jueves. 28.03.2024
15 DE MARZO | DíA MUNDIAL DEL CONSUMIDOR

¿El consumidor es soberano en su toma de decisiones cotidianas?

Por María Rodríguez | El 15 de marzo de 1.962 el entonces Presidente de EE.UU John. F. Kennedy en un discurso en el Congreso de su país, intervino fijando lo que podrían considerarse los derechos básicos de los consumidores...

El próximo 15 de marzo se conmemora el Día Mundial del Consumidor. La historia de los derechos del consumidor es una historia reciente, surgen las primeras asociaciones de consumidores después de la  2ª Guerra Mundial, aunque podemos encontrar antecedentes de las mismas en el movimiento cooperativo de principios del siglo XX, pero con las características actuales de nos estamos refiriendo a un movimiento joven desde el punto de vista histórico.

El 15 de marzo de 1.962 el entonces Presidente de EE.UU John. F. Kennedy en un discurso en el Congreso de su país, intervino fijando lo que podrían considerarse los derechos básicos de los consumidores, ya que era el único grupo (interclasista) importante, cuyas opiniones “a menudo no son escuchadas”.

Con el paso del tiempo los derechos de los consumidores se han ido concretando, tal y como declara Consumers International (única organización mundial de consumidores), y como queda recogido en las Directrices para la Protección del Consumidores de Naciones Unidas, en ,al menos, ocho derechos básicos:

Derecho a la satisfacción de las necesidades básicas: tener acceso a bienes y servicios básicos esenciales, adecuados alimentos, ropa, vivienda, atención de salud, educación, servicios públicos, agua y saneamiento.
Derecho a la seguridad: ser protegido contra productos, procesos de producción y servicios peligrosos para la salud o la vida.
Derecho a ser informad@: acceder a los datos necesarios para poder hacer elecciones informadas y ser protegidos contra la publicidad y etiquetados deshonestos o engañosos.
Derecho a elegir: poder elegir entre un rango de productos y servicios, ofrecidos a precios competitivos con la garantía de seguridad y buena calidad.
Derecho a ser escuchad@s: los intereses de los consumidores deben estar representados en la aplicación de políticas gubernamentales y en el desarrollo de productos y servicios.
Derecho a la reparación: recibir resoluciones justas por demandas justas, incluyendo la compensación por bienes mal fabricados o servicios insatisfactorios.
Derecho a la educación como consumidores: adquirir conocimientos y habilidades necesarias para estar informados y hacer elecciones apropiadas sobre bienes y servicios y, al mismo tiempo, ser conscientes de los derechos y responsabilidades básicas de los consumidores y saber cómo actuar sobre ellos.
Derecho a un ambiente saludable: vivir y trabajar en un ambiente que no amenace el bienestar de las generaciones presentes ni futuras.

Igualmente frente a esos Derechos, los consumidores tenemos también responsabilidades:

Conciencia crítica.- los consumidores deben ser sensibilizados para hacer más cuestionamientos acerca de la entrega y la calidad de bienes y servicios.
Participación o acción.- los consumidores deben involucrarse y actuar para garantizar que reciban un trato justo.
Responsabilidad social.- los consumidores deben actuar con responsabilidad social, con preocupación y sensibilidad hacia el impacto de sus acciones sobre las demás personas, en particular en relación con los grupos vulnerables de la comunidad y en relación con las realidades económicas y sociales existentes.
Responsabilidad ecológica.- debe de haber una mayor sensibilidad a los impactos de las decisiones de consumo sobre el medio ambiente físico, el cual debe ser desarrollado de manera armoniosa, promoviendo la conservación como el factor más importante en la mejora de la calidad real de vida de la población para el presente y el futuro.
Solidaridad.- las mejores y más eficaces acciones se producen mediante esfuerzos de cooperación dirigidos a la formación de organizaciones de consumidores / ciudadanía que juntos pueden tener la fuerza y la influencia para garantizar que se preste la debida atención a sus intereses.

En esta segunda década del siglo XXI ¿es el consumidor soberano? ¿Qué entendemos por un consumidor soberano?

El consumidor desea poder determinar él mismo que productos y servicios necesita para poder satisfacer de forma óptima sus propias necesidades, teniendo así en sus manos el control sobre sus elecciones y su propia vida, esa es la teoría, ello va intrínsicamente ligado a la conciencia en cuanto a la responsabilidad por las necesidades de la sociedad y de los demás.

Cuanto más soberano sea el consumidor, mayor responsabilidad debe aceptar para evitar que determinadas elecciones constituyan un obstáculo o que vayan en detrimento de la soberanía de otros.

Además de la soberanía y la responsabilidad, es necesario luchar por la igualdad de condiciones con respecto a quién vende y/o fabrica. El consumidor opera como individuo en el mercado y se enfrenta a un productos/empresario organizado. Ello significa que los consumidores deben poder disponer de los instrumentos adecuados para poder elegir correctamente, y con ello poder influir sobre el comportamiento de otros actores del mercado.

Soberanía, responsabilidad e igualdad de condiciones constituyen los valores básicos, de ahí los llamados derechos del consumidor, de ahí la necesidad de que todos los 15 de marzo (desde hace 52 años) los consumidores planteen reivindicaciones a nivel mundial/global y nacional para conseguir influenciar el mercado.

Con motivo de este próximo 15 de marzo Consumers Internacional (organización que aglutina a 240 organizaciones de consumidores en 120 países), desarrollará una campaña mundial bajo el título COMPAÑÍAS DE TELEFONÍA: ¡!DESBLOQUEEN nuestros derechos!!

El próximo 15 de marzo hablaremos de ella.

¿El consumidor es soberano en su toma de decisiones cotidianas?