viernes. 26.04.2024
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Oriol Junqueras

Oriol Junqueras ha recibido la mayor condena, 13 años de cárcel, en la sentencia del juicio del ‘procés’. El Tribunal Supremo le atribuye el “liderazgo” del proceso en la fecha de los hechos en que ejercía como vicepresidente y consejero de Economía y Hacienda de la Generalitat de Catalunya.

El Supremo considera probado el delito de sedición por la propia declaración del acusado que “admitió la realidad de los hechos”, si bien “reivindicó la legitimidad de su actuación y la ausencia de cualquier responsabilidad criminal”.

El tribunal cree que “su destacado papel en el proceso” que condujo a la “inobservancia de las leyes y al contumaz desprecio a las resoluciones del Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña”, se deduce no solo por su cargo en el Govern, sino también por su condición de liderazgo como presidente de ERC.

"La notificación personal de las resoluciones del TC y la pertinaz desatención por el acusado a todos los requerimientos, despeja cualquier duda acerca de su control del proceso de creación legislativa y reglamentaria que hizo posible la celebración del referéndum declarado ilegal"

El TS le atribuye el control de lo ocurrido en las manifestaciones del 20 de septiembre de 2017 que impidieron el cumplimiento de las resoluciones y el 1 de octubre de 2017, fecha de celebración del referéndum ilegal, suspendido por el Tribunal Constitucional y prohibido por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

Junqueras “promovió y participó activamente” en la aprobación de la Ley 19/2017, 6 de septiembre, reguladora del referéndum de autodeterminación y de la Ley 20/2017, de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República, señala.

Asimismo, explica que las providencias de suspensión fueron notificadas personalmente con dichas advertencias a los miembros de la Mesa y del Gobierno, y que, pese “a la constancia fehaciente de esos requerimientos, el acusado Oriol Junqueras, en su condición de vicepresidente y junto con la totalidad de los integrantes del Gobierno de la Generalitat, firmó el 6 de septiembre de 2017 el Decreto 139/2017, de convocatoria del referéndum".

El Supremo afirma que "la notificación personal de todas esas resoluciones del Tribunal Constitucional y la pertinaz desatención por el acusado a todos los requerimientos que le fueron dirigidos, despeja cualquier duda acerca de su control del proceso de creación legislativa y reglamentaria que hizo posible la celebración del referéndum declarado ilegal".

Además señala que “está acreditado” según los testimonios del jefe de los Mossos, Josep Lluis Trapero, y de los comisarios Ferrán, Molinero, Quevedo y Castellvi, que el acusado, en su condición de vicepresidente del Govern, estuvo presente en la reunión que tuvo lugar el día 28 de septiembre de 2017, celebrada a instancia de aquellos mandos policiales, con el objetivo de “informar a los miembros del Ejecutivo del importante riesgo para la seguridad que podía derivarse de la constatada presencia de colectivos radicales y de la movilización de una cifra de personas próxima a los dos millones”. En este sentido, el Supremo explica que “la alta probabilidad de enfrentamientos con las fuerzas policiales encargadas de cumplir el mandato judicial hacía aconsejable -a juicio de los mandos policiales- la suspensión de la votación prevista para el día 1 de octubre. Pese a ello, la decisión de los miembros del Govern presentes en esa reunión fue la de seguir adelante con el referéndum", entre ellos el entonces presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, al que el Supremo llama "procesado rebelde, que "manifestó a todos los presentes que si el día 1 de octubre se desataba la violencia declararía la independencia".

Por todo ello, afirma el Alto Tribunal "la voluntad sedicente del acusado Oriol Junqueras y la representación de esos graves incidentes se infiere con facilidad, no ya de los términos en que se desarrolló esa reunión, sino del hecho objetivo de que el día anterior el Tribunal Superior de Justicia había dictado un auto -cuya existencia fue puesta de manifiesto en el encuentro entre responsables políticos y mandos policiales- en el que se acordó prohibir la realización del referéndum y ordenar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad -Mossos d`Esquadra, Guardia Civil, Cuerpo Nacional de Policía y Policía Local- que incautaran el material, cerraran los colegios e impidieran la votación".

El Supremo atribuye a Oriol Junqueras el “liderazgo” del ‘procés