sábado. 20.04.2024
 

La primera cosa que llama la atención de esta reforma de la reforma laboral del gobierno de Rajoy del 2012 es que se ha presentado como un hecho positivo la novedosa circunstancia de que haya sido con acuerdo entre las partes, es decir, entre sindicatos y patronal, con el Gobierno mediando entre ambos pero con una participación importante en el acuerdo con el tema de los ERTEs y alentando su consecución.

Que haya habido acuerdo por sí mismo no tiene que representar un avance necesariamente para, en este caso, los trabajadores asalariados. Es posible que ese acuerdo venga forzado desde la UE para facilitar la pronta llegada de los fondos de la Next Generation UE y otros deseos comunitarios pero, salvo por este aspecto importante, no significa que el acuerdo tenga más contenido social por ser un acuerdo. Más bien todo lo contrario, porque todo acuerdo supone una cesión de las partes. Cuando el gobierno del PP hizo la reforma no tuvo en cuenta las aspiraciones de los sindicatos como representantes de los trabajadores.

Y la pregunta es inmediata: ¿por qué la reforma del 2012 fue buena para una de las partes –la patronal cuando se hizo sin acuerdo– y por qué, sin embargo, va a ser esta tan buena para una de las partes –sindicatos y, por ende, trabajadores– hecha con acuerdo?

Un mal acuerdo puede ser peor que un sin acuerdo. Ahora gobierna la izquierda: ¿por qué ahora hay que acordar y no hacer lo mismo que hizo la derecha, es decir, legislar, en este caso, desde el lado de la izquierda, sin acuerdo con la patronal?

Ahora vayamos punto por punto. La reforma de la reforma del nuevo año se presenta en 4 grandes apartados: la ultraactividad de los convenios, los nuevos ERTEs o el nuevo mecanismo que lo sustituye, los cambios legislativos en la contratación y las subcontratas.

Desde luego lo más positivo es la llamada ultraactividad del convenio. El gobierno del PP quitó el convenio a los trabajadores si, pasado un año sin acuerdo entre la empresa y sus trabajadores, no se llegaba a otro. En este caso el convenio vigente dejaba de tener valor, fenecía jurídicamente. La reforma del gobierno de coalición de izquierdas ha recuperado lo que quitó a todos los asalariados –muchos de los cuales, a pesar de todo, siguen y seguirán votando al PP– la garantía del convenio del sector para que, fuera cual fuera los acuerdos de cada empresa con sus trabajadores, el convenio garantizara el mínimo y su cobertura, de tal forma que los posibles acuerdos o imposiciones del patrón que fuera contra el convenio se convertía en el aspecto tocado en acuerdo nulo. Claro está que ese era el mínimo que podía esperarse de un gobierno de izquierdas, sea de coalición o de monopartido. Estaba cantado que eso iba a ser así y cabe esperar que la patronal no lo ha discutido porque sabía que se impondría con o sin acuerdo: para la patronal era una batalla perdida, aunque ha procurado que fuera la única. La reforma de Rajoy dejó a los trabajadores al albur de sus patronos pasado ese año sin acuerdo; ahora se ha recuperado la red que se inutilizó en el  2012.

El otro aspecto es el nuevo mecanismo de los ERTEs llamado Mecanismo Red que permite exenciones de hasta el 90% en las cotizaciones a la Seguridad Social para las empresas que detengan su producción por causas de fuerza mayor pero que no despidan, aunque para llegar a ese nivel de exención ha de pasar por cantidades menores cada cuatro meses. Esto tiene la enorme ventaja para los trabajadores de que las empresas tienen la opción de mantener la ocupación durante más tiempo en casos de ¿fuerza mayor? en lugar de recurrir inmediatamente al despido de sus trabajadores –principalmente los temporales–, con el perjuicio social y humano que eso supone. Además eso tuvo un nefasto impacto en la caída de la demanda consiguiente al caerse parte de las rentas, sin que fueran sustituidas por otras. Eso ocurrió en la crisis  iniciada en el 2008 y que, en España, no se recuperó el empleo hasta el año 2019. 

