La CNMC multa con 182.716 euros a la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid (APAM)

Encargó un estudio a un departamento universitario de Economía Aplicada para evitar la competencia en precios entre autoescuelas, considerada “desleal” por la APAM

La actuación ha dañado las condiciones de competencia en las autoescuelas de Alcalá de Henares y otras localidades, dice la CNMC

La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha sancionado con 182.716 euros a la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid (APAM) por una recomendación colectiva de precios a sus asociados, conducta prohibida por el artículo 1 de la Ley 15/2007 de 3 de Julio, de Defensa de la Competencia.

El expediente tuvo su origen en la denuncia interpuesta por un particular en octubre de 2013 contra nueve autoescuelas de Guadalajara, posteriormente  ampliada a otras cinco autoescuelas de Guadalajara y cinco en Alcalá de Henares, por acordar y unificar precios en la matrícula y las clases prácticas para la obtención del permiso de conducir clase B.

En aplicación  de la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia, en enero de 2014 el expediente se dividió en dos: uno correspondiente la investigación del acuerdo de precios entre las autoescuelas domiciliadas en Alcalá de Henares, que correspondió a la Comunidad de Madrid (Dirección General de Economía y Política Financiera), mientras que la investigación sobre las autoescuelas de Guadalajara fue para la propia CNMC (expediente S/0497/13).

Tras una  propuesta inicial de archivo por parte del Servicio de Defensa de la Competencia de Madrid y la indicación  por parte de la CNMC de continuar con la investigación, se completó la instrucción del expediente y quedó acreditado que fue la Asociación Provincial de Autoescuelas de Madrid (APAM) quien llevó a cabo una conducta prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) mediante la recomendación de precios a sus asociados desde 2011.

En concreto, la CNMC considera que la unificación de precios denunciada  habría sido fomentada y facilitada por la Asociación a través de distintas acciones y recomendaciones para homogeneizar y fijar precios. Así, la APAM encargó en 2011 a un catedrático de Economía Aplicada un estudio económico sobre precios para evitar la competencia entre autoescuelas que consideraba “desleal”. La Asociación posteriormente difundió el estudio entre sus asociados a través de distintos medios (certificados gremiales sobre lucro cesante, guías orientativas sobre precios a las autoescuelas asociadas, etc.)

La CNMC considera que la actuación de la APAM a través de la recomendación de precios acreditada ha dañado sustancialmente las condiciones de competencia entre las autoescuelas radicadas en Alcalá de Henares y, posiblemente, en otros municipios y localidades de la Comunidad de Madrid.

El Estudio Económico sobre precios encargado y difundido por la APAM actúa exclusivamente como un indicador de precios mínimos entre las autoescuelas asociadas, que tiene como objeto y efectos evitar la competencia entre las mismas. En la Comunidad de Madrid se ha acreditado la existencia de más de 500 centros de conducción con una estructura de ingresos y costes claramente diferenciada (por localización, número de empleados y alumnos, estructura empresarial, etc.), por ello el objetivo de difundir un precio único aplicable a todas las autoescuelas para evitar pretendidas situaciones de “competencia desleal” por venta a pérdida resulta contrario a la LDC.

En consecuencia, la CNMC ha impuesto a la APAM una multa de 182.716 euros, por haber llevado a cabo una conducta prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia. Además, la CNMC intima a la Asociación a que suprima de sus estatutos el artículo 4.12, que señala que entre las funciones de la Asociación se encuentra la de “Participar en la regulación de precios y costes de esta modalidad de enseñanzas”.

La CNMC también solicita a la Asociación que en el futuro se abstenga de realizar conductas semejantes y le ordena la difusión entre sus asociados del texto íntegro de esta Resolución.

Además, la Comisión insta a la Dirección General de Economía y Política Financiera de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda de la Comunidad de Madrid, para que vigile y cuide del cumplimiento íntegro de esta Resolución

Debido a que todas las prácticas investigadas estaban limitadas al territorio de la Comunidad de Madrid, la investigación e instrucción del expediente se realizó por parte de la administración autonómica de Madrid, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 1/2002, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Defensa de la Competencia.

No obstante, en virtud del convenio de colaboración suscrito entre la CNMC y la Comunidad de Madrid, la resolución del expediente ha correspondido a la Sala de Competencia de la CNMC. La CNMC ha acordado esta forma de colaboración con varias Comunidades Autónomas (Murcia, Canarias y Navarra, además de Madrid).

La CNMC recuerda que contra estas Resoluciones no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.


Fuente: CNMC