jueves. 25.04.2024
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La autorregulación publicitaria es un elemento más de la Responsabilidad Social Corporativa de las empresas, entendiéndola como el compromiso de responsabilidad social adquirido por la industria que se plasma en el cumplimiento de determinados principios y normas legales y deontológicas.

El objetivo perseguido es que la actividad publicitaria se realice de forma veraz, legal, honesta y leal, todo ello en beneficio de los consumidores, de los competidores y del mercado, en general. De este modo en 1995, los principales anunciantes, agencias, medios de comunicación y asociaciones españolas crearon la Asociación para la Autorregulación de la Comunicación Comercial (en adelante, AUTOCONTROL) cuya misión es gestionar el sistema de autorregulación publicitario español.

Los sistemas de autorregulación como AUTOCONTROL son la respuesta de la propia industria a la exigencia de la sociedad para que existan unas garantías de confianza y credibilidad en la publicidad. Los consumidores se benefician de la autorregulación, que les garantiza una publicidad responsable, a través de un sistema de reclamaciones que es gratuito para consumidores, organizaciones sociales y Administración Pública y que resuelve un jurado formado por expertos independientes de forma ágil y eficaz. El Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL está compuesto por profesionales de prestigio con reconocida cualificación en los sectores del Derecho, la Comunicación Comercial y la Economía, y desarrolla su actividad guiado por los principios de independencia y transparencia. El Instituto Nacional de Consumo participa en la selección del 25% de sus componentes. Por su parte, la industria también se beneficia al disminuir los actos de competencia desleal. En los últimos 18 años, el Jurado de la Publicidad ha resuelto más de 3.000 casos, en un plazo medio de 15 días, haciendo innecesario el recurso a los Tribunales. A ello se suman las casi 85.000 consultas previas para verificar la corrección de proyectos de anuncios antes de su emisión.

Además, AUTOCONTROL trabaja también en la autorregulación en el ámbito digital, para lo que cuenta con un nuevo servicio de consultoría técnica y jurídica cuyo objetivo es adecuar el uso de las cookies a la nueva normativa, llamado AUTOCONTROL Cookie Advice®. Se trata de un servicio de consultoría técnica y jurídica para ayudar a las empresas y a los responsables de páginas web en general a adaptarse a las nuevas exigencias legales establecidas en el artículo 22.2 de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) para la utilización de las cookies y dispositivos similares, y de conformidad con los criterios y directrices recogidos en la “Guía sobre el uso de las cookies” adoptada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), conjuntamente con AUTOCONTROL, adigital e IAB Spain. En este sentido, la AEPD y AUTOCONTROL han firmado recientemente un acuerdo de colaboración para la cooperación mutua en el seguimiento de la correcta utilización de cookies en los dispositivos terminales de los usuarios y la detección, corrección y supresión de aquellas prácticas en este ámbito que no se adecúen a las obligaciones legales que les sean de aplicación, con el objetivo de beneficiar a los usuarios finales y evitar que las empresas incumplan la normativa vigente.

Por otra parte, el sistema de resolución de controversias de AUTOCONTROL, el Jurado de la Publicidad,  es el único organismo privado español que ha sido reconocido por la Comisión Europea por cumplir los requisitos y principios de independencia, transparencia, contradicción, eficacia, legalidad, libertad de elección y derecho de representación por parte del consumidor, establecidos en la Recomendación 98/257/CE. Asimismo, destacar que AUTOCONTROL coopera con múltiples organismos de la Administración Pública española, mediante convenios de co-regulación que procuran el cumplimiento de las leyes y códigos éticos que afectan a la publicidad.

La participación en los sistemas de autorregulación, a través de los cuales se establecen códigos de conducta deontológicos que son voluntariamente asumidos por las empresas que se adhieren al sistema, son un elemento esencial de la responsabilidad social corporativa. Así queda establecido en varios Informes y Documentos, entre los que se encuentra, por ejemplo, la “Guía para la Elaboración de Memorias de Sostenibilidad” de la Global Reporting Initiative. Siguiendo esta Guía, algunas de las más importantes empresas de nuestro país ya han integrado en su informe anual de RSC los datos relativos a su participación en el sistema de autorregulación publicitaria de AUTOCONTROL. Además con el fin de contribuir a acreditar el compromiso de las empresas en este ámbito, AUTOCONTROL emite anualmente a sus socios un certificado de RSC que les permite destacar en su Memoria o Informe Anual de Responsabilidad Corporativa que su empresa asume el compromiso ético de ejercer responsablemente la libertad de comunicación comercial, participando en el sistema español de autorregulación publicitaria.

Como novedad, en los últimos años se ha venido emitiendo, junto con el certificado de RSC y a los socios que lo solicitaron, el distintivo público “Igualdad en la Empresa”. En este certificado se acreditaba el número de casos resueltos durante el último año por el Jurado de la Publicidad de AUTOCONTROL, iniciados por reclamaciones dirigidas contra una publicidad de la que es responsable la empresa por razón de discriminación de género. De este modo, se ha facilitado que las empresas cumplieran una de las exigencias previstas por el Artículo 6 c) del RD 1615/2009, de 26 de octubre, por el que se regula la concesión y utilización del distintivo “igualdad en las Empresas”, desarrollando el art. 50 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.


José Domingo Gómez Castallo, director general de AUTOCONTROL

La autorregulación publicitaria como compromiso de responsabilidad social