Muy diferente ha sido la respuesta del gobierno de izquierdas con la crisis del covid que, con el mecanismo de ayudas mediante los ERTEs –y otras medidas como las monetarias y crediticias del BCE– ha permitido que los niveles de ocupación según cotizantes se hayan recuperado en 2 años. Una diferencia brutal entre la austeridad de la derecha –en España el PP– y la política keynesiana, tanto desde el lado del gasto como desde el crédito, acometida en Europa, en USA, etc., y en España desde la izquierda, pero fuera también desde otras alternativas. El aspecto negativo del recurso a los fondos públicos es que su consiguiente aumento de la deuda pública lo deberemos pagar con impuestos tarde o temprano.

La ventaja española es que la presión fiscal en España está a 7 punto porcentuales atrasada de la media europea y a más de los países más avanzados. Una buena ocasión para modernizar y actualizar nuestro sistema fiscal, que permitirá avanzar en el crecimiento a través del factor de estabilización que supone el gasto público y, sobre todo, en la redistribución de la renta y la riqueza. Otro aspecto muy positivo es que este Mecanismo RED depende de los poderes públicos y eso dificultará el fraude empresarial en la obtención de las exenciones, sin esperar a que supuestos inspectores investiguen las actuaciones irregulares empresariales, muy generalizadas en el empresariado español.

Pero a partir de aquí todo lo acordado es más que discutible. Partimos en España de que hay un fraude importante en el uso de los contratos y del abuso de los comportamientos empresariales en las condiciones de trabajo, principalmente en el tiempo de trabajo. Llevamos décadas esperando que eso lo arregle la inspección de trabajo o, en algunos casos, los fiscales, y esas soluciones no llegan. En España hay 2.919.000 empresas, la inmensa mayoría de las cuales son pequeñas o familiares empresas, donde los trabajadores están vendidos en la defensa de sus derechos laborales, donde no tienen representación sindical, y no hay manera administrativa ni gasto administrativo que puede avanzar en el control de esos comportamientos mediante la inspección. Pensar que con una mayor actividad inspectora se va a solucionar el problema es de una ingenuidad insoportable. Esa batalla la podemos dar por perdida. Hay otro mecanismo del que luego hablaré y que no se implementa.

Desaparece con la reforma el contrato por obra y servicio que permitía a un trabajador tenerlo en precario y temporalmente durante 3 años y hasta 4 si lo contemplaba el convenio. Adéu contrato por obra y servicio y que no vuelva. Pero el problema es que viene su sustituto o varios de ellos como, por ejemplo, con el contrato fijo-discontinuo. Ya existía, pero se quiere potenciar para actividades que solo son importantes en determinados períodos del año. Se le quiere incluir entre los contratos indefinidos pero eso es falso, es un contrato temporal aunque no tenga la arbitrariedad del mero temporal. Otro contrato que sustituirá al aludido en la práctica es el de circunstancias de la producción, que solo será entre 6 meses y 1 año si lo contempla el convenio; en caso contrario se limita a 3 meses.

Hay más contratos que actualmente permiten o son proclives al fraude como es el de formación, que puede durar entre 3 meses y ¡2 años!: un desastre. En primer lugar los empresarios españoles, en su inmensa mayoría, no están cualificados para formar a sus empleados; en segundo lugar no tienen tiempo para ello; en tercer lugar no tienen ningún interés. Con los bajos costes de los diversos contratos temporales que permiten el fraude no necesitan fidelizar a sus trabajadores. Empresas como Mercadota son la excepción y no la regla. Los contratos de sustitución y por circunstancias de la producción se limitan en el tiempo o se exige el nombre del trabajador sustituido. Son pasos timoratos en la lucha contra el fraude, pero no lo evita en absoluto.

Y lo peor quizá sea lo de la subcontratación, quizá el mayor mecanismo de fraude digamos legal contra los trabajadores, sobre todo si, como ocurre con el acuerdo, el convenio que regirá al personal que sufre la subcontratación sea el de la empresa subcontratada, porque lo normal es que el convenio de esta empresa sea peor que el de la empresa subcontratista.

