Condesa de Vista Alegre.
  • María de los Milagros Muñoz y de Borbón. 1835, Marquesa de Castillejo
    • Agustín María Muñoz y de Borbón. 1837. Duque de Trancón, I Vizconde de Rostrollano y Príncipe de Ecuador.

» Fernando María Muñoz de Borbón. 1838. Vizconde de la Alborada y otros títulos.

  • María Cristina Muñoz y de Borbón. 1840. Marquesa de la Isabela y Vizcondesa de la Dehesilla.

Estos cinco hijos lo fueron durante su Regencia. Como no podía estar embarazada oficialmente al ser viuda, hizo que viviera largas temporadas apartadas en el palacio de Vista Alegre. Nada más nacer sus hijos, eran enviados a París donde eran atendidos por personal de confianza. Posteriormente, tuvieron otros tres hijos:

  • Antonio de Padua Muñoz y de Borbón. 1842.
  • Juan Muñoz y de Borbón. 1844. Conde del Recuerdo entre otros títulos.
    • José María Muñoz y de Borbón. 1846. Conde de Gracia y Vizconde de la Arboleda.

Enseguida comenzaron a llamar a Fernando Muñoz con el nombre de Fernando VIII. Si no tuvieron más hijos fue porque ya eran mayores pero no por su pasión sexual que era muy fuerte y mantenían el ardor de la juventud.

LOS NEGOCIOS DE LA PAREJA REAL

La gran pasión de María Cristina fueron los negocios y para ello contó con grandes personajes como el general Narváez y José de Salamanca. No dudó en desviar fondos estatales para sus inversiones particulares. Se decía que “no había proyecto industrial en el que la Reina madre no tuviera intereses”.

Fernando Muñoz fue el promotor de diversas empresas por todo el país, destacando las de ferrocarriles que por aquellos tiempos empezaban a abrirse camino, haciendo inversiones en este sector en Asturias. También creó numerosas empresas en torno al carbón en Siero y el valle del Nalón y creó la empresa Asturiana Mining Company que posteriormente sería transformada en la Fábrica de Mieres.

También participó activamente en el negocio de la sal, durante cinco años disfrutó del monopolio de dicho producto, lo cual le dio pingües beneficios. También participó en el negocio de los negreros, en compañía del el general Narváez, fundador de la Guardia Civil.

Obtuvo la concesión de la línea férrea Madrid-Aranjuez, que fue inaugurada, el siete de diciembre de 1851, que posteriormente se extendería hasta Albacete y Alicante. Como dice el historiador Pierre de Luz:

Monumento a María Cristina en Madrid
Monumento a María Cristina en Madrid

“En aquel momento, todo el mundo en Madrid juega a la bolsa, y es Salamanca quien dirige el baile. Ya ha arrastrado a Muñoz, y pronto asocia al mismo Narváez a sus combinaciones, a sus grandes golpes, a sus enormes ganancias… no existe en España un solo negocio industrial en que María Cristina o el Duque de Riánsares no tomen parte”.

Foto de María Cristina de Borbón
Foto de María Cristina de Borbón

María Cristina y Fernando Muñoz fueron enriqueciéndose con el dinero público, siendo acusados de abuso de poder y de aprovechar en su favor la información privilegiada de la que gozaban. Así supieron anticiparse a la crisis y se desprendieron de sus negocios asturianos un año antes de que fuera promulgado el Real Decreto donde se rebajaban los aranceles sobre los productos siderúrgicos, provocando el desastre de la siderurgia española.

María Cristina fallece el 22 de agosto de 1878. Su deseo era que fue enterrada con su marido Fernando Muñoz en Tarancón. Finalmente, fue enterrada en el Panteón de Reyes de El Escorial, dado que con la llegada de Alfonso XII al trono fue esposa, madre y abuela del rey.


[1] Se conoce como matrimonio morganático a la unión realizada entre dos personas de rango social desigual, por ejemplo, entre príncipe y condesa o entre noble y plebeyo, en el cual se impide que el cónyuge y cualquier hijo de dicha unión herede u obtenga los títulos, privilegios y propiedades del noble. Es un término referido a las convenciones sociales y culturales propias del Antiguo Régimen. Era conocido también como «matrimonio de la mano izquierda» porque en este tipo de matrimonio el novio sostenía la mano derecha de la novia con la suya izquierda, cuando lo normal es hacerlo al revés.

La regencia de María Cristina de Borbón, su acción política y su lado oscuro (1833-1840)