viernes. 19.04.2024
sanitarios

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un Real Decreto-Ley que reúne medidas urgentes en diversos ámbitos de la lucha de nuestro país contra el COVID-19. Por un lado, se extienden algunas de las ya decretadas anteriormente, como las del ámbito agrario, y por otro se añaden nuevas decisiones en el terreno laboral, económico y tributario, "con el fin de aliviar el impacto de la crisis en el tejido productivo español y reforzar la protección de los colectivos más expuestos en esta crisis, como lo son los sanitarios", señala el Gobierno.

Aplazamiento de obligaciones tributarias

-Aumenta de tres a cuatro meses el periodo de aplazamiento de impuestos para pymes y autónomos sin intereses.

-El aplazamiento podría alcanzar los seis meses, lo que implica que más de la mitad del periodo de aplazamiento no soportaría ningún recargo para esos contribuyentes.

-Las empresas que no hayan podido aprobar sus cuentas anuales antes de que termine el plazo de declaración del Impuesto de Sociedades podrán presentarlo con las cuentas disponibles en ese momento.

-También se habilita un régimen especial para presentar otra declaración, sin recargos, cuando las cuentas anuales se hayan podido aprobar.

-Se permite retrasar excepcionalmente en 2020, hasta septiembre, la publicación de la denominada lista de deudores de la Agencia Tributaria para que puedan resolverse con todas las garantías los procedimientos establecidos.

Recursos para la Seguridad Social

-Se aprueba un préstamo de 16.500 millones a la Tesorería General de la Seguridad Social.

-Se aprueba un crédito extraordinario de 14.000 millones para equilibrar el impacto en las cuentas de la Seguridad Social derivado del COVID-19, sobre todo con los ERTEs aprobados y las prestaciones por cese de actividad a los autónomos para reducir los efectos de la pandemia en el empleo.

-También se incluyen dos suplementos de crédito motivados por la doble prórroga presupuestaria de 99 y 272 millones de euros, para completar prestaciones no contributivas y a la prestación por hijo a cargo, respectivamente.

Empleo agrario

-Se prorroga hasta el 30 de septiembre las medidas extraordinarias para promover el empleo temporal agrario, contempladas en el Real Decreto-Ley del pasado 7 de abril, que establecía su vigencia hasta el 30 de junio.

-Se facilita un permiso de trabajo de dos años a jóvenes extranjeros empleados en el campo, pudiendo luego acceder a una autorización de residencia y trabajo.

Mayor cobertura al personal sanitario

-Se amplía la cobertura al personal de los centros sanitarios o sociosanitarios que haya contraído el virus para que sus prestaciones se consideren contingencia profesional derivadas de accidente de trabajo.

-En los casos de fallecimiento se entenderá también que la causa es accidente de trabajo siempre que se produzca en los cinco años siguientes al contagio.

Telecomunicaciones

-Se levanta la suspensión de la portabilidad telefónica y se facilita un procedimiento para el abono de los impagos a las operadoras.

Se reconoce como accidente laboral el contagio o fallecimiento por COVID-19 de sanitarios