Se trata en este caso de una reinvidicación empresarial. Un mecanismo de lucha contra el fraude sería que las empresas solo pudieran subcontratar aspectos de la producción distintas de la actividad principal de la empresa subcontratista. Aspectos empresariales como la contabilidad, temas fiscales o de asesoría y, en todo caso, la ley debiera contemplar que el convenio a aplicar fuera el mejor de los dos sectores si es que son distintos. En caso contrario –como ocurría y ocurrirá– mucha subcontratación no se hará por estrategia o eficiencia empresarial o necesidad organizativa, sino para pagar menos a los empleados, es decir, para ahorrar coste. Un fiasco.

Pero será el tiempo, los próximos años los que tendrán algo que decir sobre la bondad de la reforma en la lucha contra el fraude independientemente del aumento o disminución del empleo

Y el caso que existe un mecanismo simple que podría evitar todo esto y que permitiría que la inspección se fijara en menos aspectos y hacerla más eficiente. El mecanismo consistiría en encarecer la contratación temporal. No son necesarios tantos tipos de contratos porque todos se reducen a dos: o contratos indefinidos o contratos temporales. El problema es que con la legislación actual todas las ventajas las tiene la contratación temporal: no tiene costes de despido o son muy bajos y también suelen tener costes mensuales más bajos.

Todo el acuerdo –y con más agravamiento con la legislación anterior del PP– se basa en la bondad de la parte empresarial para el cumplimiento del acuerdo. Eso, además, pone en dificultades competitivas a aquellas empresas y empresarios que sí están dispuestos a cumplir con la ley, a pagar las cotizaciones íntegramente y lo mismo con los impuestos, sin prolongación fraudulenta del tiempo de trabajo, sin trabajo en negro, sin subcontratación para pagar menos salarios, con mantenimiento de las condiciones de trabajo compatibles con la organización del trabajo. En el capitalismo español, en el acostumbramiento empresarial que viene de décadas, ser honrado y cumplidor supone un coste adicional.

Por eso un mecanismo para combatir todo esto sería encarecer significativamente el contrato temporal mediante varios mecanismos. Desde luego el primero sería aumentar la diferencia relativa de la cotización entre la contratación temporal respecto a la indefinida. Imaginemos una contratación temporal que supusiera un coste adicional de un 30% respecto a la indefinida. El empresario tendría dos opciones claramente diferenciadas: o contratos indefinidos con costes mensuales menores pero con costes de despido o contratos temporales sin costes de despido –o muy bajos– pero con costes mensuales significativamente más altos. No sería necesario establecer una casuística que dependiera de la buena fe para su cumplimiento, no serían necesarios más que dos tipos de contrato. Además este mecanismo permitiría graduar la acción del gobierno de turno –si es de izquierdas, claro–, empezando con una diferencia de costes relativa baja e ir aumentándola si no se ve la disminución o estabilizando esa diferencia si la reducción es significativa. El otro mecanismo diferenciador sería el del salario mínimo, estableciendo más alto el correspondiente al contrato temporal. Otro mecanismo más que ayudaría al cumplimiento sería la sustitución de las sanciones administrativas mediante multas por la consideración de delito para incumplimientos laborales, sobre todo en los casos más gravosos.

Pero será el tiempo, los próximos años los que tendrán algo que decir sobre la bondad de la reforma en la lucha contra el fraude independientemente del aumento o disminución del empleo; con el tiempo se verá si dejamos de doblar la contratación temporal relativa respecto a Europa. Hasta ahora el tiempo ha dictado su juicio sobre la legislación temporal en España y es el de un desastre para la parte laboral y un acierto para la empresarial. El problema del acuerdo que comentemos es, por tanto, la dirección como la intensidad del camino. En algunos casos no parece acertada y, en casi todos los casos, parece insuficiente. Veremos.

         

Reforma de la reforma laboral, ¿avance o fiasco?