miércoles. 24.04.2024

Cierre de webs: la Comisión ordena y la Audiencia tutela

El Consejo de Ministros ha decidido que sea la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional la encargada de garantizar la revisión judicial de las medidas restrictivas que el Ministerio de Cultura propondrá contra las páginas web denunciadas por atentar contra la propiedad intelectual.
NUEVATRIBUNA.ES - 8.1.2010

El Gobierno ha dado luz verde al procedimiento abreviado para actuar contra estas páginas web que se prevé dure unos cuatro días.

Lo que se ha hecho este viernes es modificar la disposición adicional de la Ley de Economía Sostenible que levantó la polémica entre los internautas porque remitía la decisión del cierre a un órgano administrativo sin la participación del juez. Pero lo que finalmente se ha aprobado no supone una variación sustancial de los aspectos más cuestionados de la norma, ya que será la Comisión de Propiedad Intelectual creada por el ministerio de Cultura quien tome la iniciativa de actuar contra las páginas web que distribuyan contenidos cuyos derechos no detentan.

La Comisión constará de una segunda sala que estará formada por entre 4 y 6 personas: un juez de prestigio (en excedencia o servicios especiales) que haya presidido algún importante tribunal, alguien del mundo tecnológico, representantes de los usuarios (internautas), consumidores y creadores. Esta segunda sala gestionará las denuncias y, una vez comprobadas, se enviarán dos avisos a la web. Si ésta no responde o corrige la actividad, retirando el contenido denunciado, la instrucción será enviada al juez, concretamente a la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional.

La abogada Paloma Llaneza explica el procedimiento en "Porra sobre La Ley Sinde".

En el Ministerio de Cultura creen que centralizar en un solo juzgado los procedimientos relativos a estas medidas restrictivas permitirá que la Sala se especialice y que en muy pocos meses haya una jurisprudencia consistente para decantar el mejor criterio en los casos en los que pueda entrar en conflicto la restricción de acceso a páginas web con la protección de los derechos y libertades fundamentales. Pero lo cierto es que el juez no entrará en el fondo de la cuestión, sobre si se vulnera o no la propiedad inelectual de un contenido. La Audiencia Nacional sólo garantizará que la medida restrictiva no daña o conculca la libertad de expresión o cualquier otro derecho fundamental protegido por la Constitución. Así, la Sala tendrá 4 días para notificar, oír a las partes y decidir si se aprueban o suspenden las medidas restrictivas propuestas por Cultura. Todo apunta a que en los primeros meses de funcionamiento, la Audiencia Nacional va a tener mucho más trabajo.

Una vez comprobado que se protegen todos los derechos y libertades fundamentales se tomará la decisión correspondiente y el proceso sigue un curso legal. Es decir, las medidas entrarían en vigor de manera cautelar para proteger el contenido de mayores daños, pero las partes aún tendrían oportunidad de recurrir las medidas (la web) o solicitar indemnizaciones (el creador o productor) a los que hayan infringido la ley, dentro de un proceso civil ordinario, que se prologará a buen seguro durante años.

En la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, el titular de Justicia, Francisco Caamaño, ha explicado que los procedimientos más ágiles que tiene el sistema judicial español "son los que tienen que ver con la protección de los derechos fundamentales". "Dentro de ellos hay uno que es muy rápido, el más rápido: al que se hace referencia creándose un nuevo artículo, el 122, en la Ley Jurisdicción Administrativa, que es donde se regula el procedimiento de protección de los derechos fundamentales de los españoles". Ese procedimiento será el que diga al juez "que tiene el plazo máximo de cuatro días, una vez reciba el informe de la Comisión, para convocar a las partes y decidir si se puede adoptar o no alguna medida en bloqueos al acceso a páginas, si se están vulnerando derechos que afecten a la propiedad intelectual". "Por tanto agilidad, eficacia y máximas garantías", ha resumido el ministro, señalando que es "lo mejor que podemos hacer para armonizar los derechos fundamentales".

Caamaño ha apuntado que para atribuir esta herramientas al juez "hay que modificar la Ley Orgánica del Poder Judicial" por eso el Consejo ha aprobado un "proyecto complementario" a la Ley de Economía sostenible "precisamente para atribuir esa competencia de control previo, de autorización previa, a los jueces de manera clara e inequívoca". Y ha insistido en que siempre será "necesaria" la autorización judicial previa para poder tomar la decisión de bloquear una página web, a través de "un procedimiento ágil que dura como máximo cuatro días y en el que el juez tiene que oír a las partes y tomar una resolución sobre si acuerda la medida o no".

Tras la aprobación en el Consejo de Ministros, el paquete de medidas pasará el visto bueno del Consejo de Estado y del Consejo General del Poder Judicial y continuará el trámite, junto con la Ley de Economía Sostenible. Mientras tanto, el Ministerio de Cultura redactará el Reglamento en el que se fundará la sala 2 de la Comisión de Propiedad Intelectual y se desarrollarán las medidas y el funcionamiento administrativo que las rodea. Se espera que la reforma entre en vigor después de verano, pasada la Presidencia Española de la UE.

Cierre de webs: la Comisión ordena y la Audiencia tutela